
nº 465 ¿Cuándo el ciudadano no debe obedecer a las autoridades civiles?
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Mons. Munilla desarrolla de forma breve este nuevo punto del Compendio del Catecismo de la Iglesia Católica.
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Número cuatrocientos sesenta y cinco del compendio del catecismo de la iglesia católica cuando al ciudadano no debe obedecer a las autoridades civiles el ciudadano no deben conciencia obedecer cuando las prescripciones de la autoridad civil se opongan a las exigencias del orden moral hay que obedecer a dios antes que a los hombres dice hechos cinco cinco veintinueve bueno si conocéis una famosa sentencia de lope de vega pues un clásico de la literatura española que dice todo lo que manda el rey pero va contra lo que dios manda no tiene valor de ley diez rey quien así se desmanda menuda sentencia no la de la de lope de vega pero obviamente hace referencia a esto mismo no tenemos una aplicación de contigo obediencia a las leyes pero obviamente en la medida en que estén integradas en orden moral que respeten los derechos fundamentales y las enseñanzas evangélicas para trazar hay que comenzar recordando aquella aquello que dicen mateo veintidós veintiuno que dice el señor daza dios lo que es de dios y al césar lo que es del césar para empezar que también digamos que hacemos una distinción entre lo que es propio del que lo que es propio que dios pero luego además dice hay que obedecer a dios antes que al cesar si hubiese no debe de haber una colina una colisión entre obedecer a dios y obedecer al cesar no debiera haber tal colección tal coalición sé tal incompatibilidad se produce es porque obviamente césar la autoridad civil ha entrado en lo que no debía de entrar hubiese esa coalición pues hay que obedecer a dios antes antes que al cesar obviamente en el concilio vaticano segundo aborda esta cuestión y en la constitución gaudium et espeso número setenta y cuatro párrafo cinco dice cuando la autoridad pública excediendo se sus competencias oprime a los ciudadanos estos no deben rechazar las exigencias objetivas del bien común pero les es lícito defender sus derechos y los de sus conciudadanos contra el abuso de autoridad guardando los límites que señalan la ley natural y evangélica tienen que defenderse frente a un abuso a un abuso de autoridad y esto como os podéis imaginar pues pues es delicado pero en la vida de muchos santos también integración una resistencia una resistencia ante autoridades que están por ejemplo imaginemos no no respetando pues el derecho de objeción de conciencia que puede tener a alguien no estás dispuesto a colaborar con el mal por ejemplo imaginaros buzón un farmacéutico al que se le quiere pues obligar a vender pastilla abortiva o médico o al que se le quiere obligar a practicar un aborto bueno podríamos poner muchas en muchos ejemplos no pero obviamente uno tiene que estar dispuesto a desobedecer lo que es contrario a la obediencia a dios y esto supone un ejercicio material es que la obediencia a dios tiene que estar dispuesta el martirio y y cuántas personas sabido que han vivido han vivido por episodios martirio les y cuando digo materiales no me refiero únicamente a perder la vida sino a perder un puesto de trabajo a perder una determinada reconocimiento social porque en conciencia no podían obedecer a determinadas a determinar las autoridades y tenían demostrar su objeción de conciencia lo cual les ha podido quedar aparcados o incluso en la cárcel la cárcel el caso más claro por ejemplo el de enrique octavo enrique octavo en ese en ese episodio mejor dicho de tomás moro frente a enrique octavo tomás moro no puede no puede someterse a imposición de enrique octavo que pretende que se le reconozca el como jefe supremo de la iglesia de inglaterra para así poder de poderse auto conceder la nulidad matrimonial es el primeramente renuncia a su cargo por no someterse a esa ley del rey y finalmente pierde la vida es un testimonio material maravilloso por cierto permitirme un pequeño
















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