
Licencia ambiental: un escudo para proteger el futuro

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¿Sabía que antes de construir el local de un nuevo negocio, una instalación turística o incluso, modificar la tecnología de un emprendimiento, la ley exige evaluar el impacto que tendrá esa acción en el medio ambiente?
Aunque para algunos suene a burocracia, el trámite conocido como licencia ambiental representa en realidad un escudo protector para nuestro entorno.
Con el ánimo de esclarecer dudas en torno al tema, conversamos con Yunaika Méndez Hernández, directora de la Oficina de Regulación y Seguridad Ambiental (ORSA) en Pinar del Río.
Escuche aquí la entrevista realizada por Yohana Pérez Monrabal
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Eureka! Buenas tardes, bienvenidos al segmento de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
¿Sabía usted que antes de construir el local para un nuevo negocio, una instalación turística o incluso modificar la tecnología de su taller, la ley exige evaluar el impacto que tendrá en el medio ambiente? Este trámite, conocido como licencia ambiental y que para algunos puede sonar a burocracia, representa en realidad un escudo protector para nuestro entorno.
Para entender su importancia, conversamos con Yunaica Méndez Hernández, directora de la Oficina de Regulación y Seguridad Ambiental, ORSA, en Pinar del Río.
Nosotros somos la autoridad reguladora ambiental en el territorio que tiene diversas funciones.
La oficina encargada de tramitar y otorgar todos los procesos de licenciamiento ambiental tanto nominales como inversiones por cada una de las esferas que se realizan en Pinar del Río.
La Oficina de Regulación y Seguridad Ambiental, ORSA por sus siglas, es, por tanto, la entidad que vela porque cualquier proyecto, grande o pequeño, cumpla con las normas antes de comenzar.
Pero, ¿en qué consiste exactamente esta licencia? La licencia ambiental es el acto jurídico mediante el cual el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente otorga la autorización para determinada obra, proyecto o actividad que está refrendada en el artículo 124 de la Ley 150.
La Ley 150, que está publicada en la Gaceta Oficial del 2023, que es la Ley del Sistema de los Recursos Naturales en Medio Ambiente, tiene un artículo 124 que deja claro y explícitamente todos los objetos de obra que necesitan o que obligatoriamente tienen que ser sometidos a un proceso de evaluación de impacto ambiental.
Presas, canales, instalaciones químicas, turísticas, hospitalarias, rellenos sanitarios...
La lista en la ley es extensa y abarca más allá que las obras nuevas, según apunta Méndez Hernández.
La expansión, la modificación, el cambio tecnológico, porque a veces las personas desconocen que si la tecnología que yo tenía la voy a cambiar, no tengo que solicitar licencia, y es un error.
Porque el artículo 125 te deja claro que usted tiene que someter a un proceso de evaluación de impacto ambiental porque el impacto que ocasionaba la tecnología que usted tiene no es la misma de la cual adquirió.
Cambiar un proceso o reanudar una obra paralizada también requiere esta evaluación y ello aplica para empresas estatales, cooperativas, mitines y trabajadores por cuenta propia.
El proceso es riguroso, pues más allá de solicitarlo, se trata de demostrar que el proyecto es viable ambientalmente, explica la directora de la Orsa en Pinar del Río.
Porque la licencia ambiental es un documento jurídico que puede otorgarse o no una vez que se haga ese proceso de evaluación de impacto ambiental, porque puede que los documentos entregados, por ejemplo, de microlocalización, el proyecto no cumpla con las normas establecidas relacionadas con la generación de residuales o que se esté proyectando algún proyecto en zona costera que no pueda ser y se hace un proceso de evaluación y se puede denegar porque la licencia ambiental, a pesar de que las personas la soliciten obligatoriamente, no se tiene que entregar.
Cuando uno hace el proceso de evaluación, si no cumple con los requerimientos, la oficina tiene la facultad de otorgar o denegar la licencia ambiental que el inversionista solicita y, por ende, la actividad no procede.
La negativa es una posibilidad real si el proyecto amenaza un ecosistema frágil como una zona costera o a falta de una adecuada gestión de sus residuos.
Yunaica Méndez Hernández señala que, más allá de ser un requisito legal, la licencia tiene un propósito superior, prevenir daños, por lo que incumplir con ello tiene consecuencias.
Existe un decreto contravencional donde la persona que por obligación lleva licencia ambiental y no la solicita, entonces conlleva la aplicación del decreto contravencional.
Y no es el hecho de aplicar el decreto contravencional, sino es el hecho del efecto negativo que puede ocasionar la inversión que va a realizar sobre determinado ecosistema que puede alterar cualquier ecosistema sobre el cual se va a ejecutar la inversión.
Al final, se trata de conciencia.
La licencia ambiental es la herramienta que nos obliga a pensar en el después.











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