LA PERSECUCIÓN DE LA TRATA
A 6 AÑOS DE LA REFORMA DEL CODIGO PENAL
• Las nuevas reformas llevadas a cabo en 2010 y 2015 en el Código Penal cumplen con las exigencias internacionales al haber tipificado la Trata para matrimonios forzados y la Trata para comisión de actividades delictivas. Sin embargo, en la práctica se constata una necesidad de mayor diligencia incriminatoria a la hora de identificar y perseguir delitos de Trata con otros fines de explotación, más allá de la trata con fines de explotación sexual.
• En los últimos tres años hubo 33 resoluciones del Tribunal supremo y/o Audiencias Provinciales en relación con delitos de trata de las que 28 de ellas fueron condenatorias: 25 de ellas por explotación sexual, 2 en mendicidad, y 1 por explotación laboral.
• La Ley de Protección de Testigos nunca ha sido desarrollada reglamentariamente, está obsoleta y resulta insuficiente e ineficaz.
• La Instrucción 6/2016 de la Secretaría de Estado y Seguridad aprobada en Junio, supone un avance ya que sistematiza la necesidad de colaboración entre las FFCCSS y las ONG especializadas para una mejor atención a las víctimas de Trata.
• A un año de la entrada en vigor de la Ley del Estatuto Jurídico de la Víctima, Proyecto ESPERANZA observa pocos avances en su aplicación efectiva con respecto a las medidas destinadas a garantizar la información, participación y protección a la víctima en el proceso penal.
• Respecto al Derecho a la Indemnización la jornada apuntó un avance que se refleja en una mayor proactividad y mejor actuación de fiscalía para solicitar las indemnizaciones en los procesos penales. Sin embargo, esta mejora no se ha traducido en el cobro efectivo de las indemnizaciones por parte de las Víctimas de Trata.
• El impacto del delito de Trata en las víctimas tiene secuelas psicológicas equivalentes a las de una víctima de tortura.
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