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Comentarios
Me ha sorprendido que se hablara de las titulizaciones y su artificio. También de la visión moderna del derecho de obligaciones, apartando la perspectiva clásica, reduccionista y unilateral como única visión de analizar las obligaciones y abriendo el debate sobre una visión de relación obligacional desde las dos partes: deudor y acreedor. Una gran fuente de alegatos del derecho natural versus al positivismo de la norma.
Les felicito en primer por el gran nivel y por el aporte de información de un tema tan importante e interesante. Desde ya me suscribo. Enhorabuena.
Les felicito en primer por el gran nivel y por el aporte de información de un tema tan importante e interesante. Desde ya me suscribo. Enhorabuena.
A uno de los conductores no le sobraría un poco de humildad. Parece incluso presumir de conocer la palabra estructuralismo... Y al mismo tiempo el tema está planteado para un público especializado. Subestima mucho a su interlocutor y también a la audiencia, y él no está bien definido en a quién se dirige.
Muy estimulante siempre la lectura de DG. Gracias por traerlo. Descansad un poco pero también es una alegría escucharos en verano. Salud!
En el imperio Romano la deuda se podía condonar a cambio de ser esclavo durante un cierto tiempo. Es decir, el pago de la deuda era por tiempo (6 meses, 2 años, etc) y no por un trabajo especifico. Después esta forma de pagar una deuda evoluciono al pago por peonadas. Un historiador lo puede explicar mejor.