

Description of Andrés Gil Domínguez - 17/03/25
Hablamos con Andrés Gil Domínguez, Abogado constitucionalista, sobre la denuncia penal del Ministerio de Seguridad contra la jueza Karina Andrade.
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Dejábamos la pregunta flotando en el aire respecto a esta decisión que tomó el Ministerio de Seguridad de la Nación de denunciar penalmente a la jueza Karina Andrade que liberó a los detenidos en la marcha del miércoles pasado diciendo y fundamentando, en su momento lo hizo la jueza, que las actuaciones por parte de la policía estaban mal hechas.
Pero la pregunta que nos queda es, el hecho de que el Poder Ejecutivo empiece a denunciar al Poder Judicial ¿Puede generar una superposición de poderes? Se lo vamos a preguntar a Andrés Gil Domínguez que es abogado constitucionalista y está en comunicación con nosotros.
Gil Domínguez, ¿cómo le va? Le saludo a Nacho Otero acá en Delta 90.3. Buen día.
Buen día, ¿cómo están ustedes? ¿Se puede dar una superposición de poderes? ¿Es decir que desde el Ejecutivo empiecen a denunciar penalmente al Poder Judicial? Bueno, hacer un planteo de pedir un juicio político o denunciar a un juez o jueza está dentro de los mecanismos institucionales previstos por la Constitución y las leyes. Ahora, el tema es cómo se utiliza.
Tiene que haber fundadas razones para acusar a una jueza o juez de mal desempeño y para promoverle una causa penal, en donde me imagino que el Estado tendrá la pretensión de constituirse como parte grisante.
Tenemos que recordar que la jueza Andrade es una jueza de garantía, que actuó conforme a la Constitución, los Tratados de Derechos Humanos y las leyes, que lo que hacen es garantizar la libertad física o moratoria de las personas y en donde nadie puede estar detenido si no hay fundamentos acreditados y fehacientes para mantenerlo bajo la situación de detención.
Y que, a su vez, hay un fiscal que podría haber apelado a esta decisión y no es una decisión definitiva o una decisión que cause un agravio irreparable. Con lo cual, me parece que si bien los mecanismos están previstos, abusar de los mismos implica una situación política de quiebre de la división de poderes y un intento de aleccionar, intimidar o amenazar al resto de los jueces que, ante una situación similar, van a quizás dudar de tomar las medidas que la Constitución y las leyes le imponen.
Bueno, de eso se está hablando hoy en los pasillos de la justicia portenia, ¿no? Respecto, por ejemplo, de decir esto, a ver, de alguna manera el precedente que se puede sentar puede generar esto, ¿no? Que algunos no se sientan con la libertad plena para poder emitir sus fallos ante las consecuencias.
Sí, pero para ser juez o jueza, uno jura ante defender la Constitución, las leyes y los tratados internacionales sobre los derechos humanos, que es la parte formal, y después se tiene que comprometer con su propia historia y su objetividad de ejercerlo de forma valiente y de hacer frente a las presiones, fundamentalmente cuando hay que controlar el poder.
Es lo mismo que una persona quiere ser médico y se desmaye cuando vea sangre.
Me parece que hay una cuestión formal y una cuestión también de la constitución subjetiva de cada juez o jueza, cómo se sienten. Los jueces y las juezas tienen que sentirse respaldados por la Constitución y las leyes, que son las que deben aplicar, más allá de gobiernos que eventualmente estarán en el poder.
Gil Domínguez, aprovecho para preguntarle acerca de lo que va a suceder el día jueves en el Senado, se va a dar la sesión para tratar los pliegos de Lijo y García Mancilla, ya se estaba anticipando por gran parte de los senadores, incluso algunos que en su momento habían mostrado simpatía por García Mancilla, que van a votar en contra, porque no les cayó muy bien el hecho de que cuando fue al Congreso a defender su pliego, dijo que no asumiría por decreto y finalmente lo terminó haciendo.
En el caso de que se rechace el pliego de García Mancilla, ¿debería renunciar? ¿Tiene que dejar de ser juez de la Corte Suprema en ese entonces? ¿O sigue hasta que se termine el año legislativo? Si se rechaza el pliego de doctor García Mancilla y doctor Lijo, no van a ser jueces de la Corte Suprema de Justicia dentro del proceso regular, ya no van a ser jueces hasta los 75 años. Pero García Mancilla asumió como juez en comisión, con lo cual, frente a esta situación, existen dos circunstancias posibles.
Una, que el Senado no diga nada y García Mancilla ejerce el cargo hasta el 30 de noviembre del presente año, o que el Senado, con una mayoría simple, rechace la designación en comisión y entonces autonomía como juez en comisión.
Porque la designación de García Mancilla es a través de un mecanismo excepcional.
Si se rechazan los pliegos, se rechazarían los pliegos dentro del marco del proceso regular.
Pero a su vez él fue designado como juez.