
P.S. nº 402: LA C.E.O.E. NO QUIERE NEGOCIAR LOS DESPIDOS; EL ABUSO CON INTERINOS SIGUE; ABUSO DEL PROTOCOLO DE ACOSO

Description of P.S. nº 402: LA C.E.O.E. NO QUIERE NEGOCIAR LOS DESPIDOS; EL ABUSO CON INTERINOS SIGUE; ABUSO DEL PROTOCOLO DE ACOSO
Perspectiva Sindicalista nº 402: LA C.E.O.E. NO QUIERE NEGOCIAR LOS DESPIDOS; EL ABUSO CON LOS INTERINOS SIGUE; UTILIZACIÓN INDEBIDA DEL PROTOCOLO DE ACOSO; 23-X-2025.
En la primera parte del programa denunciamos la actitud de la CEOE al negarse a negociar la reforma del despido en España.
Además, hablamos de la persistencia en el abuso de las Administraciones Públicas con la figura de los interinos.
En la segunda parte del programa nº 402 de "Perspectiva Sindicalista", dedicada a consejos y temas jurídicos laborales, se informa sobre la responsabilidad por el uso indebido del protocolo "antiacoso".
"Perspectiva Sindicalista" es un microespacio radiofónico semanal en el que se analiza la actualidad nacional y laboral española con una óptica distinta, desde una "perspectiva sindicalista" alejada del falso sindicalismo oficial y que normalmente está ausente en los medios de comunicación.
Dirigido y presentado por Jorge Garrido (abogado y Presidente del sindicato Unión Nacional de Trabajadores, UNT).
This content is generated from the locution of the audio so it may contain errors.
Hola a todos y bienvenidos a Perspectiva Sindicalista.
Soy Jorge Garrido, presidente del sindicato Unión Nacional de Trabajadores y presentador del programa.
Les invito a que estén con nosotros los próximos minutos después de esta sintonía.
Programa 402 de Perspectiva Sindicalista. Hoy es jueves 23 de octubre de 2025 y, como siempre, emitimos a través de las ondas de Informaradio.
También les recordamos que subimos el programa a nuestras redes sociales, tanto a nuestro canal de iVox como también ponemos el enlace en nuestra página de Facebook, Perspectiva Sindicalista.
También se sube el enlace a la página web del sindicato Unión Nacional de Trabajadores, sindicatount.es y también a la aplicación para móviles del sindicato.
Les recomendamos que se la descarguen porque, además de poder acceder a nuestros programas, también pueden acceder a diversa información que seguro será de su interés.
Y ya sin más, vamos a empezar con la actualidad que nos lleva a la COE que ha anunciado que abandona la mesa de negociación de la reforma del despido.
¿Qué alega Antonio Garamendi para salirse de la mesa de negociación? Pues que ellos dicen que han ganado una sentencia, que consideran que es favorable y que no les obliga en absoluto a que haya que mejorar, de alguna manera, las indemnizaciones para los despidos improcedentes y que, por lo tanto, no hay ninguna reforma que realizar.
Claro, aquí el señor Garamendi lo que hace es manipular la realidad porque es verdad que la sentencia del Tribunal Supremo que se dio a conocer el pasado mes de julio implica un rechazo a subir las indemnizaciones por despido improcedente por la vía judicial, eso es lo que hay que aclarar, porque para el alto tribunal esto no supone ni una vulneración del artículo 10 del convenio 158 de la OIT ni del artículo 24b de la Carta Social Europea, revisada, en los que sólo se indica que la indemnización debe ser la adecuada, pero tampoco la cuantifican, con lo cual entiende el Tribunal Supremo que no le corresponde a los jueces hacer esa valoración, sino al legislador.
Hay que recordar que, en relación a ese artículo 24, el Supremo, ¿qué explica? Pues explica que la expresión indemnización adecuada resulta literalmente inconcreta y que no se trata de mandatos directamente aplicables, sino de declaraciones programáticas de abierta interpretación cuya virtualidad concreta exigiría una intervención legislativa.
Hay que aclarar que el Comité Europeo de Derechos Sociales ha condenado a España en dos ocasiones por no ajustarse a la Carta Social Europea en lo que respecta a la indemnización por despido improcedente, que actualmente es de 33 días de salario por año trabajado, con un límite de 24 mensualidades.
Y, precisamente, las condenas son por vulnerar el citado artículo 24 de la Carta Social Europea, al entender que este límite máximo, en algunos casos, impide una reparación real del daño causado al trabajador.
¿Qué dice de esto el Tribunal Supremo? Pues que las decisiones del Comité Europeo de Derechos Sociales no son ejecutivas ni directamente aplicables entre particulares, ya que, a diferencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el Comité Europeo de Derechos Sociales no es un órgano jurisdiccional, ni sus resoluciones son propiamente sentencias.
De ahí que Garamendi, en representación de la COE, manifieste que la justicia les ha dado la razón, lo cual no es cierto.
Simplemente dice que no es una sentencia, es verdad, la condena a España no es de un tribunal, es del Comité Europeo de Derechos Sociales, y remite a el legislador, es decir, regúrenlo ustedes porque no nos corresponde a los jueces rellenar el vacío legal.
Eso es lo que dice el Tribunal Supremo. No está diciendo que no haya que dar unas indemnizaciones mejores, no.
No está diciendo eso, como da a entender el señor Garamendi, para justificar su salida de la mesa de negociación.
Es una vergüenza. El señor Garamendi es una vergüenza.
















Comments of P.S. nº 402: LA C.E.O.E. NO QUIERE NEGOCIAR LOS DESPIDOS; EL ABUSO CON INTERINOS SIGUE; ABUSO DEL PROTOCOLO DE ACOSO