Description of Pleno ordinario abril 29.04.24
-------------------------------------------------------------------
This content is generated from the locution of the audio so it may contain errors.
Vamos a dar comienzo a la sesión ordinaria del mes de abril del pleno disculpar excusar la no asistencia del concejal del partido socialista joaquín lópez porque le surgió un problema laboral a última hora aprovecho para saludar a las personas que nos siguen a través en este presencialmente en este salón de pleno y aquellos que nos siguen a través de las redes a través de la radio agüimes hondo libre trescientos cuarenta y cinco y a través también de las redes en el tren doble u punto agüimes punto es primer punto del orden del día tiene que ver con la lectura y aprobación si procediera del acta del borrador de las del día uno de abril propuestas de modificación matizaciones correcciones pasamos entonces a votar si les parece voto a favor una unanimidad queda aprobada por unanimidad siguiente punto del orden del día es la propuesta de modificación de estatutos de la mancomunidad del sureste el ayuntamiento de santa lucía ya lo aprobó en el pleno celebrado creó el pasado jueves o viernes creo recordar ingenio lo veía también esta tarde tiene una propuesta pues es un poco actualizar los estatutos independientemente de que entremos fue en alguna otra modificación más en profundidad pero básicamente para poder acometer proyectos en este momento tiene la palabra la concejal portavoz en este caso del grupo de gobierno maría suárez gracias buenas tardes los estatutos de la mancomunidad del sureste fueron aprobados en fecha veintiséis de junio del dos mil catorce y publicados en el boletín oficial de la provincia número ochenta y cuatro de fecha treinta de junio del mismo ejercicio el artículo veinticuatro de estos estatutos establece que la modificación de los mismos se podrán realizar ya sea propuso de la propia junta general de la mancomunidad o por iniciativa de cualquiera de los ayuntamientos que integran la misma debiendo ajustarse siempre hayden a los idénticos requisitos y al mismo procedimiento que requiere la aprobación de los estatutos así teniendo en consideración que la legislación vigente concede a la junta general la facultad de modificar los estatutos en fecha seis de septiembre del dos mil veintitrés se emitió un informe por parte del gerente de la mancomunidad del sureste en el que pone de manifiesto la necesidad de modificar alguno de los apartados en los estatutos debido a las confusiones en las problemáticas planteadas la actual redacción de estos estatutos todo ello en aras de la búsqueda del interés general y con objeto de poder desarrollar con normalidad los fines y las competencias que tiene establecida la propia mancomunidad el diecinueve de septiembre del dos mil veintitrés la junta general de la mancomunidad aprobó por unanimidad aprobó inicialmente por unanimidad la modificación de estos estatutos y que versa principalmente en el cambio la ampliación o mejora en la redacción de algunos de estos artículos la modificación de los artículos treinta y ocho tienen como objetivo garantizar el funcionamiento y la tramitación de los expedientes en periodo de elecciones municipales contemplando la figura de la presidencia en funciones por su parte la nueva redacción del artículo cuatro permite incorporar nuevos fines competencias a la propia mancomunidad de carácter puntual o permanente solventando así un vacío que existía un vacío jurídico o laguna jurídica que en la redacción actual que tenemos de esos estatutos por último la modificación de los artículos dieciseis y dieciocho tienen como objeto cumplir las normas presupuestarias y también las específicas en cuanto al personal que desarrolle las funciones de tesorería e intervención y secretaría de la propia entidad atendiendo al artículo cuarenta y cuarenta y dos de la ley de bases de régimen local se solicitó el informe preceptivo al cabildo de gran canaria y este en su sesión celebrada el uno de marzo info informó favorablemente la propuesta de modificación de los estatutos de la mancomunidad a propuesta de la propia junta el pasado quince de abril se remitió a este ayuntamiento el certificado emitido por el secretario de la mancomunidad justificando que no se han formulado ninguna alegación en el periodo de exposición pública al mismo y por tanto solicitando la aprobación definitiva de los mismos por los tres plenos tal y como comentaba el alcalde en su intervención visto el informe jurídico emitido en este caso por el secretario de esta corporación de fecha diecisiete de abril que concluye que el contenido de esta modificación de los estatutos es conforme al derecho y que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido y también visto que según la ley de municipios de canarias en concreto el artículo sesenta y tres corresponde a los distintos plenos de los ayuntamientos que integran la mancomunidad la aprobación definitiva de estos estatutos se propone a este pleno la toma de el acuerdo de la aprobación definitiva de la modificación de los estatutos de la mancomunidad del sureste de gran canaria muchas gracias a maría arrimó el turno de intervenciones buenas tardes