
CONSEJOS LABORALES-P.S. nº 433: LOS CAMBIOS DE HORARIO EN VERANO

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En la segunda parte del programa nº 433 de "Perspectiva Sindicalista", dedicada a consejos y temas jurídicos laborales, se trata sobre los cambios de horario en verano y cómo se deben preavisar estos cambios.
"Perspectiva Sindicalista" es un microespacio radiofónico semanal en el que se analiza la actualidad nacional y laboral española con una óptica distinta, desde una "perspectiva sindicalista" alejada del falso sindicalismo oficial y que normalmente está ausente en los medios de comunicación.
Dirigido y presentado por Jorge Garrido (abogado y Presidente del sindicato Unión Nacional de Trabajadores, UNT).
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En esta segunda parte del programa, la que dedicamos todas las semanas a consejos laborales, vamos a hablar de algo que tiene relación con la llegada inminente del verano y lo que suponen muchas empresas. Muchas empresas adoptan un nuevo horario, un horario de verano. Viendo que el verano está a la vuelta de la esquina, vamos a ver qué requisitos de preaviso son necesarios para implantar estos horarios de verano. Hay que tener en cuenta que los empleados hasta que se implanta el horario de verano deben seguir cumpliendo con su jornada laboral habitual. En el caso de la implantación del horario de verano, eso sí, suelen ser horarios entre comillas más light, más tranquilos o más intensivos, también en cuanto a que se concentran más normalmente por la mañana, a veces con algunas horas de menos, pero en cualquier caso adaptan las empresas el horario de su plantilla a un periodo estival con unas características determinadas. Bueno, pues en este sentido...
Hay que tener en cuenta que el estatuto de los trabajadores detalla cuántos días de antelación son los que debe la empresa tener en cuenta para preavisar si se va a adoptar un nuevo horario de verano. El plazo con el que la empresa debe avisar de un cambio de horario de verano depende de si se trata de un simple ajuste rutinario o si es una modificación profunda de las condiciones laborales. En primer lugar, existe el preaviso de 5 días para los cambios en la distribución irregular de la jornada. una modificación habitual o un reajuste dentro de la distribución irregular de la jornada que está contemplada en el Estado de los Trabajadores, la empresa debe preavisar con un mínimo de 5 días de antelación. Por otro lado, está el preaviso de 15 días para las modificaciones sustanciales, y es que si el cambio afecta a los aspectos esenciales del contrato, o supone una alteración profunda del mismo, se considera una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
En este caso, el Estatuto de los Trabajadores exige un preaviso mínimo de 15 días, además de justificar las causas organizativas o de producción. Hay que tener en cuenta que muchas personas tienen otros compromisos, puede ser incluso otro trabajo, También en la atención a hijos, a los menores. para acompañarles cuando no estén en la escuela, etc. Entonces, muchas veces estas modificaciones de los horarios realmente pueden perjudicar gravemente al trabajador. Entonces, pueden ser perfectamente una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Y a lo mejor el trabajador necesita oponerse e incluso, por el grave perjuicio que les puede ocasionar, solicitar la extinción del contrato. Hay que tener todo esto bien en cuenta. Finalmente, si el cambio de horario implica el disfrute de las vacaciones de verano, también existen normativas específicas sobre cuándo deben confirmar las vacaciones.
Quedan pocos días para que entre el verano oficialmente, así que es importante estar pendiente de si la normativa se cumple y de si finalmente, como decía, hay una verdadera... modificación sustancial porque es que muchas veces realmente resulta problemática esta implantación de los nuevos horarios de verano. En fin, esperemos que este consejo laboral haya sido de su interés, y ya sin más, me despido, como siempre, agradeciéndoles su fidelidad, que estén ahí semana tras semana. También les recuerdo que emitimos a través de las ondas de Informa Radio, pero también subimos el programa a nuestras redes sociales, a nuestro canal de iVoox, donde subimos tanto el programa completo... Como la sección de consejos laborales por separado, para los que solo les interesa esta sección del programa, también subimos el...















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