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By Fundación Fernando Pombo Envejecer con derechos
Derecho a la salud: Segunda opinión médica

Derecho a la salud: Segunda opinión médica

9/26/2022 · 11:53
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Description of Derecho a la salud: Segunda opinión médica

¿Sabías que tienes derecho a una segunda opinión médica?
Ante un problema de salud, no tienes por qué conformarte con el primer diagnóstico o tratamiento que te propongan.

Es tu derecho poder contrastar y tomar una decisión con toda la información posible.

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Envejecer con derechos que la edad no sea un límite un proyecto de la fundación fernando pombo la fundación grandes amigos y la clínica legal de la universidad de alcalá en esta audioguías damos hablar sobre el derecho a la salud segunda opinión médica sabías que tienes derecho a una segunda opinión médica ante un problema de salud no tienes porque conformarse con el primer diagnóstico o tratamiento que te propongan tienes derecho a pedir opinión otro médico para poder contrastar y tomar una decisión con toda la información posible en este audio guía vamos a explicar qué es el derecho a la protección de la salud el derecho a una segunda opinión médica y ante qué cómo y dónde podemos solicitarla primero vamos a hablar sobre qué es el derecho a la protección de la salud este derecho está recogido en la constitución española y es un principio recto de la política social y económica el derecho a la salud implica el acceso oportuno aceptable y asequible a los servicios de atención y ofrecida todas las personas las mismas oportunidades de disfrutar del credo máximo de salud que se puede alcanzar sin discriminación ningún tipo como raza religión y teología política o condición económica o social la protección a la salud se regula la ley general de sanidad pueden disfrutar de este derecho a la protección de la salud y atención sanitaria entonces las personas con nacionalidad española las personas extranjeras que tengan establecidas su residencia en el territorio español y las person las extranjeras los registradas ni autorizadas como residentes en españa las comunidades autónomas tiene las competencias en materia de sanidad por lo que se encargan de la planificación sanitaria salud pública y asistencia sanitaria para ello las comunidades autónomas han asumido las funciones y servicios necesarios bienes derechos y obligaciones relativas a esas competencias se ha creado con el servicio de esa nota autonómico que es la estructura administrativa y de gestión que integre a todos los centros servicios y establecimientos de la comunidad una vez que hemos visto que implica el derecho a la protección de la salud vamos a profundizar en que es el derecho a una segunda opinión médica la segunda opinión médica es un informe con el diagnóstico o la propuesta terapéutica tengo un paciente que sufre algunas de las enfermedades específicamente reguladas para contrastar el primer diagnóstico o propuesta terapéutica este informe lo realiza un profesional diferente al que emitió el primer diagnóstico propuesta terapéutica su finalidad es contrastar y facilitar más información al paciente para poder tomar una decisión sin desvincularse de la primera consulta en la que ha sido atendido el derecho a la segunda opinión médica en el sistema nacional de salud está reconocido en la ley de cohesión y calidad del sistema nacional de salud esta ley recoge que las instituciones asistenciales tienen que pelear por facilitar la libre elección del profesional y una segunda opinión médica con las condiciones que se establezcan en la normativa autonómica esto quiere decir que sobre las administraciones públicas autonómicas a quienes les corresponde la tutela y organización del derecho a la segunda opinión chica son las que tienen que regular como se tramita el contenido sus límites y el alcance del derecho ahora vamos a abordar las cuestiones prácticas de la segunda opinión médica quién puede pedirle cómo y dónde solicitarla además de dónde está regulada en cada comunidad autónoma así la segunda opinión médica podrá solicitarse por las siguientes personas en primer lugar por el propio paciente también pueden hacerlo a sus familiares cónyuge o pareja de hecho cualquier persona designada o autorizadas expresamente por el paciente en caso de personas con discapacidad o de menores no emancipadora puedes solicitarla su representante legal que debe acreditar que están legalmente habilitado para tomar decisiones que afecten a la persona con discapacidad desde que se propone la reforma de legislación para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica de junio de dos mil veintiuno se puede asignar como representante una persona o entidad mediante poder notarial por parte de la persona con discapacidad el guarda de hecho o el curador según cada caso la situación de los representantes legales se va ir revisando jurídicamente durante los próximos tres años para adaptarla a esta nueva ley vamos a ver brevemente cómo se puede solicitar en cada una de ellas y que normativa conviene consulta según la comunidad autónoma en andalucía la solicitud se puede presentar

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