

Description of 11: El aborto (Parte 2)
Charla post entrevista entre los maeses sobre el tema en cuestión.
Temas legales, morales, económicos, experiencias ...
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Bueno antes de nada que siempre discutimos de esto a cuenta de la ley porque estos debates siempre surgen sobre modificar la ley en un sentido con otro pero yo creo que no es un debate esencialmente jurídico sino que el debate sobre lo que se ponen la ley debiera ser la consecuencia donde un temporal digo esto porque muchas veces últimamente especialmente cuando surgieron estos debate es la gente remiten la ley como la solución a las dudas de de todo tipo es decir no podremos tener una opinión sobre lo que debería decir la ley y para eso grandes un debate como digo moral y por cierto tampoco es un debate médico porque esto lo veo mucho de de citar a un médico y que te diga desde este días una persona de personas no es un concepto médico y además el de personas todos los otros datos anexos no son no nos da la solución moral nos dan información útil para saber exactamente lo que está pasando para que luego nosotros hagamos una valoración pero bueno lo de la la regulación por cierto está hablando de reformarlo ahora otra vez y una de las principales que se querían reforma de la ley actual era la cuestión que se cambió lo último que es cambio fue las menores de edad que puede abortar aparte de dieciséis años que en esa edad ahora mismo necesitan consentimiento informado la verdad mirarlo al en fin que digamos que tienen que estar involucrados los padres o tutores legales y esto lo quieren quitar fue una cosa que se antes de eso en la ley del ochenta y cinco lo que había una ley de supuestos es decir estaba prohibido abortar y se despenalizada entre supuestos que hubiese malformaciones otras físicas en el niño en el supuesto de la violación es decir que el embarazo fuerzas resultado una violación quiere decir y el de que hubiese riesgo grave para la salud física o mental de la mujer embarazada este último de la salud mental normalmente es lo que se refiere cuando se habla de que había hay un cierto a madero entraba la mayoría de los abortos y después en en la ley que se aprobó en dos mil diez pasamos a una ley de plazos en la que has tal semana catorce del embarazo se puede abortar libremente no hace falta que ninguna causa simplemente porque no tienes tener el niño puedes aportar hasta la semana catorce y después aún así hay unos supuestos en los que se puede alargar un poco más que son exactamente dice que no se superen veintidós semanas que exista grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada y así que os tengo un dictamen emitido la extensión para eso también es mismo plazo de que no se superen mentido semanas de gestación si existe riesgo de graves anomalías en el feto y general hasta el final cuando se detecten anomalías fetales incompatibles con la vida y así coste en un dictamen emitido con anterioridad etcétera distintos leal entonces la tendencia como se ve esa a favorecer ese ese derecho una cosa que un cambio crucial que hace la ley esta de dos mil diez es conceptualizar el aborto como un derecho y sobre estuvo mucho debate os acordáis pero por ejemplo ciudadanos cuando todavía hacia como que tenía sustancia propia la posición que tenía sobre esto era que estaba a favor de una ley de plazos pero que estaba en contra de la consideración de aborto como un derecho y mucha gente incluso la gente que estaba en contra inicialmente la ley de plazos pensaba que esto era con detalles y importancia porque la realidad era que aunque que es un derecho o simplemente una despenalización del antiguo delito ampliado de sus plazos la consecuencias la misma de entrada que se puede abortar en estos plazos pero pero esto este relevante primero porque cuando hay algo que era un delito y se penaliza lo que se considera es que aquí hay un mal que ahora consideramos o menos malo o consideramos que el choque con algún otro valor o derecho cede y entonces lo permitimos simplemente permitimos que veníamos considerando un mal cuando consideras algún derecho estás considerando un bien dices tú bueno esto aún así no cambia nada en la práctica cambia bastante cuando el ordenamiento jurídico pasa a considera algo un bien la tendencia por supuesto es