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By esRadio Baleares Gabinete jurídico
Pau Rigo

Pau Rigo

11/13/2024 · 12:13
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Gabinete jurídico Episode of Gabinete jurídico

Description of Pau Rigo

Gabinete jurídico con el bufete Barceló en "Es Radio Baleares"

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Gabinete jurídico con el bufete barceló y aquí está nuestro abogado de cabecera el director del bufete barceló llegado desde su despacho en la calle llevaron santamaría del sepulcro número tres perpendicular a jaime tercero carlos barceló qué tal buen día buenos días gabriel cómo estás encantados de tenerte con nosotros para analizar claves jurídicas en torno a un caso del que has hablado mucho muy mediático recordamos con una primera condena después absolución y ahora nuevo juicio hablamos de pau rigo del hombre al que asaltaron y no era la primera vez que entraban en su casa y que mató a uno de los asaltantes con la escopeta que tenía nuevamente se ve sometido a un juicio no sé si esto es volver a empezar hasta qué punto es volver a empezar de cero no es habitual no lo comentamos en su día cuando se especulaba se apuntaba la posibilidad de tener que repetirlo y lo que ha vivido este hombre es un auténtico calvario también judicial bueno sí que es habitual que se repita el juicio es porque se declarado nulo el anterior y se volverá a repetir el juicio con otro tribunal en este caso al ser un jurado popular encargado de el veredicto pues se vuelve a formar un nuevo jurado y se repite el juicio de principio a fin con todas las pruebas que se ingieren el anterior se tienen que volver a repetir y empezar de cero y no se puede tener en cuenta lo que lo que se hizo en el primer juicio en este caso entiendo que es difícil pero vamos a ir profundizando entonces por lo que me dices no es tan excepcional el hecho de que se repita un juicio para qué caso se contempla en muchos casos que lo veremos alguna vez cuando se recurso contra una sentencia se pide la nulidad de la sentencia o la nulidad del juicio en este caso se se acuerda si se estima que sea nula la sentencia que se vuelva a repetir el juicio por otro tribunal distinto del que formó parte en el primero es porque se vulnera algún derecho fundamental o hay alguna causa de nulidad no es muy habitual pero sucede hay que comentamos un tema de un homicidio en madrid que sí que había una persona haya sido condenada se recurrió ser declaró nula la sentencia del juicio volvimos a celebrar el juicio se celebró en este caso con la solución entonces que no es habitual no es habitual que está previsto en la ley está previsto en la ley que se pueden repetir el juicio y declarar nulos los primeros si lo que sucede en este caso a diferencia de este madrid de de madrid al que haces referencia es que había resultado absuelto y ahora se ve nuevamente en esa tesitura de tener que entrar en la cárcel por unos hechos que se produjeron hace hace muchos años y que fueron pues esos desgraciados con mucha tensión en su momento por el atraco y también pues sin esa voluntad homicida pero que terminó desgraciadamente con la la muerte del fallecimiento de uno de los asaltantes de su vivienda en perreras bueno en este caso en la repetición del juicio se se ha hecho porque creo que lo comentamos el objeto del veredicto que para mí siempre te lo he dicho esto los temas más importantes de realizar en cuando te enfrentas a un juicio por jurado con jurado popular era era confuso incluso los votos no daban ni par una un veredicto de culpabilidad o no culpabilidad o viceversa por lo tanto se ha declarado nulo porque este veredicto era este el objeto del veredicto era defectuoso no se podía mientras la sentencia en un sentido o en otro y al repetirse el juicio sí que hay un hecho que es importante que la nueva defensa hacer el pago rigor sí que ha cambiado la línea de defensa en un primer momento el que fue uno de los puntos conflictivos se alegaba el miedo insuperable como eximente de de digamos de los hechos o de la petición de condena por homicidio había obrado por miedo insuperable y eso es una causa prevista en la ley como una eximente que te exime de dar unidad criminal en este caso la la nueva defensa del serio riesgo no va por este por este cauce si no va por uno muy parecido que está prevista el mismo artículo del código penal que es la legítima defensa qué quiere decir esto son dos eximentes muy parecidas pero a la hora de poder exponer han jurado que la legítima defensa que están los requisitos es tan tasados yo creo mucho más sencillo que expone a un jurado popular y no un tribunal profesional que es el miedo insuperable insuperables más la la la percepción o cómo podía estar esa persona esos momentos que no actuar en legítima defensa ante una agresión ilegítima i ejercer una defensa proporcional a la agresión sufrida lo hemos comentado en diferentes ocasiones es decir y ahora entiendo que también vas apuntas en esa dirección

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