
FP Visible, FP de Calidad - 01.03.23 - Nueva Ley de FP (Parte 3)

Description of FP Visible, FP de Calidad - 01.03.23 - Nueva Ley de FP (Parte 3)
Seguimos desgranando la Ley Orgánica 3/2022 de Ordenación e Integración de la FP.
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Efe permisible ep de calidad con patricia santos y alberto romero en radio alfaguara bienvenidos y bienvenidas una tarde más a este vuestro programa entran y alfaguara etc visible esp de calidad que pretende acercar y hacer más visible la formación profesional un itinerario formativo para gestionar talentos que ofrece muchas soporte de empleo hoy es un miércoles especial porque volvemos a analizar la nueva ley de formación profesional y con este programa cerramos el ciclo de análisis de la misma además vamos a hablar del nuevo borrador de real decreto de ordenación académica para la formación profesional que ahora mismo se encuentra consulta pública es decir que todos todas las personas podemos hacer aportaciones y para afrontar este programa tan interesante hoy como siempre una semana más me acompaña mi gran compañero y amigo alberto romero buenas tardes alberto de bueno ya no tenía afrontar de qué hablamos qué te parece es lo que hablamos hoy por ahora cargas para tribuna acaba todo nuestro ayudante hoy me ha quitado lo que yo hago siempre esta introducción al programa pero está más que justificado cómodas y vamos a cerrar ya que el ciclo dedicado a la vez que ganar lo que nos trae la ley nueva ley de formación profesional y sordo muy importante como decía ese análisis del borrador del real decreto de ordenación académica para la formación profesional así que sin más lo más en este inicio del programa comenzamos y os dejamos con nuestra primera sección sabías que sabías que el artículo literal de la ley establece que las ofertas de formación profesional prestará especial atención al establecimiento de medidas de flexibilización y alternativa organizativa y metodológicas para facilitar así la igualdad de oportunidad en el acceso a los currículos efectiva de esta manera a aquellas personas que tengan la sociedad específica de apoyo educativo tener la posibilidad de poder acceder de una manera especial a las enseñanzas de formación profesional ya sea de manera permanente o transitoria y sobre todo suficientemente acreditada pudiendo incluir a tal efecto técnica materiales o bien de ampliación del periodo de formación o bien de permanencia sabías que según el artículo veintisiete los títulos certificados y acreditación y correspondiente a la formación y que regula esta ley de formación profesional serán homologados por la administración general del estado y expedidos por esta o las demás administraciones competentes en materia de en esta materia en condiciones que se establezcan reglamentaria mente siempre deberán incluir al menos un resultados de aprendizaje vinculado a un elemento de la competencia y estar recogidas en el catálogo nacional de las ofertas de formación profesional ojo se va a certificar un resultado de aprendizaje si se ha superado el mismo se acredita hará a quienes lo tengan los estándares su elemento de competencia profesional sur viendo los correspondientes efectos académicos y profesionales según se establezca la legislación aplicable también que según el mismo artículo del hablaba anteriormente patri tienen no superen en su totalidad cualquier oferta formativa recibirán un certificado razón módulo profesional hacia recibirán un certificado módulos profesional y en su caso pero ámbitos o material superado donde figuren los estándares de competencia o los elementos de competencia adquirido que tengan efectos acumulativo en el sistema escalonado de formación profesional al final esta certificación verdad derecho a la expedición por la administración competente de los certificados o acreditaciones profesional las correspondientes del sistema de formación profesional hasta aquí esta primera sección sabías que os dejamos ahora con novedades y actualidad