Ya hablamos hace semanas de la reincidencia y cómo más del 90 % de los reincidentes en delitos contra la seguridad vial son personas que han conducido ebrias, sin carne de conducir o con exceso de velocidad.
Aquellas reincidentes que han sido sancionadas por conducir con el permiso retirado lo tenían, en muchas ocasiones, por conducir ebrios.
Para el control de estos conductores ebrios hay distintas alternativas como el comiso del coche (casi no se utiliza), la retirada de puntos o del permiso de conducir no es muy efectiva y por último el alcolock.
El más efectivo de todos es el comiso del vehículo. Vamos con el alcolock.
¿Origen?
En la Unión Europea ya se sientan las bases de la posible colocación de estos dispositivos para personas reincidentes en el año 2015: La Directiva comunitaria 2015/653 de 24 de abril
De este modo se catalogan los carnets de conducir en función de los “Códigos de la Unión Europea armonizados”. El código “69“, hace referencia a la limitación sobre la conducción de vehículos equipados con dispositivo antiarranque en caso de alcoholemia, conforme a la norma EN 50436.
En España nos adelantamos mucho:
En España la Fiscalía General del Estado, cuando declaró en 2008 la exigencia de instalar ‘alcolock’ en los vehículos de los conductores que diesen positivo en la prueba de alcoholemia de manera reiterada.
La realidad es que no se han instalado, ¿Qué ha pasado?
En la práctica esto no se ha producido por el alto coste de la instalación de estos dispositivos y por multitud de factores más como el propio desconocimiento por parte del sancionador de su existencia.
¿Cómo funciona?
El conductor debe realizar y pasar una prueba de alcoholemia antes de que su vehículo sea arrancado. Soplará por una boquilla y el aparato detectará el nivel de alcohol en el espirado. Si el nivel es superior al permitido, alcolock bloquea el motor de arranque. Si es inferior permite la puesta en marcha.
¿Sólo al arrancar?
El sistema puede solicitar nuevas pruebas, incluso en plena marcha. Si éstas no son realizadas o se detecta alcohol por encima del límite, sonará una alarma de forma mantenida hasta que apague el motor y se realice nuevamente la verificación. Si se produce una parada superior a treinta minutos, también es necesario volver a repetir el proceso.
En España somos pioneros en muchos temas de investigación, pero estamos a la cola en implementación de medidas de seguridad vial.
El primer estudio en España en el que se basó posteriormente la redacción legal sobre el uso del mismo fue realizado por la Universidad de Valladolid en el año 2007 con el nombre: “Proyecto europeo alcolock. Empleo del alcolock en el transporte público: La experiencia en España”. Este estudio incidía en el hecho que en una determinada tipología de conductores, como son los reincidentes, además de la posible multa o retirada del vehículo había que aplicar unas medidas adicionales, citándose entre ellas el alcolock, y planteaba su instalación como una alternativa a la retirada del permiso de conducir y no como complementaria a la misma.
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