
Eduardo Barcesat (Abogado Constitucionalista) La Usina

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Eduardo Barcesat (Abogado Constitucionalista) La Usina
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Doctor Eduardo Barcesat, Néstor Sula, ¿cómo le va? Bien, las hay regionales, internacionales, pero también hay vías nacionales de impugnación de lo que ha ocurrido respecto de la expresidente y esta inadmisible sentencia que dictó la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Así que voy a resumir previamente cuáles son las regionales e internacionales y qué efectos pueden tener. Primero está la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que tiene la competencia para dictar medidas cautelares, pero la hipótesis de incumplimiento en la sede nacional de esta medida cautelar solo puede aparejar una sanción económica o también una condena en la Asamblea del órgano regional, es decir, de la Organización de Estados Americanos.
Dicho de otra manera, que para ejecutar cualquier resolución que disponga la inmediata soltura y el reexamen de la causa, tiene que haber un cumplimiento por parte de la justicia argentina y este cumplimiento ya se ha venido resintiendo en el último tiempo, particularmente con la actual Corte Suprema de Justicia de la Nación que establece que los pronunciamientos de estos organismos son de cumplimiento voluntario para la jurisdicción nacional, es decir, si no les gusta no lo aplican y guardan las sanciones que, repito, pueden ser económicas y o diplomáticas, pero no el cumplimiento coactivo de la decisión del órgano regional. Igual sucede con el internacional, es decir, puede dictar medidas, generalmente son condenas de fondo que declararían la nulidad e inconstitucionalidad de la sentencia dictada el 10 de junio por parte de la Corte Suprema Argentina.
Bueno, quedará como un baldón, una descalificación, podrá tener sanciones nuevamente diplomáticas o económicas en el organismo internacional, me refiero a la ONU, pero repito, para ser ejecutadas requieren del consenso en la administración judicial regional. Todo esto además insume tiempos bastante significativos.
Quizás la más pronta, no lo entendamos en términos de días, es la de la Organización Regional Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Bueno, de todos modos sostengo y apoyo a que las defensas técnicas lleven adelante estas medidas, tanto frente al órgano regional como la vía internacional. Me gustaría ahora examinar desde el punto de vista de la Nación qué es lo que se puede hacer, qué podemos hacer en la jurisdicción nacional.
A este respecto entiendo que la vía que tiene Todo Justiciable es una acción de amparo que impugne por su ilegalidad y arbitrariedad manifiesta la sentencia dictada por la Corte el 10 de junio de 2025. Voy a dar los elementos que he aportado para el amparo que estoy patrocinando, que lo promueven integrantes del Colegio de Abogados de la Matanza, provincia de Buenos Aires, invocando un tríptico violatorio.
Se violan los derechos políticos y electorales del elector. No estoy hablando de Cristina, sino del elector. Sabemos que conforme nuestro sistema jurídico, el pueblo no gobierna ni delibera, sino a través de su representante. Ahora bien, se establece en el régimen de los derechos políticos la libertad de elección de aquel que está empadronado, es decir, con capacidad electoral por edad y por racionalidad.
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