05-06-24 En Tenemos La Palabra. COLUMNA “HABLEMOS CLARO”
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Negar el derecho a la identidad de niños, niñas y adolescentes
Gabriela Íñigo.
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Probablemente su pueblo se recordará como cachorros de buena fe hurtaban flores para regalar a su mamá nueve grados cinco décimas en la temperatura en san miguel de tucumán a las nueve y cuarenta y cuatro le damos la bienvenida en su columna hablemos claro a la doctora karina iñigo mojadas con formación de posgrado en derecho laboral derecho administrativo capacitado ingeniero y con especialización como abogada del niño niña y adolescente en hoy con un derecho fundamental el derecho a la identidad de niños niñas y adolescentes en negación a la vulneración causar tanto daño a nadie qué tal buen día cómo te va la experiencia estos alemanes seguida y bien que digamos y es que como como decían los abuelos amanece que no es poco así es es impactante te escuchamos david bueno hoy como dicen con un tema que que atienden a fronteras porque es el derecho de identidad que tienen la niña conocer sus orígenes filiatorios en este tema lo que quiero poner de resalto que nosotros el delito que el código civil conocemos este derecho mediante la acción de filiación así se llama el proceso que hay que hablar en aquellos supuestos en que el niño no hace conocido ya sea por voluntad de ambos progenitores o por decisión unilateral de umbra de una de las clases militares que se opone a que se conozca el niño porque estos casos también son muy comunes hoy nosotros por lo general teníamos que era el progenitor del sexo masculino quien negaba a reconocer a mi hijo por diversas circunstancias o simplemente por no tener el meteoro y hacerse cargo de las obligaciones que introduce en el conocido un hijo no es un vaso obviamente los víveres y asistencia económica pero hoy en la actualidad en la mayoría de las consultas se presenta de forma mixta tenemos mamá que se oponen a que los padres conozcan lo que dijo humberto por ahí hasta de árbol sensacionales porque nos plantea en el hecho de no perder un plan social o una ignacio familiar y el padre del niño está registrado como no están casados por lo general al momento del nacimiento del hijo va la mamá unilateralmente y ponen la guinda del mundo de manera exclusiva a ello entonces ante este tipo de situaciones que nos presenta que tenemos ese niño totalmente desprotegido de sus datos filiatorios en este momento con esa negativa de conocer cuáles son sus orígenes es el derecho de pena norma protege de manera amplia como un derecho fundamental de la persona porque no sólo se trata de lo que el niño puede reclamar de ese otro progenitor sino también de los datos filiatorios muchas gracias hasta luego que nosotros sabemos que si no conoce cuáles son los datos filiatorios y ninguna determinado momento personas se requiere una donación de un órgano llevándolos a situaciones extremas la ley prevé la posibilidad de incluso hacer una investigación de cuáles son sus orígenes para poder acceder a este derecho porque afecta directamente la salud de las personas y dentro de esa afectación de la salud de la persona tenemos también distintas variantes porque no vamos a encontrar con niños que a lo largo de su temprana edad y posteriormente condenado a la adolescencia empiezan con planteos de cuáles son sus orígenes en muchas situaciones detener a un perfil psicológico al niño lo que habilita que este niño se presentarán del niño pueda hacer un reclamo por los daños y perjuicios generados por toda esta situación psicológica que le genera el desconocimiento de identidad importante de todo esto es que cuentan con la opción de superación que hoy se encuentran modificada en nuestro código con un trámite mucho más rápido en el código procesal de familia