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07-08-26 En Tenemos la Palabra. Columna “Hablemos claro”

07-08-26 En Tenemos la Palabra. Columna “Hablemos claro”

8/7/2026 · 16:15
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Tenemos la Palabra
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A LA DESESPERANTE ASFIXIA ECONÓMICA DE MILES DE FAMILIAS, SE SUMAN PRÁCTICAS ABUSIVAS DE LOS ACREEDORES SOBRE PERSONAS MOROSAS. ¿QUÉ HACER?



Entrevistamos a la Dra. Gabriela Íñigo. Abogada. Formación de posgrado en Derecho laboral y en Derecho Administrativo. Capacitada en género y con Especialización como Abogada del Niño, Niña y Adolescente.

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Estamos ya abriendo la columna Hablemos Claro, un poco corriendo un poco al galope. Bueno, a cargo de la estimadísima doctora Gabriela Íñigo, abogada con formación de posgrado en Derecho Laboral y en Derecho Administrativo, capacitada en género y con especialización como abogada del niño, niña y adolescente. Hoy yo le pedí... a Gaby, a raíz de una serie de consultas que he recibido. A ver, a nivel de todos los medios de comunicación de la Argentina, no importa el color político y geológico, se vienen actualizando datos acerca de cómo está subiendo sin parar la estadística de morosidad. tanto con bancos como con billeteras virtuales, financieras, etc., de millones de familias argentinas que no solo es que no llegan a fin de mes, eso sería ya a esta altura una utopía, sino que se endeudan para comprar alimentos o medicamentos, por ejemplo. Y por supuesto, luego en este contexto muchas pierden su trabajo, se quedan sin ingresos.

Bueno, en esta asfixia económica se está enseñando desde el escenario social y económico las prácticas abusivas de los acreedores sobre estas personas morosas. Sobre eso le consultamos a Gaby. No es la primera vez, pero el problema se hace cada vez más acuciante. Gaby, ¿qué tal? Buen día. Buen día, Clara, y es real lo que vos dices. Nosotros desde el estudio tenemos un sector que está especializado en el área de cobranza y que obviamente nos requiere permanentemente la capacitación porque a consecuencia de todos los abusos que hubo en las cobranzas, del maltrato que sufría el deudor... de la despersonalización de la situación, porque se deja de considerar que detrás de una deuda existe una persona humana, la que merece respeto y tiene derechos previstos, no solo en las leyes nacionales, sino también en lo que es la constitución y a través de tratados internacionales. Han sufrido permanentemente un acoso, un abuso y un trato indigno cada vez que se les ha cobrado. Lamentablemente, existen todavía personas que creen que pueden ir presos por deuda.

La esclavitud ya se abolió hace muchísimos años, gracias a Dios. Sin embargo, existe una tendencia generalizada y un temor por las personas. por parte de las empresas que realizan la cobranza, una actitud amenazante que está totalmente prohibida por las normas. Vos, si tenés una deuda, no pueden llamarlo por teléfono a tu papá, a tu empleador, a tu hermano, a tu marido. La deuda es de carácter personal. El único obligado al pago... es el deudor y ninguna persona puede ir presa por deuda, salvo, por supuesto, que haya adquirido la misma mediante estafa, ardido, engaños. Muchas veces vemos en los medios, bueno, hasta hace poco hay un caso muy resonante, incluso de un abogado que está involucrado, que a través de estafa engañó a un montón de personas y generó un montón de deudas. En ese tipo de supuesto no vas preso por las deudas, vas preso por el delito de estafa. Claro, claro.

Yo eso sí lo quiero dejar de manifiesto porque una de las grandes consultas, bueno, a mí en el estudio me pasa que nosotros al hacer un estudio de asesoramiento integral, Trabajamos de ambos lados. Hacemos cobranza ejecutiva para las empresas y defendemos consumidores. Es más, yo me desempeño incluso como directora del Instituto del Derecho del Consumidor. Entonces me toca permanentemente realizar la defensa del consumidor o representar intereses de empresas para hacer cobranzas. Lo que las personas tienen que saber y conocer en este tipo de supuestos es que no está permitida ninguna práctica que signifique abusar del derecho de las personas. Las empresas, estudios jurídicos, financieras o cualquiera que se dedique a realizar la cobranza tiene que respetar el derecho al trato digno. previsto en la Ley de Defensa del Consumidor, que tienen todos los deudores, tiene que brindar una información clara y detallada de lo que está cobrando. Yo no puedo llamar y decirte, hola Clara, soy Gabriela Íñigo, me debes 10 mil pesos, págame. Yo tengo que llamar e informar.

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