
P.S. nº 380: MULTAS A EMPRESAS SIN PLAN L.G.T.B.I.; "SUMAR" PIDE 32 HORAS Y BENEFICIOS; MULTAS POR INGRESOS EN NEGRO

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Perspectiva Sindicalista nº 380: MULTAS PARA LAS EMPRESAS SIN PLAN L.G.T.B.I.; "SUMAR" PROPONE JORNADAS DE 32 HORAS Y REPARTO DE BENEFICIOS; MULTAS A QUIEN OCULTE SUS INGRESOS EN NEGRO; 10-IV-2025.
En la primera parte del programa informamos sobre las multas que se impondrán desde hoy a las empresas de más de 50 trabajadores que no tengan un "Plan LGTBI".
También informamos de las propuestas que ha aprobado el partido SUMAR para reducir la jornada laboral semanal a 32 horas y para que las empresas repartan beneficios con los trabajadores.
En la segunda parte del programa nº 380 de "Perspectiva Sindicalista", dedicada a consejos y temas jurídicos laborales, se informa de las multas que puede imponer la Agencia Tributaria a los trabajadores que no declaren sus ingresos "en negro".
"Perspectiva Sindicalista" es un microespacio radiofónico semanal en el que se analiza la actualidad nacional y laboral española con una óptica distinta, desde una "perspectiva sindicalista" alejada del falso sindicalismo oficial y que normalmente está ausente en los medios de comunicación.
Dirigido y presentado por Jorge Garrido (abogado y Presidente del sindicato Unión Nacional de Trabajadores, UNT).
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Hola a todos y bienvenidos a Perspectiva Sindicalista.
Soy Jorge Garrido, presidente del sindicato Unión Nacional de Trabajadores y presentador del programa.
Les invito a que estén con nosotros los próximos minutos después de esta sintonía.
Programa 380 de Perspectiva Sindicalista.
Hoy es jueves 10 de abril de 2025 y como siempre emitimos a través de las ondas de Informa Radio.
Les recordamos que también subimos nuestro programa a las redes sociales, a nuestro canal de Evox.
Ponemos el enlace en nuestra página de Facebook.
Además de subir el programa a la página web del sindicato Unión Nacional de Trabajadores.
Sindicatount.es También en la aplicación para móviles del sindicato y también se sube al canal de SND Editores.
Y ya sin más vamos a empezar a hablar de la actualidad.
Hemos seleccionado dos noticias que nos parecen relevantes esta semana.
La primera tiene que ver con las multas para las empresas que no tengan implantado un plan en materia LGTBI.
Algunos dirán, ¿esto qué quiere decir? Bueno, pues esto quiere decir que el fin del plazo para implantar estos planes LGTBI ha concluido ya 9 de abril.
Ese era el límite para que las empresas con más de 50 trabajadores tengan implantado este plan LGTBI con medida de sensibilización, formación interna y protocolos para evitar la discriminación.
Este tema viene regulado en el Real Decreto 1026-2024 que se aprobó en octubre de 2024.
Bueno, ¿y de qué tratan estos planes o qué es lo que deben incluir? Bueno, pues deberán incluirse en los convenios colectivos o acuerdos de empresa con el fin de contribuir a crear un contexto favorable a la diversidad y avanzar en la erradicación de la discriminación de las personas LGTBI con referencia expresa no sólo a la orientación e identidad sexual sino también a la expresión de género o características sexuales.
Es decir, que no simplemente es una cuestión de no discriminar a las personas, no, va más allá, es una cuestión ideológica.
Se deben incluir medidas en cuanto al acceso al empleo que mantengan o establezcan criterios claros y concretos para garantizar un adecuado proceso de selección y contratación que priorice la formación o idoneidad de la persona para el puesto de trabajo.
Hasta aquí sería una cuestión más o menos objetiva.
Pero luego también deben adoptarse medidas de no discriminación en la clasificación y promoción profesional para que no haya ningún tipo de discriminación directa o indirecta para las personas LGTBI.
También en lo referente a formación, sensibilización y lenguaje para que los derechos de las personas LGTBI en el hábito laboral pues estén recogidos.
También en materia de entornos laborales diversos, seguros e inclusivos.
Claro, que este concepto implica no sólo la protección contra comportamientos discriminatorios contra las personas LGTBI sino también que existan protocolos frente al acoso y a la violencia en el trabajo.
Es decir que las sanciones por las infracciones en esta materia pues pueden ser muy importantes.
Pueden ser las infracciones de carácter leve, grave o muy grave.
Las leves se sancionarán con multas de entre doscientos y dos mil euros.
Las graves entre dos mil uno y diez mil euros.
Y las muy graves entre diez mil uno y ciento cincuenta mil euros.
O sea que no es ninguna broma.
No es ninguna broma.
Y finalmente queremos mencionar también...