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Apuntes Jurídicos
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Apuntes Jurídicos

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Bienvenidos al podcast Apuntes Jurídicos donde nos enfocaremos en hablar sobre aquellos temas que afectan a la población en su día a día. Desde leyes y regulaciones hasta casos y situaciones prácticas, buscaremos cubrir todo lo necesario para que los oyentes tengan una comprensión clara y profunda de los asuntos legales que les rodean.

Cada episodio incluirá a expertos en el área, quienes compartirán sus conocimientos y brindarán soluciones a preguntas comunes y desafiantes.

Si eres una persona que busca estar informada y preparada ante situaciones legales, este podcast es para ti. Desde dueños de negocios hasta profesionales o ciudadanos de a pie, todos podemos encontrar información valiosa en este espacio.

No importa si eres una persona sin conocimientos en el mundo jurídico, aquí encontrarás información que te ayudará a tomar decisiones informadas y proteger tus derechos y bienes.

Descubre cómo puedes protegerte y defender tus derechos con la información y consejos valiosos que te brindaremos en cada episodio.

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¿Cómo localizar las cuentas bancarias y seguros de vida de un familiar fallecido?

La pérdida de un ser querido abre un proceso frecuentemente complejo para los herederos, no solo en lo emocional, sino también en lo burocrático. En la sección Apuntes Jurídicos de EgunOn Bizkaia, el abogado Sergio Ruiz, de RASL Abogados, responde a las dudas más habituales sobre la localización de bienes, la gestión de herederos desaparecidos y los trámites notariales. El "truco" de Hacienda para encontrar cuentas bancarias Cuando un familiar fallece, es común que los herederos desconozcan cuántas cuentas bancarias tenía abiertas o qué saldos sumaban. Aunque el primer paso suele ser revisar la documentación en el domicilio, Sergio Ruiz ofrece un consejo infalible: "Ir a Hacienda Foral y pedir un certificado de bienes y derechos". "En Hacienda generalmente tienen toda la información y aparecerán todas las cuentas que estaban asociadas al titular en la declaración de la renta", explica el letrado. Este paso es fundamental para descubrir y descartar cuentas abiertas en entidades bancarias que la familia desconocía. Una vez obtenida esta información, y demostrando la condición de herederos mediante el testamento (o la declaración de herederos ab intestato), se puede acudir a los bancos a solicitar los saldos exactos para la testamentaría. Ojo con los seguros de vida: no entran en la herencia ordinaria Un error muy común es ligar los seguros de vida al inventario general de la herencia. Ruiz aclara que, al solicitar el Certificado de Últimas Voluntades, se debe pedir también el Certificado de Seguros de Vida."Los seguros de vida no los podemos relacionar nunca en el inventario de bienes y derechos de una herencia porque son independientes de los herederos", advierte el abogado de RASL. Cualquier persona puede ser designada beneficiaria de una póliza. Además, muchos de estos seguros están vinculados a préstamos hipotecarios, donde el primer beneficiario es el propio banco para cubrir la contingencia. Sin embargo, en otros casos existen pólizas complementarias que la familia ignora y que conviene verificar para reclamar el capital correspondiente. ¿Qué pasa si un heredero no aparece o no quiere saber nada? La gestión se complica cuando uno de los llamados a la herencia está en paradero desconocido o, directamente, se desentiende del proceso. Si el heredero no se localiza (algo habitual si reside en el extranjero), existen herramientas legales. Además de la opción de contratar un detective privado, se puede recurrir a la vía judicial mediante un procedimiento de división de herencia para solicitar el "auxilio judicial" y que sea el propio juzgado quien averigüe su paradero para notificarle. ¿Y si se localiza pero se niega a responder? El procedimiento sigue adelante. En la fase de formación de inventario, si el heredero no comparece, "se le va a declarar en rebeldía y se va a entender que está de acuerdo con ese inventario", señala Ruiz, quien asegura que la recepción de una demanda judicial suele ser el detonante para que esa persona termine "entrando en razón" y se persone con su propio abogado. Repartir una herencia sin pisar el notario: ¿Cuándo es posible? Una de las preguntas más repetidas por los oyentes es si es obligatorio pasar por la notaría para repartir los bienes. La respuesta depende de la naturaleza de lo que se hereda. Los herederos pueden realizar una partición privada (un cuaderno particional suscrito por todos) sin necesidad de un fedatario público si la herencia está conformada solo por saldos bancarios o bienes muebles. El escenario cambia por completo si hay inmuebles de por medio. "Si hay bienes inmuebles y queremos tener acceso al Registro de la Propiedad, la única forma es ir a otorgarlo ante una escritura notarial", concluye Sergio Ruiz.
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¿Se puede dejar la herencia directamente a los nietos sin pasar por los hijos?

En la última entrega de Apuntes Jurídicos, dentro del programa EgunOn Bizkaia, el abogado Sergio Ruiz ha respondido a las dudas de los oyentes sobre un tema recurrente: la posibilidad de saltar una generación en el reparto de bienes. ¿Es legal dejar dinero o inmuebles directamente a un nieto sin que pase por los hijos? La respuesta es un rotundo sí, siempre que nos encontremos bajo el paraguas del Derecho Civil Vasco. El nieto como beneficiario directo A diferencia de otras legislaciones, en Euskadi existe la legítima colectiva. Esto permite al testador elegir a uno o varios de sus descendientes para dejarles la totalidad de los bienes, pudiendo apartar totalmente a los hijos en favor de los nietos. Esta transmisión puede realizarse de dos formas: Donación en vida: Una fórmula directa pero que requiere que, si el nieto es menor de edad, el acto deba ser ratificado al alcanzar la mayoría de edad para ser plenamente válido. Pacto sucesorio: Es la figura "estrella" en Bizkaia. Permite ordenar la transmisión de bienes de forma planificada y consensuada entre todos los miembros de la familia. "Podemos transmitir cualquier bien a uno de los nietos directamente sin que participen los hijos. Esto es posible gracias a la legítima colectiva que permite elegir a quién dejar los bienes dentro del grupo de descendientes", explica Sergio Ruiz. Ventajas fiscales y acceso a la vivienda Uno de los grandes atractivos de esta fórmula es el ahorro fiscal. Al transmitir directamente al nieto, se evita la doble imposición que supondría que el bien pasara primero por el hijo y luego por el nieto. En Euskadi, además, existe una exención fiscal de hasta 400.000 euros para este tipo de sucesiones. Además, el pacto sucesorio se ha convertido en una herramienta vital para los jóvenes en el actual contexto inmobiliario. "Muchos abuelos utilizan el pacto sucesorio para que sus nietos puedan acceder a un préstamo hipotecario", señala el abogado. Al figurar ya como titulares de un patrimonio transmitido por sus abuelos, los bancos minimizan el riesgo y facilitan la concesión de créditos para la compra de la primera vivienda. ¿Qué ocurre en caso de divorcio? Otra duda común entre los oyentes es si un divorcio posterior puede afectar a los bienes recibidos mediante pacto sucesorio. Sergio Ruiz es tajante: "Todo lo recibido por pacto sucesorio, donación o herencia tiene carácter privativo". Esto significa que, en caso de ruptura matrimonial, esos bienes no entran en la liquidación de gananciales ni pueden ser reclamados por el cónyuge. No obstante, el abogado advierte que poseer ese patrimonio podría influir en el cálculo de una posible pensión compensatoria, al mejorar la situación económica de quien recibe la herencia. Planificación frente a conflicto Para el experto de RASL Abogados, la clave siempre es la anticipación. Realizar estas gestiones en vida evita interpretaciones erróneas de los testamentos tras el fallecimiento. "Transmitir bienes en vida es mucho mejor porque se hace de forma consensuada, informando a todos los hijos y evitando futuros conflictos familiares", concluye Ruiz.
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Apuntes Jurídicos: Claves sobre la incapacidad absoluta y los nuevos límites al alquiler en Bilbao

En la última entrega de Apuntes Jurídicos en EgunOn Bizkaia, el abogado Pablo de los Ríos ha puesto el foco en dos áreas que generan constantes dudas: el complejo proceso para obtener una incapacidad permanente absoluta y la reciente actualización de los precios del alquiler tras la entrada en vigor de la nueva Ley de Vivienda. La incapacidad absoluta más allá del cuadro médico A raíz de la consulta de un oyente que padece fatiga extrema y vértigos sin un diagnóstico claro, De los Ríos ha advertido que estar enfermo no es el único requisito para acceder a una pensión. Para que una incapacidad sea considerada absoluta, la persona no debe poder desempeñar ningún trabajo en absoluto. Sin embargo, existen factores administrativos que a menudo se ignoran, como la necesidad de haber cotizado lo suficiente y contar con bases que garanticen una pensión mínima viable. Otro obstáculo fundamental es el concepto de agotamiento terapéutico. La ley exige que se hayan intentado todos los tratamientos curativos posibles sin éxito antes de conceder la invalidez. Sin un diagnóstico firme, resulta casi imposible demostrar que la medicina ha agotado sus recursos. Por ello, el letrado ha recomendado intentar acelerar las citas en Osakidetza o incluso acudir a la vía privada, ya que en patologías con síntomas subjetivos es vital aportar pruebas objetivas como el test FAST para convencer a un tribunal. El fin de la libre negociación de rentas en Bilbao El mercado del alquiler en Bizkaia ha dado un vuelco tras la declaración de Bilbao como zona tensionada. Pablo de los Ríos aclara que, bajo este nuevo marco, ya no se puede pactar el precio libremente entre propietario e inquilino, incluso si ambas partes están de acuerdo. Para los contratos vigentes, la antigua limitación del 2% ha decaído, pero ahora los contratos posteriores a mayo de 2023 deben actualizarse obligatoriamente mediante el IRAV (Índice de Actualización de Rentas), mientras que los anteriores suelen seguir ligados al IPC. En el caso de las nuevas salidas al mercado, la situación es aún más restrictiva. Los propietarios deben acudir obligatoriamente al simulador de precios del Gobierno Vasco, que marca el tope legal de la renta basándose en factores como la ubicación y el estado del inmueble. El abogado ha ilustrado esta brecha citando ejemplos en el Ensanche o Plaza Euskadi, donde el simulador arroja cifras significativamente inferiores a los precios de mercado previos. De los Ríos critica que la medida se aplique de forma plana a todo el municipio, sin distinguir realidades tan dispares como las de San Francisco o Santutxu. Validez legal de las comunicaciones digitales Finalmente, el experto ha abordado la validez de los avisos de subida de renta enviados por aplicaciones de mensajería. Aunque el burofax sigue siendo la herramienta preferida por los abogados por su carácter fehaciente, cualquier canal de comunicación constante y utilizado previamente por ambas partes, como WhatsApp, SMS o correo electrónico, tiene validez legal. Negar la recepción de un mensaje es hoy una estrategia arriesgada, ya que existen métodos técnicos consolidados para demostrar su lectura ante un juez.
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Cómo reclamar deudas laborales y gestionar herencias sin testamento

En la reciente entrega de Apuntes Jurídicos, el espacio de RSAL Abogados en el programa EgunOn Bizkaia, se han abordado situaciones legales que afectan directamente al bolsillo y la paz familiar de los ciudadanos: la reclamación de salarios tras un despido y la partición de bienes cuando no existe un testamento que guíe el proceso. El peligro de los plazos: ¿Cuándo prescribe una deuda laboral? Uno de los casos analizados plantea una duda común: un trabajador despedido en enero de 2025 al que la empresa le adeuda 2.500 euros de finiquito. Tras un acto de conciliación al que la empresa no asistió, el afectado se pregunta si aún puede reclamar. Pablo de los Ríos advierte sobre la importancia de vigilar el calendario. "El plazo de prescripción para reclamar deudas salariales es de un año", explica el letrado. Aunque presentar una papeleta de conciliación interrumpe el plazo y lo "resetea", es fundamental no dejar pasar más de doce meses desde ese acto sin interponer la demanda judicial. "No hay que confiarse con la buena fe de la otra parte; si ha pasado más de un año desde la conciliación sin nuevas acciones, el derecho a reclamar podría estar prescrito", señala De los Ríos. Además, anima a revisar siempre las categorías y horas extra al finalizar una relación laboral, ya que a menudo existen cantidades no percibidas que el trabajador ignora. Herencias sin testamento: ¿Quién decide el reparto? La ausencia de un testamento suele ser el caldo de cultivo ideal para el conflicto entre herederos. Ante la pregunta de un oyente sobre una madre fallecida sin dejar últimas voluntades, Sergio Ruiz es tajante: el consenso es la vía más económica y rápida. Cuando los hermanos no se ponen de acuerdo, la ley establece un orden sucesorio (abintestato) donde los hijos suelen heredar por partes iguales. Sin embargo, el problema reside en cómo se valoran y distribuyen los bienes concretos. * La figura del contador-partidor: Si no hay acuerdo, se puede recurrir a un profesional especializado que actúe como tercero neutral para realizar el inventario y el reparto. El procedimiento judicial: Es la última opción y la más costosa. En este escenario, un perito judicial tasará los bienes y un abogado de la lista del juzgado decidirá el reparto mediante el cuaderno particional. "Los costes de un procedimiento judicial, sumados a los honorarios de peritos, exceden con mucho lo que costaría un acuerdo extrajudicial", advierte Ruiz. El laberinto del alquiler: ¿Subida del IPC o del IGV? El espacio también aclaró las dudas de los propietarios tras la caída del Real Decreto de prórroga de alquileres en el Congreso. Actualmente, la limitación de las subidas depende de la fecha de firma del contrato: Contratos anteriores a mayo de 2023: Se rigen por el sistema pactado, habitualmente el IPC. Contratos posteriores a mayo de 2023: El límite lo marca el IGV (Índice de Garantía de Alquileres). Los abogados recalcan que, más allá de la fría letra de la ley, "negociar una solución intermedia entre propietario e inquilino siempre es mejor que acabar en los tribunales", especialmente en un entorno de alta inseguridad jurídica.
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El "limbo" legal de los alquileres tras el fiasco del Decreto en el Congreso

Una semana más, la sección Apuntes Jurídicos de EgunOn Bizkaia abre su consultorio para resolver las dudas legales de los oyentes. Sergio Ruiz y Pablo de los Ríos, del bufete RASL Abogados, abordan cuestiones tan sensibles como el reparto de bienes en vida y la seguridad jurídica en los arrendamientos. El caos de las prórrogas de alquiler Pablo de los Ríos analiza la enorme confusión generada por el Real Decreto 8/2026 sobre alquileres y su posterior situación jurídica. Ante la duda de un oyente que solicitó una prórroga antes de que el decreto fuera retirado, Pablo advirte de la "inseguridad jurídica brutal" que existe actualmente. "Nadie conoce el futuro porque la validez de esos actos solo la saben los tribunales", explica Pablo. No obstante, da un rayo de esperanza a los inquilinos que hicieron los deberes a tiempo: "Mi opinión es que todos los que solicitaron la prórroga durante la vigencia del decreto gozan de su protección". Aun así, advirte que habrá sentencias contradictorias en diferentes provincias hasta que el Tribunal Supremo unifique criterio dentro de un par de años. Ante este escenario de incertidumbre, Pablo de los Ríos señala que la ley actual está empujando a las partes a entenderse: "El desarrollo legislativo en España está propiciando que las partes lleguen a acuerdos". De hecho, recuerda que ahora es obligatorio demostrar que se ha intentado una conciliación o mediación antes de interponer una demanda de desahucio. "Quien haya hecho bien la comunicación en plazo tiene una herramienta negociadora potente", sentencia. ¿Se puede dejar la casa a un solo hijo? Uno de los oyentes planteaba un dilema común: un padre que desea dejar su vivienda a la hija que le cuida, algo que el hermano considera injusto. Sergio Ruiz es muy claro al respecto: "Por supuesto que se puede hacer". El abogado destaca que existen herramientas como el testamento abierto o el pacto sucesorio (transmisión en vida). Sin embargo, Sergio hace hincapié en que la clave no es solo la ley, sino la comunicación: "Lo fundamental es conversar; si al hermano le preocupa la situación, lo normal es trasladárselo al padre para buscar compensaciones y no perjudicar a nadie". Para el experto de RASL Abogados, el objetivo principal debe ser siempre "evitar conflictos familiares que acaben pudriéndose", respetando siempre la voluntad del padre, que es quien dispone de su patrimonio. ¿Es obligatorio aceptar una herencia? Finalmente, se aborda el caso de las herencias "envenenadas". Sergio Ruiz recuerda que "nadie está obligado a aceptar una herencia", pero alerta sobre la aceptación tácita: "Cuidado con ir al banco a intentar cobrar el dinero del finado; eso es un acto que conlleva la aceptación de la herencia con todas sus deudas". Si no se desea, la recomendación es clara: renunciar formalmente mediante acta notarial para evitar obligaciones no deseadas.
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La importancia del pacto sucesorio y la resolución de herencias

En la sección Apuntes Jurídicos del programa EgunOn Bizkaia, el abogado Sergio Ruiz, de RASL Abogados, ha analizado diversas situaciones complejas relacionadas con las herencias y el Derecho Civil Vasco. A través de consultas reales, Ruiz subraya la necesidad de dejar por escrito las voluntades familiares para evitar futuros conflictos judiciales. El valor de la palabra frente al documento escrito Ante la duda de si los acuerdos verbales familiares tienen validez, Ruiz es contundente: "Las palabras se las lleva el viento muchas veces". Aunque exista confianza, lo ideal es formalizar las intenciones a través de un acta o documento legal. El abogado destaca el pacto sucesorio como una herramienta clave del derecho vasco. Este instrumento permite transmitir el patrimonio en vida y ayudar a los hijos, aprovechando ventajas fiscales como la exención de 400.000 euros de cada padre hacia cada hijo. Según Ruiz, "si hacemos las cosas a tiempo, solucionamos muchos de esos problemas que luego vamos a tener", protegiendo así el patrimonio familiar. ¿Qué hacer si un hermano bloquea la herencia? Uno de los problemas más comunes es cuando un heredero se niega a firmar la escritura de aceptación y adjudicación. Ruiz explica que existen mecanismos judiciales para resolver este bloqueo, comenzando por la formación de inventario ante la administración de justicia. Este proceso no suele ser costoso ni prolongado, ya que busca que las partes manifiesten su conformidad con los bienes y derechos heredados. Sin embargo, si no se alcanza un acuerdo, se entra en una fase más gravosa: "Ahí ya se van a alargar mucho las cosas, pero encima ya va a ser mucho más costoso". En esta etapa se requiere el nombramiento de un contador-partidor y un perito judicial para tasar los bienes, un escenario que Ruiz recomienda evitar mediante la mediación y el asesoramiento profesional temprano. La modificación del pacto sucesorio ¿Es posible cambiar de opinión tras firmar un pacto sucesorio? Ruiz aclara que, aunque estos pactos están diseñados para perdurar, "se puede modificar si firman todos los que lo suscribieron". Incluso es posible prever cláusulas para que el pacto sea revocado por causas que afecten al comportamiento de uno de los instituidos. Lo fundamental, según el letrado, es preservar siempre la voluntad de quienes transmiten los bienes y garantizar la tranquilidad familiar de cara al futuro.
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Testamento o Pacto Sucesorio: ¿Cuál es la mejor opción para proteger tu patrimonio?

En la reciente sección de Apuntes Jurídicos, Sergio Ruiz, del despacho RASL Abogados, abordó una de las dudas más recurrentes entre los ciudadanos de Bizkaia: ¿Cómo podemos organizar nuestro patrimonio para que, llegado el momento, no se convierta en un foco de disputas? La respuesta, en muchos casos, reside en el pacto sucesorio. ¿Qué se puede incluir en un pacto sucesorio? A diferencia de otras fórmulas más rígidas, el pacto sucesorio destaca por su enorme flexibilidad. Ante la consulta de un oyente sobre si es posible transmitir distintos tipos de activos a la vez, la respuesta es clara: "Un pacto sucesorio puede incluir cualquier bien que quiera transmitirse, ya sea en vida o mortis causa: dinero, inmuebles y participaciones sociales". Esta herramienta permite no solo decidir qué se entrega, sino cómo y cuándo, permitiendo una transición ordenada que puede ejecutarse de forma presente o delegarse al futuro. La empresa familiar y el beneficio fiscal Uno de los puntos más críticos tratados fue la transmisión de participaciones sociales, especialmente en el contexto de empresas familiares. Sergio Ruiz subrayó la importancia estratégica de esta figura para la continuidad del negocio: Exención fiscal: Existe una exención del 95% en las participaciones sociales que se transmiten. Supervivencia del negocio: La transición de padres a hijos bajo reglas de juego claras redunda en el beneficio y la subsistencia de la sociedad. Testamento vs. Pacto: El riesgo de lo "no dicho" El abogado de RASL advirtió sobre los peligros de confiar ciegamente en un testamento redactado hace años. Muchas veces, las circunstancias familiares cambian (cuidados, convivencia, relaciones) pero el documento permanece estático. "Muchos conflictos vienen de no hablar las cosas en vida". Cuando se abre un testamento antiguo, pueden aparecer cláusulas que los herederos no entienden o situaciones injustas que el causante no actualizó. La protección del transmitente: La clave de la planificación Aunque el pacto sucesorio es una herramienta poderosa, no debe hacerse de forma ligera. La prioridad absoluta debe ser siempre el bienestar de quien cede sus bienes: Protección jurídica: Es fundamental estudiar qué bienes conviene transmitir en el presente y cuáles reservar para el futuro. Consenso familiar: El éxito de una herencia no es solo el reparto, sino que todos los herederos estén de acuerdo, algo que se facilita enormemente cuando la voluntad se explica y firma en vida. "Para mí lo más importante siempre es la protección de quien va a transmitir esos bienes", concluyó Ruiz, invitando a los oyentes a asesorarse para evitar que su legado se convierta en un problema legal para sus seres queridos.
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Silencio administrativo en incapacidades y nuevas claves en el mercado del alquiler

El espacio "Apuntes Jurídicos" ha contado una semana más con la participación de los abogados Sergio Ruiz y Pablo de los Ríos, quienes han abordado cuestiones fundamentales para el día a día legal de los ciudadanos. Uno de los temas centrales ha sido el colapso en la gestión de las incapacidades por parte de la Seguridad Social, una situación que genera gran indefensión. El silencio administrativo en las incapacidades Según explica Pablo de los Ríos, existe un plazo legal de 45 días hábiles para que la administración resuelva una reclamación previa. Si este tiempo transcurre sin una comunicación oficial, se activa el silencio administrativo negativo, lo que implica legalmente que la petición ha sido denegada. En ese preciso momento, se abre una ventana de 30 días hábiles para interponer una demanda en el juzgado. No obstante, el letrado advierte que, debido al colapso administrativo, muchas respuestas están llegando con meses de retraso, a veces hasta 180 días después. Para tranquilidad de los afectados, la recepción de esa respuesta oficial, aunque sea tardía, permite "resucitar" el plazo de 30 días para acudir a la vía judicial, por lo que es vital contar con asesoramiento profesional para no dar el derecho por perdido. Pacto sucesorio: la alternativa al testamento En el ámbito de las herencias y la gestión del patrimonio en el País Vasco, Sergio Ruiz ha destacado la importancia del pacto sucesorio como una herramienta mucho más ágil y beneficiosa que el testamento convencional. Ruiz subraya que esta figura permite organizar la transmisión de bienes en vida con total transparencia, aprovechando importantes beneficios fiscales como la exención de 400.000 euros por cada cónyuge hacia sus descendientes. Para el abogado, el testamento se ha convertido en una figura totalmente obsoleta que no responde a las necesidades actuales ni ofrece la misma protección que un pacto bien estructurado. Además, esta fórmula evita a los herederos futuras complicaciones y los elevados gastos que conlleva la escritura de herencia tras el fallecimiento. Incertidumbre en los contratos de alquiler Finalmente, la mesa de debate se ha cerrado analizando la situación de "impás" que vive el mercado inmobiliario ante la próxima votación en el Congreso. Actualmente, las subidas de renta están limitadas por ley al 2%, pero la validez de esta medida se decidirá el próximo 28 de abril. Pablo de los Ríos lanza un consejo preventivo para los propietarios que deban actualizar sus contratos en estas fechas: lo más prudente es esperar a que pase el debate parlamentario. Si el decreto decae, como sugieren las previsiones, los arrendadores ya no estarán sujetos a esa limitación forzosa y podrán aplicar las subidas conforme al IPC o los índices pactados originalmente en el contrato, recuperando así el margen de actualización que la normativa actual restringe.
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Guía para evitar conflictos en herencias: Del bloqueo de herederos a los pactos sucesorios

En una nueva entrega de Apuntes Jurídicos, Sergio Ruiz y Pablo de los Ríos, del bufete RASL Abogados, han dado respuesta a las dudas más comunes (y complejas) que surgen en torno a la gestión del patrimonio y las sucesiones. Cuando la ley y los sentimientos se cruzan, la mediación profesional se vuelve indispensable. ¿Puede un heredero bloquear una herencia? Uno de los problemas más frecuentes es la falta de consenso en el reparto. Según explican los expertos, un heredero sí puede bloquear la adjudicación de bienes si no está de acuerdo con el cuaderno particional. "Lo primero es interpretar el testamento a la luz de la voluntad del fallecido, pero siempre surgen fricciones sobre quién recibe qué", señalan. En estos casos, la vía judicial es el último recurso, pasando primero por una fase de formación de inventario. Sin embargo, la recomendación es clara: "La vía del acuerdo y el consenso es infinitamente mejor que la judicial; acudir a un letrado para que aporte sensatez entre los herederos evita años de disputas y costes innecesarios". Humedades y conflictos entre comunidades Otro caso recurrente es el de los daños materiales en propiedades que dependen de elementos comunes compartidos por varias comunidades de propietarios. Ante una humedad persistente, saber que "hay agua" no es suficiente para ganar un juicio. Pablo de los Ríos destaca que antes de cualquier reclamación, es vital realizar una "labor detectivesca" para determinar la legitimación pasiva (a quién se demanda exactamente).Es necesario realizar un estudio jurídico de la titularidad del elemento causante (como un patio). Se debe consultar el Registro de la Propiedad, el Catastro e incluso planos municipales. "No basta con constatar el daño; hay que saber exactamente quién es el titular jurídico, ya que el responsable puede ser una comunidad, varias o incluso una mancomunidad con personalidad jurídica propia". El Pacto Sucesorio: La solución en vida Para aquellas personas que desean dejar todo atado pero temen ofender a sus hijos, existe la figura del pacto sucesorio. Esta herramienta permite transmitir el patrimonio en vida, garantizando la protección del donante. "Si un hijo sabe que, de no aceptar la voluntad de su madre, corre el riesgo de no recibir nada en vida, suele estar más dispuesto al consenso", explican desde RASL. La clave aquí es la transparencia: "Lo ideal es reunir a todos los miembros de la familia con un profesional para que comprendan la voluntad meditada de la madre y lleguen a un acuerdo que evite conflictos cuando ella ya no esté". Planificar en vida, con asesoramiento técnico, es el mejor regalo para la paz familiar futura.
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Los Pactos Sucesorios: el mayor avance jurídico para blindar la empresa familiar en Euskadi

La gestión de una herencia no tiene por qué ser un proceso póstumo lleno de incertidumbres. En la última entrega de Apuntes Jurídicos en EgunOn Bizkaia, Sergio Ruiz, de RASL Abogados, ha analizado cómo los pactos sucesorios se han consolidado como la herramienta estrella para garantizar la supervivencia de las empresas familiares y la paz entre herederos. Un origen foral adaptado al siglo XXI Aunque la Ley del Derecho Civil Vasco actual emana de 2015, Sergio Ruiz recuerda que esta figura no es nueva, ya que el pacto sucesorio se aplicaba hace siglos con los fueros y proviene del mundo del caserío en Bizkaia y Gipuzkoa. En aquel entonces, el objetivo era que la actividad económica no se detuviera tras el fallecimiento de un miembro de la familia. Hoy, esa misma lógica se aplica al tejido industrial, siendo para el experto el mayor avance jurídico que se ha hecho en el mundo de la sucesión, ya que permite una transición ordenada de padres a hijos mientras los titulares aún están presentes. Ventajas fiscales: El beneficio del 95% Uno de los puntos más atractivos de esta herramienta es su bajísima tributación en comparación con otros modelos. En el ámbito empresarial la ventaja es masiva, puesto que el 95% de las participaciones que se van a transmitir en una sociedad a través de pacto sucesorio están exentas, tributando únicamente el 5% restante. Esta posibilidad de transmitir el negocio en vida sin apenas coste fiscal es una oportunidad que ningún empresario familiar debería ignorar para evitar que el impuesto de sucesiones comprometa la liquidez de la empresa en el futuro. Blindaje contra el "caos absoluto" Más allá del dinero, el pacto sucesorio actúa como un manual de instrucciones ante situaciones críticas al permitir incluir cláusulas específicas que un testamento convencional no siempre puede detallar con la misma eficacia. Entre ellas destaca la posibilidad de prohibir la venta de participaciones a terceros ajenos a la familia o la prevención de bloqueos al definir quién toma las decisiones y cómo se forma el órgano de administración. Sergio Ruiz advierte que si esto no se ordena bien, en un testamento nos encontraríamos con el caos absoluto, lo que en el mundo de la empresa significa la muerte mercantil. ¿Cuándo es el mejor momento para planificar? Ante la duda de si esperar a la vejez o actuar antes, la recomendación de RASL Abogados es clara: la previsión es salud. Es fundamental realizar estos trámites mientras el otorgante goza de plenas capacidades cognitivas, ya que cuanto antes nos informemos y decidamos, mejor. Aunque los 60 años o la edad de jubilación son momentos ideales para organizar el patrimonio, incluso a los 40 o 50 años el pacto sucesorio es la vía más segura si se desea ayudar a los hijos y proteger el patrimonio de forma inmediata.
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¿Qué pasa si no hay testamento y la familia no se aclara? Las claves del Derecho Civil Vasco

En esta ocasión, el abogado Sergio Ruiz ha abordado dos escenarios comunes que suelen generar tensiones en el entorno familiar: la ausencia de testamento y la voluntad de los padres de transmitir una vivienda a sus hijos sin que estos puedan venderla de forma inmediata. Sucesión sin testamento: El orden y la declaración de herederos Cuando una persona fallece sin dejar testamento, el primer paso no es el reparto de bienes, sino establecer quiénes tienen derecho a ellos según el Derecho Civil Vasco. Sergio Ruiz explica que existe un orden legal establecido: "primero serían los descendientes (hijos o nietos), después los ascendientes (padres) y finalmente la línea colateral (hermanos, tíos o sobrinos)". Para que estos familiares puedan actuar, es imprescindible realizar una declaración de herederos mediante un acta de notoriedad ante notario. Este proceso, que dura aproximadamente un mes, permite designar oficialmente a las personas llamadas a la sucesión. Ruiz enfatiza que "cualquiera de los interesados puede acudir a un notario para realizar este trámite", independientemente de si el resto de la familia está de acuerdo o no en ese momento inicial. El conflicto en el reparto: La vía judicial como último recurso Una vez designados los herederos, llega el punto crítico: la aceptación y el reparto de los bienes (el inventario). Si no hay consenso sobre qué bienes integran la herencia o cómo adjudicarlos, la ley ofrece mecanismos para desbloquear la situación. Formación de inventario: Si no hay acuerdo sobre las propiedades o cuentas, se puede instar una fase judicial. Según el abogado de RASL, es un "procedimiento sencillo donde el Letrado de la Administración de Justicia busca un acercamiento entre los herederos para que se avengan a un acuerdo". El contador-partidor: En casos de bloqueo total en la adjudicación de "lotes" o bienes específicos, el juez puede designar a un abogado externo (contador-partidor) para que decida el reparto, intentando siempre evitar el condominio (que un bien sea de varios a la vez). No obstante, Ruiz es tajante: "La mejor forma de solucionar una testamentaría es con el consenso de todos; la vía judicial es costosa y se prolonga en el tiempo". El Pacto Sucesorio: Heredar en vida con condiciones Otra de las consultas analizadas ha sido la posibilidad de dejar una casa en herencia pero prohibiendo su venta inmediata. Aquí entra en juego la figura del Pacto Sucesorio, una herramienta muy potente en el País Vasco. "Si se hace por pacto sucesorio, el hijo no va a poder vender el inmueble cuando quiera, sino que tendrá que contar con la autorización de los padres", explica Sergio Ruiz. Esta fórmula permite la transmisión de la propiedad "en vida", pero manteniendo el control y la protección de los instituyentes (los padres). Ventajas de transmitir "en vida" bajo supervisión El abogado destaca que el pacto sucesorio no solo ofrece "una exención fiscal importante en el Impuesto de Sucesiones", sino que garantiza la tranquilidad de los progenitores. Si el hijo intentara vender la vivienda sin consentimiento, "los propios padres podrían revocar esa transmisión". En definitiva, esta figura permite que el patrimonio pase a la siguiente generación de forma ordenada, evitando que intereses "egoístas" o decisiones precipitadas pongan en peligro el bienestar familiar, siempre bajo la "supervisión y última palabra de los padres".
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Divorcios, custodias y vicios ocultos: Guía rápida para resolver conflictos legales comunes

Divorcio: ¿Notaría o Juzgado? Una cuestión de tiempo y dinero Para aquellas parejas sin hijos menores o dependientes económicamente, surge la duda de qué vía es más eficiente para disolver su matrimonio. Según De los Ríos, la decisión suele basarse en dos factores fundamentales: el tiempo y el dinero. El divorcio notarial se presenta como la vía más rápida, permitiendo que "en una mañana esté todo el trámite hecho". Este proceso requiere de un abogado para redactar el convenio regulador, pero la firma final ante notario agiliza el proceso drásticamente en comparación con la vía judicial. Por el contrario, el divorcio judicial es más lento y puede demorarse habitualmente entre dos y cuatro meses. En este caso intervienen las figuras del abogado y el procurador y, aunque los honorarios de este último suelen ser inferiores a los del notario, la espera es significativamente mayor para las partes involucradas. Rupturas con hijos y la gestión de la vivienda Cuando existen hijos menores de edad, la vía notarial queda totalmente descartada, siendo obligatorio pasar por el juzgado para que un fiscal supervise la protección de los menores en el convenio. Ante una separación donde existe una buena relación, el experto recomienda "darles un abrigo de seguridad jurídica" a los hijos mediante un convenio regulador que defina claramente las reglas del juego y evite conflictos futuros si la relación empeora. En lo que respecta a la vivienda común, si uno de los miembros de la pareja desea adjudicarse el inmueble, la solución técnica es realizar una extinción de condominio ante notario. En los casos en los que se opta por la venta a terceros, es aconsejable establecer en el convenio un plan de bajada porcentual del precio si la casa no se vende en plazos determinados, evitando así que el proceso de liquidación de bienes se enquiste indefinidamente. Vicios ocultos: El problema de las termitas en casas de madera Un problema legal frecuente al comprar casas de pueblo es descubrir patologías estructurales graves, como las termitas, poco después de la entrega. Esto se considera un vicio oculto y cuenta con un plazo de reclamación extremadamente estricto de tan solo seis meses desde la toma de posesión, que suele coincidir con la fecha de la escritura notarial. Pablo de los Ríos advierte con contundencia que "si no actúas judicialmente en seis meses, la acción caduca", aclarando que no basta con enviar un burofax o realizar una reclamación extrajudicial para interrumpir el plazo. Es imprescindible presentar una demanda judicial para no perder el derecho a reclamar una reducción del precio pagado o incluso la resolución total del contrato. Por ello, resulta fundamental contratar a un perito arquitecto que realice un informe técnico detallado y un presupuesto de reparación antes de iniciar cualquier acción legal.
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Actualización de alquileres y adaptación del puesto por incapacidad

En una nueva entrega de Apuntes Jurídicos, el espacio de referencia legal en EgunOn Bizkaia, hemos contado con la participación de Pablo de los Ríos Enríquez, socio del despacho RASL Abogados. En esta ocasión, el consultorio ha puesto el foco en la complejidad normativa que rodea a la vivienda y el empleo en 2026, analizando cómo las recientes reformas afectan tanto al bolsillo de los arrendadores como a la estabilidad de los trabajadores con dolencias crónicas. El laberinto legal de la subida del alquiler en 2026 La maraña legislativa actual, que obliga a consultar simultáneamente la Ley de Arrendamientos Urbanos, la Ley de Vivienda de 2023 y el nuevo Real Decreto Ley 8/26, genera una enorme incertidumbre a la hora de actualizar las rentas. Pablo de los Ríos aclara que, aunque el IPC publicado se sitúa en el 2,3%, el reciente decreto impulsado por Sumar establece una limitación del 2% en la actualización de los alquileres. Sin embargo, el experto señala una clave fundamental: esta limitación no es una obligación de autolimitación automática para el arrendador. El propietario debe comunicar la subida conforme a lo estipulado en el contrato —en este caso el 2,3%— y es derecho del inquilino solicitar expresamente que se aplique el tope legal del 2%. En caso de que el arrendatario no se oponga o ambas partes lleguen a un acuerdo intermedio, la subida original será perfectamente válida. El derecho a la adaptación del puesto tras una incapacidad Otro de los grandes temas tratados ha sido la situación de los trabajadores que, tras recibir una declaración de incapacidad total para su puesto habitual, desean mantenerse activos en su empresa. Gracias a la adaptación legislativa derivada de la jurisprudencia europea, toda persona con incapacidad total puede solicitar la adaptación de su puesto o la recolocación en una vacante para la que esté capacitado. No obstante, los plazos son sumamente estrictos: el trabajador dispone de tan solo 10 días naturales desde que recibe la resolución para realizar la solicitud formal por escrito a la empresa. Por su parte, la empresa cuenta con tres meses para evaluar la viabilidad de la medida, quedando exenta de cumplirla únicamente si demuestra que el coste de adaptación es excesivo frente a lo que supondría una indemnización por despido. La advertencia sobre la pérdida de la pensión Para finalizar, De los Ríos lanza una advertencia crucial para quienes se encuentran en este proceso de transición laboral. Existe el riesgo de que, si la empresa adapta el puesto de forma satisfactoria y el trabajador se reincorpora, la Seguridad Social retire la prestación por incapacidad al considerar que el beneficiario ya no requiere dicha cobertura económica al estar activo. Por ello, es fundamental ponderar si la patología permite realmente el desempeño a largo plazo antes de solicitar la adaptación, ya que no es posible cobrar el sueldo y la pensión de incapacidad de forma simultánea. Ante un escenario legal tan cambiante, la recomendación de RASL Abogados es clara: buscar asesoramiento experto antes de cualquier comunicación formal.
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Incapacidades en la Ertzaintza, daños en vehículos de autónomos y el "lío" de los alquileres

En una nueva edición de Apuntes Jurídicos, el abogado Pablo de los Ríos, de RASL Abogados, resuelve las dudas de los oyentes de EgunOn Bizkaia ante situaciones cotidianas que esconden importantes matices legales, desde el régimen laboral de la Ertzaintza hasta los derechos de los propietarios de viviendas. Ertzaintza: ¿Incapacidad permanente o segunda actividad? Un oyente, agente de la Ertzaintza de baja por un problema de cadera, plantea si debe solicitar el paso a la segunda actividad o una incapacidad. De los Ríos aclara que la segunda actividad permite a los agentes con limitaciones físicas pasar a puestos administrativos sin perder su vinculación, pero subraya un cambio legal histórico ocurrido en el año 2025. "Desde el año pasado, si te dan una incapacidad, tienes derecho a pedir la readaptación de tu puesto de trabajo", explica el letrado. Esto significa que ambos procesos no son excluyentes y pueden tramitarse de forma paralela. La diferencia fundamental reside en el cobro, ya que si la empresa reubica al trabajador, este no percibirá la pensión por incapacidad pero mantendrá su sueldo en activo. Como consejo experto, el abogado recomienda solicitar primero el reconocimiento de incapacidad, dado que la patología de cadera es una de las causas más comunes para este grado en los cuerpos de seguridad. Repartidores: Cómo reclamar el alquiler de una furgoneta tras un accidente Ante la duda de un repartidor autónomo que necesita alquilar un vehículo de sustitución tras un siniestro, la respuesta es clara: se puede reclamar al culpable sin ningún tipo de problema. Sin embargo, es vital acreditar que el tiempo de alquiler coincide exactamente con la estancia del vehículo original en el taller mediante un certificado de estancia. Para que la compañía de seguros indemnice tanto el coste del alquiler como el posible lucro cesante, es necesario presentar una documentación exhaustiva que incluya las facturas de reparación y el contrato de alquiler con fechas correlativas. Además, para reclamar lo dejado de ganar por no poder trabajar, se debe aportar la declaración de la renta o el IVA trimestral de ejercicios anteriores, como 2024 o 2025, para realizar un cálculo de ingresos justificado. El error del preaviso de 30 días en los alquileres Muchos contratos de vivienda firmados a partir de 2020 incluyen una cláusula que permite al casero recuperar el piso avisando con solo 30 días de antelación, pero Pablo de los Ríos advierte que "esa cláusula es nula porque no se puede pactar contra lo que dice la ley". Según la normativa vigente desde marzo de 2019, el propietario debe respetar un plazo de 4 meses de preaviso para informar al inquilino de que debe abandonar la vivienda al finalizar el contrato. Existe una excepción por necesidad si el casero requiere el piso para sí mismo o un familiar de primer grado, en cuyo caso el preaviso es de 2 meses, aunque deben concurrir causas de fuerza mayor no previsibles al firmar el contrato. Asimismo, el abogado recuerda que en zonas tensionadas el inquilino podría solicitar prórrogas de hasta tres años, y que cualquier intención de recuperar el inmueble debe comunicarse siempre con la antelación legal mínima para evitar prórrogas automáticas indeseadas.
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Apuntes Jurídicos: la nueva curatela y la prórroga extraordinaria de alquileres

Uno de los cambios más significativos en nuestro ordenamiento es la desaparición del concepto de incapacidad civil tal y como lo conocíamos hasta ahora. Según explica Pablo de los Ríos, la legislación actual ya no busca absolutos, sino que se centra en particularizar las necesidades de la persona con discapacidad por áreas específicas. La figura estrella en este nuevo escenario es la curatela, la cual sustituye a la antigua tutoría como una fórmula más flexible y humana. Existen principalmente dos modalidades de esta figura jurídica. Por un lado, encontramos la curatela asistencial, donde un profesional o familiar apoya a la persona sin que esta pierda su capacidad de decisión, asistiéndole en cuestiones concretas como la administración de su patrimonio o el control de tratamientos médicos. Por otro lado, la curatela representativa supone una sustitución de la capacidad, pero de forma limitada y específica. Por ejemplo, puede establecerse una curatela representativa únicamente para efectos económicos o para actuar en procesos judiciales. "Una persona por estar enferma no tiene por qué estar incapacitada para todas las cuestiones de su vida", destaca De los Ríos, señalando que mantener la autonomía en ciertas áreas es fundamental tanto a nivel psicológico como cívico. Alquileres: ¿Qué pasa con la prórroga de dos años? La actualidad jurídica también viene marcada por el Real Decreto Ley 8/2026, que introduce una prórroga extraordinaria de dos años para aquellos contratos de alquiler que finalicen antes del 31 de diciembre de 2027. A pesar de la incertidumbre sobre su convalidación definitiva en el Congreso, el experto de RASL Abogados es tajante al afirmar que, si un inquilino solicita la prórroga mientras la ley está vigente, esta debe cumplirse. Por ello, anima a quienes no deseen abandonar su vivienda a realizar la comunicación formal a sus arrendadores. En cuanto al método de comunicación, aunque un mensaje de WhatsApp tiene validez teórica, De los Ríos advierte que puede presentar complicaciones de prueba en un juzgado. La recomendación profesional es utilizar siempre el burofax con acuse de recibo y certificación de contenido, ya que es la forma más segura de quedar tranquilo legalmente. Asimismo, sugiere que en los nuevos contratos se incluya siempre una cláusula que fije una dirección de correo electrónico oficial para este tipo de notificaciones, facilitando así los trámites futuros. La excepción de las zonas tensionadas: El caso de Bilbao Un detalle crucial que a menudo pasa desapercibido es que esta prórroga del Real Decreto no afecta a municipios declarados como zona tensionada, como es el caso de Bilbao, Galdakao o Barakaldo. En estas localidades, la normativa específica ya permite al inquilino solicitar prórrogas anuales hasta completar un total de tres años adicionales. Por tanto, para los residentes en estas áreas, el debate sobre la convalidación del nuevo decreto es secundario, ya que cuentan con una protección previa y, en muchos aspectos, superior. "Si vives en Bilbao en una zona tensionada, esto te da igual porque ya tienes derecho a solicitar esas tres prórrogas adicionales", aclara el abogado, subrayando que este debate político está sirviendo, al menos, para dar a conocer estos derechos ciudadanos.
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El Testamento y el Pacto Sucesorio: Claves para evitar conflictos familiares en la herencia

En la reciente sección de Apuntes Jurídicos de EgunOn Bizkaia, Sergio Ruiz, socio de RASL Abogados, ha dado respuesta a las inquietudes de la audiencia sobre un tema siempre delicado: cómo dejar organizada la herencia sin que ello suponga un foco de disputas entre los hijos. A través de casos prácticos como los de Begoña (Sestao) y Jon (Oñati), Ruiz ha desgranado las ventajas de ir más allá del testamento tradicional, apostando por figuras como el Pacto Sucesorio. El Testamento: Una herramienta que a veces se queda corta Aunque el testamento es el instrumento básico para recoger la voluntad de una persona, Sergio Ruiz advierte de sus limitaciones. El principal problema es que "el testamento surte su eficacia en el momento en que fallece la persona". En ese instante, el otorgante ya no está para aclarar dudas, lo que abre la puerta a múltiples interpretaciones por parte de los interesados. "El conflicto no empieza cuando la persona fallece, empieza antes, con las sospechas de qué habrá dispuesto en el testamento", afirma Ruiz, señalando que estas dudas suelen alimentar comportamientos interesados o egoístas en el seno familiar. El Pacto Sucesorio: Transmitir el patrimonio en vida y con consenso Frente a la incertidumbre del testamento, el Derecho Civil Vasco ofrece una alternativa potente: el Pacto Sucesorio. Esta figura permite transmitir el patrimonio en vida, pero con una diferencia fundamental: requiere el consenso y la firma de todos los intervinientes. Al ser un acuerdo compartido, "erradicamos por completo la posibilidad de conflicto". Todos los hijos conocen de antemano la voluntad de sus progenitores y las razones de sus decisiones, lo que evita sorpresas desagradables tras el fallecimiento. ¿Se puede compensar a un hijo que ya ha recibido mucho en vida? Una de las consultas más frecuentes es si es posible "apartar" o dejar fuera de la herencia a un hijo que ya ha sido favorecido con donaciones previas. La respuesta es afirmativa. En el País Vasco, la legítima colectiva (un tercio del total de la herencia) debe ir obligatoriamente a los descendientes, pero no tiene por qué repartirse a partes iguales entre todos ellos. Se puede elegir a uno o varios hijos para recibir esa legítima, apartando al resto sin necesidad de una causa justificada. "Podemos apartar sin causa justificada a cualquiera de los hijos", explica Ruiz, lo que permite equilibrar el reparto si uno de ellos ya ha recibido ayudas importantes en vida. Conclusión: La importancia de actuar a tiempo La recomendación desde RASL Abogados es clara: no esperar a una edad avanzada para organizar la sucesión. "Tenemos que avanzar hacia la posibilidad de otorgar un testamento en una fase temprana, pero sobre todo abordar la posibilidad de dejarlo todo arreglado para erradicar las disputas". Informarse y asesorarse correctamente sobre las opciones que ofrece el Fuero Vasco es el primer paso para asegurar que el patrimonio familiar cumpla su función de apoyo y no se convierta en una fuente de ruptura.
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Herencias y patrimonio: ¿Cómo evitar conflictos familiares y protegerse en vida?

La gestión de una herencia suele ser un terreno pantanoso donde los sentimientos y el patrimonio se mezclan. En una nueva entrega de Apuntes Jurídicos, Sergio Ruiz responde a las dudas de la audiencia sobre situaciones comunes pero complejas: desde la obligación de vender una vivienda familiar hasta la protección económica de los mayores tras repartir sus bienes. La vivienda familiar: ¿Puede un solo heredero forzar la venta? Una de las dudas más recurrentes surge cuando fallecen los padres y uno de los hijos desea vender el inmueble mientras otros prefieren conservarlo. Según explica Ruiz, si la vivienda se ha adjudicado en copropiedad, la ley es clara: "Cualquiera de los copropietarios puede instar la venta de la vivienda para satisfacer su parte de propiedad". Es un error común pensar que haber vivido en la casa o haber cuidado de los padres otorga un privilegio legal sobre el inmueble. "Eso no le otorga un mayor derecho" ni permite limitar que el resto de los herederos soliciten la parte que les corresponde. Para evitar estas situaciones, la clave está en la previsión: si no se establece una limitación temporal en el testamento o pacto sucesorio, no existen restricciones al derecho de propiedad. Ante un requerimiento de venta, es fundamental negociar el derecho de adquisición preferente de los otros copropietarios antes de llegar a instancias mayores. El Pacto Sucesorio: Ayudar a los hijos sin quedar desprotegido ¿Qué ocurre si reparto mis bienes en vida y luego necesito dinero para una residencia? Esta preocupación de Itziar, una oyente de Azpeitia, es muy frecuente. Sergio Ruiz destaca que el pacto sucesorio es la herramienta ideal porque permite una "protección de los instituyentes" (quienes transmiten el patrimonio). No es necesario transmitir todo el patrimonio de golpe. Se pueden incluir cláusulas de cuidado, garantizando que el patrimonio responda a las necesidades futuras de la persona, preferiblemente en su propio hogar. Existe la posibilidad de revocar el pacto si los herederos no cumplen con sus obligaciones de cuidado. "Todo lo que no hemos dejado ordenado, desordenado queda", advierte el abogado, subrayando que estas fórmulas permiten ayudar a los hijos manteniendo las espaldas salvaguardadas. El miedo a las deudas: ¿Es rentable aceptar una herencia? Sobre la conveniencia de hacer un inventario antes de firmar, la respuesta es un "sí" rotundo. Aunque el Derecho Civil Vasco ofrece una protección especial desde 2015 para no responder de las deudas con el patrimonio personal, el inventario es vital para conocer el activo y el pasivo real. Existe el mito de que, si no se tiene dinero para pagar el Impuesto de Sucesiones, es mejor rechazar la herencia. Ruiz es tajante: "Es un error, es falta de información". Existen mecanismos legales para: Librar fondos del banco del fallecido para pagar directamente el impuesto. Negociar aplazamientos con la Hacienda Foral mientras se vende el inmueble. En definitiva, "una herencia siempre sale rentable en el 99,9% de los casos", siempre que se cuente con el asesoramiento adecuado para no actuar desde el miedo.
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¿Caídas en locales o divorcio exprés? Claves jurídicas para no dar un paso en falso

En una nueva entrega de la sección Apuntes Jurídicos , el equipo de RASL Abogados responde a las dudas de los oyentes sobre dos temas recurrentes pero complejos: las lesiones por caídas en lugares públicos y la elección de la vía más rápida para disolver un matrimonio. Caídas en establecimientos: La importancia de la prueba Ante un resbalón en el baño de un local que resulte en lesiones, la viabilidad de una reclamación depende de un factor elemental: la culpa. Para poder reclamar con éxito, es necesario determinar si el accidente ocurrió por distracción o porque existía algún fluido donde no debía haberlo. Es fundamental revisar si el suelo estaba recién fregado y si el establecimiento contaba con carteles de aviso que advirtieran del peligro. En caso de que existan medidas de advertencia, como el típico cartel amarillo, los tribunales pueden entender que el accidente se debió a la inobservancia del propio lesionado. Por ello, resulta vital "peinar bien la secuencia de hechos" , obteniendo fotos del lugar, identificando a testigos y solicitando de inmediato los datos de la compañía de seguros para aperturar un siniestro. Una actuación rápida permite que los servicios médicos de la aseguradora comprueben las lesiones y, en ocasiones, emitan una oferta motivada que evite llegar a juicio. Divorcio notarial frente al judicial: Una cuestión de tiempos Respecto a la disolución del matrimonio, Pablo de los Ríos aclara que "no hay nada mejor ni peor, hay herramientas más adecuadas a cada caso". Aunque ambas fórmulas disuelven el vínculo y permiten repartir los bienes, la diferencia principal radica en la rapidez y en la composición familiar. El divorcio notarial está diseñado para parejas sin hijos o con hijos mayores e independizados , ya que en esta vía no se pueden regular medidas paternofiliales. Cuando existen hijos menores, la ley exige un trámite judicial donde el Ministerio Fiscal debe velar por sus intereses. En términos de agilidad, el divorcio notarial es imbatible: "en una mañana lo has hecho todo" , pudiendo resolverse en un plazo de 24 a 48 horas. Por el contrario, la vía judicial requiere la intervención de un procurador y suele demorarse entre un mes y medio y tres meses hasta que se dicta la sentencia definitiva. Elegir el procedimiento ajustado a cada problemática no es solo una cuestión de preferencia, sino de gestionar las consecuencias operativas y económicas. En procesos de separación donde uno de los cónyuges desea adjudicarse la vivienda habitual, suele ser necesario solicitar una hipoteca. Si los plazos judiciales se extienden demasiado, las ofertas bancarias o las tasaciones pueden caducar, complicando seriamente la operación financiera. Por tanto, conocer qué procedimiento es el adecuado resulta fundamental para calcular los tiempos y evitar perjuicios económicos añadidos al desgaste emocional del proceso.
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¿Qué puedo hacer si la empresa se echa atrás tras prometerme una prórroga?

En la última edición de Apuntes Jurídicos en EgunOn Bizkaia, el abogado Pablo de los Ríos Enriquez, del bufete RASL Abogados, ha dado respuesta a varias consultas de los oyentes que afectan directamente al día a día de los ciudadanos: desde conflictos en contratos temporales hasta la gestión de la incapacidad y la vivienda. El "arrepentimiento" empresarial: De la prórroga al despido Uno de los casos presentados en la sección es el de un joven contratado por Amazon al que se le comunicó por escrito una prórroga de su contrato pero, finalmente, se le notificó telefónicamente que no se llevaría a cabo. Según De los Ríos, si existe una comunicación formal de renovación y la empresa se desdice el primer día, "se trata de una actuación bastante reprobable" que técnicamente podría considerarse un despido improcedente. El trabajador tendría 20 días hábiles para presentar una papeleta de conciliación. El abogado sugiere acudir a un sindicato en estos casos de cuantías pequeñas, ya que para un abogado privado la operación podría resultar "anti-económica" para el cliente debido a los honorarios frente a la indemnización a percibir. Alquileres: ¿Cuándo pueden subirme el IPC? Ante la duda de un oyente sobre si su casero puede aplicarle la subida del IPC en un contrato de 2020, la respuesta es afirmativa. Aunque la Ley de Vivienda de mayo de 2023 cambió las reglas de actualización, esta no tiene efectos retroactivos para contratos previos donde el IPC figure expresamente como índice de referencia. "Se deberá respetar ese índice hasta que ese contrato finalice". Solo los contratos firmados después de mayo de 2023 deben regirse por el nuevo índice (IRAV). De la "incapacidad" a las medidas de apoyo (Curatela) La normativa sobre personas con enfermedades degenerativas, como la demencia, ha dado un giro de 180 grados. La antigua "incapacidad civil" ha desaparecido para dar paso a la Ley de Medidas de Apoyo, que busca particularizar la ayuda en áreas concretas.  Si un familiar se niega a recibir tratamiento médico, se puede solicitar una curatela asistencial y representativa. Se trata de procedimientos rápidos que pueden resolverse en 3 o 4 meses. El juzgado citará a la persona a una evaluación en la clínica médico-forense para determinar qué apoyos necesita realmente. Gran Incapacidad: ¿Es posible cobrar el 150% de la base? Para quienes ya tienen reconocida una incapacidad absoluta pero sus patologías han empeorado hasta impedirles realizar tareas básicas (vestirse, comer, asearse), existe la Gran Incapacidad (antes Gran Invalidez). Esta prestación permite alcanzar el 150% de la base de cotización, destinando ese excedente a pagar a una tercera persona que asista al enfermo. Se disponen de 30 días para reclamar tras recibir la resolución de la absoluta. Si el plazo ha pasado, se puede pedir una revisión en cualquier momento, siempre que sea antes de cumplir la edad de jubilación. 
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Pactos sucesorios y mayorías en comunidades: claves para evitar conflictos familiares y vecinales

En la última entrega de Apuntes Jurídicos en EgunOn Bizkaia, los abogados Sergio Ruiz y Pablo de los Ríos han abordado dos de las consultas más frecuentes en los despachos: la seguridad jurídica al firmar un pacto sucesorio y el complejo sistema de mayorías en las comunidades de vecinos. La protección del cónyuge en el pacto sucesorio Uno de los mayores miedos al plantear un pacto sucesorio (la transmisión de bienes en vida) es el temor de los progenitores a quedar desprotegidos. Sergio Ruiz es tajante al respecto: "El primer objetivo que tiene un pacto sucesorio es que la persona o personas que lo suscriben queden totalmente tranquilos". Para garantizar esta seguridad, el ordenamiento jurídico permite incluir cláusulas de salvaguarda: Uso y disfrute: Es vital reservar el usufructo vitalicio de la vivienda habitual para quien transmite el bien. "Va a ser su casa siempre", independientemente de que la titularidad ya sea de los hijos. Obligación de cuidados: Quien recibe el patrimonio queda obligado por ley a proporcionar los cuidados y atenciones que necesiten los instituyentes. Revocación por incumplimiento: Si el beneficiario no cumple con sus obligaciones de cuidado, el pacto puede ser revocado. "Una persona que ha recibido patrimonio en vida puede verse penalizada si incumple esas obligaciones". Además, Ruiz aclara que no es necesario transmitir todo el patrimonio; se puede realizar un estudio detallado para transmitir bienes específicos o productos de ahorro según la necesidad familiar. ¿Unanimidad o mayoría? El laberinto de las juntas de propietarios Por su parte, Pablo de los Ríos desgranó el funcionamiento de los votos en las comunidades, advirtiendo que el desconocimiento de los cuórums es la principal fuente de impugnaciones. Unanimidad: Se reserva para modificar las "reglas del juego", como el título constitutivo, los estatutos o las cuotas de participación. Ejemplos comunes son la venta de la vivienda del portero o la alteración de elementos comunes. Mayoría Simple: Suficiente para la aprobación de cuentas, presupuestos, renovación de cargos y obras necesarias de accesibilidad. Mayorías Cualificadas (3/5 o 1/3): Para servicios de interés general (ascensores, portería) se requieren tres quintos (60%), mientras que para infraestructuras tecnológicas o renovables basta con un tercio. Plazos críticos para impugnar Un error común es pensar que un acuerdo mal adoptado es nulo para siempre. De los Ríos advierte sobre los plazos: "Tenemos un plazo general de tres meses para impugnar un acta. Si no se interpone demanda judicial, el acuerdo será firme y muy difícil de revertir". Asimismo, se recordó la importancia de los propietarios ausentes. No asistir a la junta no implica un voto a favor; es obligatorio notificarles formalmente y, solo si no manifiestan su disconformidad en el plazo legal, su voto se suma a la mayoría adoptada.
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La Gabarra: tertulia del Athletic de Radio Popular La Gabarra es uno de los mayores símbolos del Athletic, y a ella nos subimos todos los athleticzales de 14.00 a 15.00h para abordar la actualidad rojiblanca en Radio Popular - Herri Irratia. Porque tertulias del Athletic hay muchas, pero que dediquen una hora todos los días a analizar la marcha del Club desde todos los ángulos, con los mejores invitados y buscando siempre una crítica constructiva, solo hay una. La Gabarra, la tertulia de referencia del Athletic.  Durante 60 minutos, Raúl Jiménez, buscará la opinión de entrenadores, periodistas, socios y toda voz autorizada que ayude a entender el día a día del equipo bilbaino. Un análisis sosegado en el que también podrán participar los oyentes a través del WhatsApp y de llamadas. Updated
Oye Cómo Va en Radio Popular Porque no es lo mismo ver que mirar, ni oír que escuchar... ¡Oye Cómo Va en Radio Popular! Programa deportivo diario dirigido por Raúl Jiménez, Fernando Mendikoa y José Luis Blanco, donde se sigue la actualidad deportiva del Athletic, del Bilbao Basket y de todo el deporte con tertulias con expertos en cada temática y entrevistas a personalidades del deporte. De 13:30 a 14:00 resumen informativo de la jornada con entrevistas y las voces de los protagonistas. De 14:00 a 15:00 La Gabarra del Athletic Club con Raúl Jiménez. Una hora diaria de análisis exhaustivo rojiblanco. De 15:00 a 16:00 tertulias temáticas con Fernando Mendikoa y José Luis Blanco. Fútbol de bronce, basket y todo el deporte de Bizkaia. Updated
La Tertulia Athletic: Patxi Herranz, Radio Popular Todos los lunes de 14:00 a 15:00 podréis escuchar la Tertulia Athletic dirigida por Patxi Herranz donde desde el Hotel Carlton se hará un análisis de lo sucedido en el encuentro del fin de semana en el conjunto rojiblanco y de todo lo que rodee a la atmósfera de los leones. Updated
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Aboga&Cia - Tertulia Jurídica - Podcast de Derecho Aboga&Cía es el podcast donde hablamos claro sobre lo que de verdad hace crecer un despacho. Marketing jurídico sin humo. Ventas con criterio. Gestión con números reales. Soy Ángel Seisdedos, abogado y emprendedor digital. Cada semana comparto lo que funciona en la abogacía actual: posicionamiento, honorarios, organización y mentalidad empresarial. No es para quejarse del mercado. Es para abogados que quieren dirigir su despacho como una empresa. Updated
HispaColex Información jurídica y empresarial de nuestras participaciones en los programas de radio Updated
Pregunta al Notario Millones de ciudadanos acuden cada año a los notarios y les plantean sus dudas antes de tomar una decisión, alcanzar un acuerdo o contrato y recogerlos en escrituras públicas. La mayoría son sobre situaciones similares a las que podrías tener que enfrentarte en un momento u otro de tu vida. Asuntos personales, de pareja o familiares, temas empresariales… El notario, como funcionario público del Estado, te asesorará imparcial y gratuitamente sobre todos ellos. El podcast del Consejo General del Notariado responde a algunas de las dudas más habituales que los ciudadanos plantean a los notarios. Esperamos que te resulte de utilidad. Updated
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