
25-04-25 En Tenemos la Palabra.COLUMNA HABLEMOS CLARO

Description of 25-04-25 En Tenemos la Palabra.COLUMNA HABLEMOS CLARO
Beneficios de la mediación judicial y de la mediación en escuelas, sindicatos, municipios o empresas
Entrevistamos a la Dra. Gabriela Íñigo.
This content is generated from the locution of the audio so it may contain errors.
Estamos abriendo la columna Hablemos Claro a cargo de la doctora Gabriela Íñigo, abogada con formación de posgrado en Derecho Laboral y en Derecho Administrativo, capacitada en género y con especialización como abogada de niño, niña y adolescente.
Hoy con un tema muy, pero muy, no solo interesante, sino relevante y es referido a los beneficios de la mediación judicial, la mediación en el ámbito de los juicios o en el contexto de juicios y de la mediación extrajudicial, es decir, en escuelas, sindicatos, municipios o empresas.
Hola Gabi, buen día, bienvenida.
Buen día Clari, buen día a toda la audiencia.
La verdad que el tema de mediación puede resultar muy apasionante y positivo y en cierta forma muy componedor de lo que es los conflictos en todos los ámbitos.
Yo cuando te propuse contarle a la audiencia sobre lo que es el proceso de mediación y demás, lo hice pensando justamente en acercar esta herramienta a la audiencia, porque es un medio de acceder a la justicia y de conseguir una forma rápida, expedita de la solución de un conflicto.
En nuestra provincia nosotros tenemos que el proceso de mediación en todas las cuestiones que involucran montos dinerarios es obligatorio, es decir, que vos previo a hacer una acción judicial, ya sea por alimento, por reclamo de un siniestro, por el recupero de una suma determinada de dinero o por daños y perjuicios, vos tienes que sí o sí pasar por el proceso de mediación.
Se inicia la demanda judicial y inmediatamente se ingresa lo que nosotros llamamos un requerimiento de mediación.
Para eso existe nuestra provincia en donde existe un registro que está inscrito obviamente en la Corte de cuáles son designados a intervenir en las distintas causas.
La designación del mediador se hace por sorteo, o sea, no es que vos puedes elegir entre los mediadores del registro, sino que se hace por sorteo de cada causa a medida que van ingresando las causas y es el mediador que va a llevar adelante tu legajo o tu proceso de mediación.
El rol de este mediador básicamente es facilitar la comunicación entre las partes.
No es que el mediador decide, no es que el mediador es juez, no, no, no.
Tampoco releva pruebas, sino lo que hace es trabajar con la narración de las partes para lograr que las partes se comuniquen y a través de esa comunicación y ese acercamiento de posiciones es que se logra arribar a un acuerdo.
Si llegan a un acuerdo, eso tiene las mismas características que la sentencia, pasa o no continúa el proceso judicial.
La otra cosa que quiero destacar, porque normalmente cuando les llegan a las personas un requerimiento o una notificación para una audiencia de mediación, se sienten agraviadas u ofendidas en algunas situaciones y lo cierto es que es la mejor manera de solucionar o darle un marco jurídico a determinadas situaciones de hecho que por lo general son conflictivas.
Voy a dar un ejemplo, si una pareja que se separa, tiene hijos en común y de alguna manera acuerdan o vienen pactando determinadas situaciones como los días y horario en que va a buscar a los niños, el monto que le va a pasar ya sea semanal, quincenal o mensualmente y eso no se cumple o no se respeta o la otra parte no está de acuerdo, por lo general se suscitan conflictos.
Entonces muchas veces esta herramienta del proceso de mediación lo que hace es darle ese marco jurídico a las partes y reglamentar esa situación de hecho que en cierta forma ya la tenían resuelta solo que no era lo suficientemente clara.
Poner por escrito y darle el carácter normativo y la seriedad que este tipo de situaciones familiares requieren viene de alguna manera a solucionar una gran problemática familiar.
¿Por qué? Porque evita las discusiones entre los progenitores y sobre todo el daño consiguiente a los niños.
Y lo mismo nos pasa en acciones de seguro o en distintos reclamos como por ejemplo dentro de divisiones de herencia donde una vez que ya están todos declarados herederos hay uno solo que se atribuye el uso de la herramienta.
Comments of 25-04-25 En Tenemos la Palabra.COLUMNA HABLEMOS CLARO