Las obligaciones pueden ser clasificadas por razón de los sujetos en ellas intervinientes, por razón de su o...bjeto y por razón de la eficacia que de ellas deriva. Para la validez de la misma es preciso que sea: posible, licita, determinada o determinable y de contenido patrimonial. Participantes: Federico Fernández de Buján, catedrático de Derecho Romano (UNED).