

Description of Pleno ordinario junio 29.06.26
Pleno ordinario del Ayuntamiento de Agüimes correspondiente al mes de junio de 2026.
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Muy buenas noches de nuevo, damos comienzo a la sesión ordinaria del pleno del mes de junio. Disculpamos a los compañeros que no pueden estar hoy por distintas razones con nosotros, Eloisa, Tino, Franci, Roberto y Bárbara. Y saludamos a las personas que nos siguen en directo en el salón de plenos, así como a aquellos que nos siguen a través de Radio Agüimes 104.5 de la frecuencia modulada o en el canal www.agüimes.es. Primer punto del orden del día es la lectura y aprobación, si procede, de los borradores de las actas anteriores. ¿Alguna corrección, matiz, sugerencia? Pasamos entonces a votar. ¿Votos a favor? Queda aprobada por unanimidad. Punto siguiente es la propuesta de aprobación definitiva de las bases reguladoras para el concurso de carrozas del Carnaval de Agüime. Tiene la palabra la compañera concejal María Suárez. Gracias. Buenas tardes. El pleno de esta corporación, en sesión celebrada el pasado 22 de diciembre de 2025, aprobó inicialmente las bases reguladoras para el concurso de carrozas del Carnaval de Agüímez, sometiéndose al expediente a información pública mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas de fecha 26 de enero y también mediante la publicación en el tablón de anuncios municipal, todo ello por un plazo de 30 días hábiles.
Durante el periodo de exposición pública se presentó un escrito. Gracias. Visto el informe técnico emitido por el área de festejo con fecha 25 de mayo de 2026 en el que se analizan las distintas alegaciones formuladas y se propone su estimación parcial. Visto también el informe jurídico de fecha 4 de junio del mismo año emitido en relación con este expediente en el que se concluye la procedencia de estimar parcialmente las alegaciones presentadas y aprobar por tanto definitivamente las bases reguladoras y considerando lo dispuesto en la ley de bases de régimen local que establece. o que determina que es este pleno el competente para la aprobación de manera definitiva de estas bases, se propone la toma de los siguientes acuerdos. En primer lugar, estimar parcialmente la alegación presentada, incorporando a la base 2 normas de seguridad y participación, la redacción que se propone tanto en la alegación presentada como en el informe técnico y jurídico que consta en el expediente.
En segundo lugar, desestimar el resto de alegaciones formuladas por las razones expuestas en el propio informe técnico, medidas propuestas resultan necesarias o redundantes al encontrarse ya contempladas en la normativa aplicable y en los protocolos de seguridad del evento. En tercer lugar, aprobar con carácter definitivo las bases reguladoras de este concurso, una vez incorporada la modificación recogida en el apartado primero de esta propuesta. Y en cuarto lugar, proceder a la publicación íntegra de las bases definitivas, tanto en el boletín oficial de la provincia como en el tablón de anuncios de este ayuntamiento. Muchas gracias, María. Turno de intervenciones. Sí, Pepa, por favor. Buenas tardes. Entendemos que se ha optado por mantener inalterado el texto de la base y se ha rechazado o al menos no se ha incorporado modificación propuesta bajo el argumento de que se encuentran implícitamente contempladas. y entendemos que se deberían incorporar expresamente simplemente por dotar al documento de una mayor claridad y seguridad jurídica. La función de una base reguladora entendemos que es proporcionar la certeza y esta seguridad jurídica y no exigir al participante que busca el contenido que entendemos que debe estar expresamente recogido.
De esta forma, quien consulta la base debe poder reconocer de forma clara y expresa e inequívoca cuáles son las obligaciones y medidas exigibles, sin verse obligado a aducirlas o presumir que se encuentran implícitamente incorporados. En cuanto al argumento del punto 2.3, las responsabilidades por carroza que puede dificultar la operatividad, entendemos también que nombrar un responsable por carroza no altera la cadena de mando, sino que al contrario. Es una medida organizativa que facilitaría la comunicación entre la organización y los participantes y sirve de apoyo para el director de seguridad, cuyas funciones permanecerían completamente intactas. Gracias. Gracias, Pepa. María, por favor. Gracias. No es exactamente eso lo que sucede en el expediente. De hecho, si ven tanto el informe técnico como el informe jurídico, sí que se estiman parcialmente algunas de las alegaciones presentadas. De hecho, se modifica, el texto no permanece inalterable y sí que se modifica la base 2, normas de seguridad y participación. Y leo tal cual la redacción que quedaría, que es de las dos que se proponen en las alegaciones.





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