Apuntes Jurídicos
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Apuntes Jurídicos

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Bienvenidos al podcast Apuntes Jurídicos donde nos enfocaremos en hablar sobre aquellos temas que afectan a la población en su día a día. Desde leyes y regulaciones hasta casos y situaciones prácticas, buscaremos cubrir todo lo necesario para que los oyentes tengan una comprensión clara y profunda de los asuntos legales que les rodean.

Cada episodio incluirá a expertos en el área, quienes compartirán sus conocimientos y brindarán soluciones a preguntas comunes y desafiantes.

Si eres una persona que busca estar informada y preparada ante situaciones legales, este podcast es para ti. Desde dueños de negocios hasta profesionales o ciudadanos de a pie, todos podemos encontrar información valiosa en este espacio.

No importa si eres una persona sin conocimientos en el mundo jurídico, aquí encontrarás información que te ayudará a tomar decisiones informadas y proteger tus derechos y bienes.

Descubre cómo puedes protegerte y defender tus derechos con la información y consejos valiosos que te brindaremos en cada episodio.

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Apuntes Jurídicos: Cómo actuar ante un despido en baja médica y las claves del nuevo índice de alquileres

En esta edición de Apuntes Jurídicos de EgunOn Bizkaia, despejamos dudas recurrentes de nuestra audiencia. Analizamos situaciones legales cotidianas con la ayuda de RASL Abogados. ¿Qué ocurre si me despiden durante una baja por incapacidad? Es habitual que los plazos procesales generen incertidumbre. Una consulta frecuente se refiere a la demanda de incapacidad absoluta presentada en enero, cuyo juicio se fija para marzo. En este contexto, si el trabajador es despedido y se encuentra en situación de baja médica, es necesario tener claro cómo afecta esta situación al cobro de la prestación. "Tú empezarás a cobrar la pensión desde el día siguiente al que ceses en la empresa", explica Pablo de los Ríos Enríquez. Si se pierde el empleo antes de la sentencia, la baja laboral continúa vigente, pero comienza a descontarse del paro. Es crucial comunicar a la empresa el hecho nuevo —el despido—, acreditar la vida laboral y solicitar que la fecha de efectos de la incapacidad sea el día del despido. De esta forma, se ajustan los atrasos que la Seguridad Social debe abonar en la liquidación. Actualización de rentas y el IRPF Otra consulta plantea la validez de los contratos de alquiler con actualizaciones asociadas al IPC. La inmobiliaria insiste en que el propietario no cambiará esta cláusula. Ante esto, la realidad jurídica actual, respaldada por la Ley de Vivienda, establece un nuevo sistema: el IRAF. "A día de hoy, no se pueden hacer contratos de vivienda sujetos a una actualización de renta del IPC", señala el experto. Se debe acudir al IRAF como método de actualización, ya que es inferior al IPC. En este caso, si el contrato expresa únicamente el IPC, el inquilino tiene derecho a negarse a dicha actualización. Gastos en obras de accesibilidad Finalmente, abordamos la cuestión de las derramas impuestas por la comunidad para instalar o mejorar un ascensor. Aunque un local comercial no haga uso del ascensor, si la obra busca eliminar barreras arquitectónicas por motivos de accesibilidad, el pago es obligatorio para todos los propietarios. "Está obligado todo el mundo: propietarios de locales, de viviendas y de todo tipo de fincas", confirma el abogado. Es esencial revisar el acta de la comunidad y los presupuestos aprobados. Solo los gastos destinados a la supresión de barreras arquitectónicas son obligatorios para todos los propietarios.
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¿Se puede obligar a un hermano a vender una casa heredada? Las respuestas de RASL Abogados en 'Apuntes Jurídicos'

En la sección "Apuntes Jurídicos" de EgunOn Bizkaia, de la mano de RASL Abogados, se abordan de manera recurrente las dudas de los oyentes en relación con las herencias. Una de las consultas más habituales es si se puede obligar a vender un inmueble heredado si uno de los hermanos lo pide. La respuesta es afirmativa: cualquiera de los copropietarios puede e istar la venta del inmueble si quiere satisfacer su derecho de propiedad. Cuando varias personas comparten la titularidad de una vivienda, ninguna de ellas está obligada a permanecer en el condominio o proindiviso. Lo idóneo es comunicar el deseo de liquidar esa propiedad al resto; si se ponen de acuerdo y le compensan económicamente, será suficiente. En caso contrario, no quedará más remedio que vender el inmueble. "Tristemente no se puede hacer nada si te piden vender, porque al final lo que se trata es de salvaguardar el derecho de propiedad que tiene cada persona", señala el experto de RASL Abogados, recordando que hay que ponerse de acuerdo o asumir que el otro copropietario tiene base legal. El valor de referencia en bienes heredados Cuando la disputa surge de un bien heredado, habrá que estar al valor que se fijó en el Impuesto de Sucesiones en la herencia para ver cuál es el precio de referencia de la venta. Este valor puede ser un excelente punto de partida para el consenso entre los hermanos, siempre y cuando la herencia sea reciente. Si la adjudicación se realizó hace muchos años, ese valor ya no se corresponderá con la realidad del mercado y no será válido como referencia. Si no existe acuerdo mutuo en el precio, lo normal es que los copropietarios se sometan a una tasación oficial por parte de todos para disponer de un criterio objetivo y compensar a la parte que desea salir de la copropiedad. En cualquier caso, si uno de los herederos manifiesta su voluntad de no continuar en el proindiviso, los demás tendrán que conformarse con ese deseo y actuar en consecuencia. Primeros pasos ante el fallecimiento de un familiar Certificados y la búsqueda del testamento Ante la pérdida de un ser querido, la primera e indispensable incógnita a resolver es saber si otorgó testamento o no otorgó testamento. Para iniciar el proceso, el primer documento necesario es el certificado literal de defunción, disponible a los pocos días del óbito. Transcurrido el plazo de un mes, se podrá solicitar el certificado de actos de última voluntad. En este documento se acredita oficialmente si la persona fallecida testó, en qué fecha y en qué notaría, lo que permite a cualquier persona con derechos hereditarios solicitar una copia del mismo y conocer el alcance de las disposiciones. La vía del abintestato Una vez localizado el testamento, se procede a la formación de inventario (evaluación del activo y del pasivo de la herencia) para deliberar la adjudicación de los bienes. Sin embargo, si no se hubiera otorgó testamento, entra la línea 'abintestato', lo que activa la obligación de realizar una declaración de herederos ante notario con presencia de testigos para determinar la línea sucesoria correspondiente. Este proceso debe ser iniciado obligatoriamente por el interesado que se crea con derecho a la herencia. Planificación y la figura del abogado especializado En el marco sucesorio, cobra especial relevancia el asesoramiento legal. El momento posterior al fallecimiento o la planificación previa puede ser un buen momento para abordar lo que puede ser la transmisión por pacto sucesorio en caso de que uno de los fallecidos sea un cónyuge, permitiendo ordenar el patrimonio de forma segura si existe un cónyuge supérstite. Resulta fundamental estudiar cuál es el inventario de los bienes, cuál es la consecuencia fiscal (como las exenciones de padres a hijos) y qué valoración debe hacerse constar. Una estrategia correcta permite, en muchas ocasiones, proteger el patrimonio mediante pactos sucesorios y dejar transmitidos los bienes a los hijos en vida, evitando que de cara al futuro estos tengan que realizar trámites de herencia complejos. El peligro de las parejas de hecho no inscritas La desprotección legal del conviviente Existe un error muy común entre aquellas parejas que acumulan décadas de convivencia sin formalizar su situación. Ante la pregunta de si un conviviente hereda algo de forma automática tras 20 años de vida en común, la respuesta es rotunda: si no están registrados, no. A los efectos sucesorios, el conviviente no regulado es un extraño o extraña. "El hecho de acreditar una convivencia no es suficiente para entenderse que es una pareja a todos los efectos", advierte el profesional de RASL Abogados, haciendo hincapié en que la ley exige la inscripción formal. Si la relación no está debidamente inscrita como pareja de hecho legalmente constituida en el registro correspondiente (como el Registro de Parejas de Hecho del País Vasco), la consideración fiscal de los bienes que se puedan adjudicar será la de un extraño, lo que implica pagar el máximo impuesto establecido por grados. Consecuencias más allá de la herencia La falta de formalización jurídica no solo afecta al ámbito de las sucesiones, sino que se extiende a otras prestaciones estatales: el conviviente no registrado no podría tener derecho a la pensión de viudedad, por mucho que acredite 20 años de convivencia. La Seguridad Social se muestra hermética en este sentido y deniega el acceso a la pensión si no existe matrimonio o una pareja de hecho legalmente constituida. Además, si existen hijos de por medio, la situación se complica notablemente. Al no ser pareja de hecho oficial, la defensa del patrimonio familiar es más difícil y no se pueden realizar fideicomisos, que son figuras de protección y usufructo hacia los hijos. Variaciones geográficas y régimen económico Es fundamental tener en cuenta que las competencias sobre las parejas de hecho dependen de cada comunidad autónoma. Por tanto, un traslado de residencia o un cambio en la vecindad civil puede alterar por completo los derechos sucesorios que correspondan a un conviviente en su condición de "cónyuge viudo". Finalmente, los abogados expertos aconsejan que, en el momento de constituirse formalmente como pareja de hecho, es muy importante establecer el régimen económico que va a regir esa relación (como la separación de bienes, aplicable por defecto en ciertos territorios) y determinar las condiciones reguladoras en caso de una hipotética ruptura futura.
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¿Qué hacer si tu empresa no respeta las limitaciones médicas?

A lo largo de nuestra vida laboral, pueden surgir complicaciones de salud que nos impidan desarrollar las tareas habituales con normalidad. En el programa EgunOn Bizkaia, dentro de la sección "Apuntes Jurídicos", Sergio Ruiz y Pablo de los Ríos, de RASL Abogados, han respondido a la consulta de un oyente que se encuentra de baja y cuya empresa no siempre respeta las limitaciones de peso y movimientos dictadas por la mutua de prevención. El primer paso: Solicitud formal y por escrito Ante una situación en la que el trabajador cuenta con un informe de prevención que acredita una aptitud con limitaciones, la empresa está obligada a respetarlo. Sin embargo, la vía informal no es suficiente. "Lo primero que tiene que hacer es, por escrito, una solicitud de adaptación o cambio de puesto de trabajo. Lo tiene que hacer por escrito, no vale que sea todo informal", subraya Pablo de los Ríos. A partir de ese momento, la pelota está en el tejado de la empresa. No se trata solo de que deba cumplirlo, sino de que "está obligada a respetarlo: o adapta el puesto de trabajo, o explica de forma suficiente por qué no puede hacerlo". La compañía debe dar una respuesta cumplida y justificada en un sentido o en otro. Si la empresa justifica de manera correcta y conforme a derecho que le resulta totalmente imposible adaptar el puesto (analizando factores como el tamaño de la empresa, los centros de trabajo o la cualificación del empleado), se abre un escenario delicado. El trabajador, al forzar esa adaptación, puede encontrarse con la extinción de la relación laboral. "Hablamos de un despido por ineptitud sobrevenida", explican desde RASL Abogados. Se trata de un cese que, al igual que ocurre con los despidos por causas objetivas o económicas, "conlleva una indemnización de 20 días por año y, evidentemente, el derecho al paro". En caso de que la empresa no ofrezca una justificación real o sus explicaciones sean pobres, el trabajador tendría que iniciar un procedimiento judicial para solicitar una tutela de sus derechos fundamentales y obligar a la empresa a adaptar el puesto de trabajo. Por ello, los profesionales recalcan la importancia de intervenir cuanto antes debido a los plazos legales. Cuentas bancarias y herencias: El derecho a liberar fondos para impuestos Otro de los temas recurrentes en el consultorio jurídico es la gestión de las cuentas bancarias tras el fallecimiento de un titular. Sergio Ruiz recuerda que las entidades bancarias tienen la obligación de bloquear la cuenta automáticamente en cuanto tienen conocimiento del fallecimiento para evitar salidas de dinero no justificadas. No obstante, este bloqueo tiene matices muy importantes que los herederos deben conocer: Respetar los recibos domiciliados: El banco puede bloquear la cuenta, pero "lo que no pueden hacer es evitar que todos los pagos que estaban domiciliados en esa cuenta no se puedan hacer", ya que dejarían a los herederos en una situación muy delicada. Anticipo para el Impuesto de Sucesiones: Las entidades bancarias exigen la liquidación del impuesto de sucesiones para tramitar la herencia, un trámite que a veces resulta costoso para las familias. Lo que mucha gente desconoce es que "podemos exigir a la entidad bancaria que adelante los fondos necesarios para el pago del impuesto de sucesiones". "El ciudadano tiene todo el derecho a exigir a las entidades bancarias que liberen esos fondos para pagar el impuesto de sucesiones y no tener que adelantarlo con tu propio patrimonio", afirma rotundamente Ruiz, quien reconoce que los bancos suelen poner muchas trabas en este proceso, por lo que a menudo se requiere la intervención de profesionales o de la propia Hacienda Foral. ¿Se puede vender una casa alquilada? A la pregunta de si un propietario puede vender una vivienda que tiene alquilada y si el nuevo comprador puede desalojar a los inquilinos, la respuesta de la ley es clara. Con carácter general, "quien la compre está obligado a respetar al menos los cinco primeros años de vigencia del contrato de alquiler", siempre y cuando el inquilino cumpla con sus obligaciones de pago y conservación. Además, surgen problemas prácticos como el derecho a enseñar el piso a futuros compradores. Al ser el hogar del inquilino, este no está obligado a dejar entrar a nadie para enseñar la casa a menos que esté expresamente regulado por contrato. Por ello, desde el bufete recomiendan redactar cláusulas específicas o firmar un anexo en el que se pacten los horarios de visita a cambio de alguna compensación, como renunciar a la actualización anual de la renta. Por último, los abogados insistieron en la recomendación de hacer testamento siempre, independientemente de los bienes que se posean, ya que evita a los familiares tener que realizar un costoso y largo expediente notarial de declaración de herederos (abintestato) en caso de fallecimiento.
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El porqué de los pactos sucesorios y cómo actuar ante el impago de salarios

El espacio "Apuntes Jurídicos" en el programa EgunOn Bizkaia de Radio Popular ha vuelto a abrir sus puertas para resolver las dudas legales de los oyentes con el asesoramiento de RASL Abogados. En esta ocasión, Sergio Ruiz y Pablo de los Ríos han abordado escenarios como el fallecimiento de un hijo tras firmar un pacto sucesorio, los impagos laborales y la transmisión del usufructo de una vivienda sin ceder su propiedad. ¿Qué ocurre si falta un hijo tras el pacto sucesorio? A la hora de diseñar un pacto sucesorio, los profesionales insisten en la importancia de adelantarse a cualquier hipótesis futura. Ante la dura situación de que uno de los hijos instituidos fallezca, la clave radica en la previsión del documento. "En el pacto sucesorio hay que preverlo... lo hacemos contemplando todas las posibles hipótesis que puedan existir en el futuro", explica Sergio Ruiz, director del despacho. En estos casos, lo habitual es estipular que los instituidos sean sustituidos por sus descendientes si los tuvieran. De no ser así, la parte correspondiente al fallecido se distribuye entre el resto de los instituidos mediante una fórmula de acrecimiento. Al tratarse de un acercamiento global a la gestión del patrimonio, se recomienda dejarlo todo bien atado mientras las personas se encuentran en plenas facultades para decidir. Dos meses sin cobrar: ¿qué se puede hacer? El ámbito laboral deja a veces situaciones críticas. Ante la pregunta de un oyente cuya empresa no le paga desde hace dos meses, los expertos son claros: nunca se debe solicitar la baja voluntaria. Hacerlo rescinde el contrato, pero se pierde el derecho al desempleo y a posibles bonificaciones o indemnizaciones. La vía legal adecuada es la solicitud de extinción del puesto de trabajo por incumplimiento empresarial. Sin embargo, para iniciar este procedimiento judicial, el impago debe alcanzar un mínimo exigido. "Tiene que esperar por desgracia a que el impago llegue al tercer mes", advierte Pablo de los Ríos. Con tres meses consecuentes de impago se puede demandar. Si el tribunal constata que los tres meses de impago son efectivos a la fecha de la demanda, declarará extinguida la relación laboral. Esto permite al trabajador acceder al paro y recibir una indemnización equivalente a la de un despido improcedente (33 días por año), además del abono de las cantidades adeudadas. Incluso si la empresa tiene un patrón de impagos reiterados no consecutivos para "manipular" los plazos, también se puede interponer esta acción judicial. Disfrutar de la vivienda sin ser el propietario Por último, el espacio analizó la opción de ceder el uso de un inmueble pero no su titularidad, una figura jurídica muy común denominada usufructo. Se trata de una alternativa idónea para situaciones familiares específicas, como cuando se desea otorgar una tutela especial a un familiar en peor situación económica frente a sus hermanos. De este modo, se transmite el derecho de uso y posesión (usufructo), mientras que la propiedad (nuda propiedad) queda en manos de otra persona. Esta transmisión puede articularse mediante donación, herencia, compraventa o pacto sucesorio, delimitando siempre con claridad los derechos y obligaciones de cada parte.
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¿Cuándo se puede recuperar un piso alquilado para un hijo? Las claves legales con la nueva Ley de Vivienda

La actualidad jurídica genera un mar de dudas entre los ciudadanos, especialmente cuando se mezcla el ámbito familiar con el patrimonial. En la última entrega de la sección "Apuntes Jurídicos" del programa EgunOn Bizkaia en Radio Popular, los abogados Sergio Ruiz y Pablo de los Ríos aclararon varios supuestos complejos relacionados con los contratos de alquiler y las herencias. El "factor fecha": clave en los contratos de alquiler Una de las consultas más frecuentes entre los oyentes tiene que ver con la recuperación de una vivienda alquilada para uso propio o familiar. En este caso, una oyente planteaba cómo proceder con un piso en San Ignacio (Bilbao) arrendado desde enero de 2023, que ahora necesita para su hijo tras finalizar sus estudios universitarios. El abogado Pablo de los Ríos subraya que lo primero a tener en cuenta es la fecha del contrato, ya que la normativa aplicable varía drásticamente. "Dependiendo el año en el que se haya firmado el contrato, se pueden aplicar unos artículos de la Ley de Arrendamientos Urbanos u otros", explica. Al ser un contrato de enero de 2023, es anterior a la entrada en vigor de la actual Ley de Vivienda (mayo de 2023) y a las restricciones de las zonas tensionadas. "A menos que las partes así lo acuerden, no les serán aplicadas esas características de zona tensionada, con lo que solo operarían los 5 años" de prórroga obligatoria que establece la ley para el inquilino. Por tanto, el contrato estará blindado, como mínimo, hasta enero de 2028. La finalización de los estudios no es "causa de necesidad" Respecto a la intención de la propietaria de recuperar el inmueble para su hijo, el letrado advierte que el argumento esgrimido no se sostiene jurídicamente como una urgencia imprevista. "Que mi hijo ha acabado la carrera y necesita la vivienda no es una causa de terminación anticipada", afirma De los Ríos, aclarando que no entra dentro de la denominada "causa de necesidad" legal (como podría ser un divorcio o una situación sobrevenida de viudedad). Al ser una circunstancia previsible en 2023, el propietario debe respetar los plazos. Para evitar que el contrato se prorrogue automáticamente año a año tras cumplirse el primer lustro, la propiedad debe actuar con antelación: Plazo estricto: Se debe enviar una comunicación fehaciente al inquilino con cuatro meses de antelación. Fecha límite: Tomando como referencia enero de 2028, "que no llegue el 1 de septiembre de 2027 sin que le haya mandado esta comunicación". Vía legal: Aunque los contratos modernos ya estipulan el correo electrónico como canal válido, se aconseja el uso de burofax para asegurar la eficacia jurídica. ¿Heredar un patrimonio puede ponerlo en peligro si se tienen deudas? El consultorio jurídico también abordó los riesgos patrimoniales en las herencias. A la pregunta de si un heredero con deudas puede perder lo que le corresponde, la respuesta es clara: depende de cómo se acepte y de la naturaleza de los bienes. Si un heredero tiene acreedores reclamándole y acepta una herencia de forma tradicional, "esos acreedores pueden llegar a embargar también lo que tú recibas", señala el abogado. Sin embargo, existe un matiz técnico importante si lo que se hereda es la nuda propiedad (la propiedad del bien pero sin el uso y disfrute, el cual corresponde al usufructuario). En ese escenario, "va a ser difícil que un acreedor pueda embargar esa nuda propiedad y, por lo tanto, no correría peligro". El despacho aconseja analizar al detalle el tipo de acreedor y la antigüedad de la deuda, ya que a veces "pueden haber podido prescribir" o el nuevo patrimonio puede convertirse en una excelente herramienta para negociar una quita de la deuda.
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¿Se puede mantener un negocio tras una incapacidad? El reto de la baja laboral en los autónomos

La sección 'Apuntes Jurídicos' de EgunOn Bizkaia ha vuelto a abrir su consultorio de la mano de Sergio Ruiz y Pablo de los Ríos, profesionales de RASL Abogados. En esta ocasión, los oyentes han planteado dudas de gran calado humano y económico: desde cómo afrontar una incapacidad laboral por problemas de salud cuando se trabaja por cuenta propia hasta la conveniencia de transmitir el patrimonio en vida o cómo abordar un reparto de bienes que no sea equitativo entre los herederos sin que termine en los tribunales. La encrucijada de la incapacidad con cotizaciones mínimas Una de las consultas más complejas de la jornada ha puesto el foco en la desprotección que sienten muchos trabajadores por cuenta propia al sufrir patologías crónicas tras años de actividad. Cuando un autónomo se plantea solicitar una incapacidad habiendo cotizado siempre por la base mínima, surgen dudas muy razonables sobre la viabilidad económica de su futuro. Pablo de los Ríos ha explicado que, para los trabajadores menores de 55 años, una incapacidad permanente total da derecho al 55% de la base reguladora. Con las cotizaciones mínimas, esto se traduce en una cifra que "no llega al mínimo establecido en 2026 para una pensión total en España", por lo que la prestación tendría que verse complementada con mínimos (dependiendo de la situación familiar y de si se tiene cónyuge a cargo) hasta rondar los 800 euros en 14 pagas. Sin embargo, el abogado ha abierto una ventana a la esperanza para la continuidad de las actividades empresariales: "Una incapacidad total lo que le impide es desarrollar la profesión, pero sí que podría trabajar de cualquier otra cosa e incluso ser gerente de un negocio". Por ello, de cara a no perder el patrimonio generado, aconseja estudiar la transición de la actividad hacia una sociedad mercantil (S.L.) donde el afectado ejerza labores exclusivas de gerencia y cuente con empleados para el trabajo del día a día. Además, ha advertido del peligro de una incapacidad absoluta en estos casos de cotización baja; aunque se cobraría el 100% de la base (unos 1.000 euros), resultaría "insuficiente para llevar una vida digna y no se puede compatibilizar con otro trabajo". El pacto sucesorio: "Dejar las cosas hechas" A preguntas de los oyentes sobre la diferencia entre heredar una vivienda tras el fallecimiento o recibirla en vida, Sergio Ruiz se ha mostrado rotundo. Aunque el testamento es una herramienta útil en fases tempranas de la vida, el abogado advierte que con el tiempo "queda totalmente obsoleto porque todas las circunstancias que pasa la persona durante su vida hacen que tengamos que tomar medidas con antelación". Frente a la transmisión post-mortem, el letrado defiende firmemente la figura del pacto sucesorio como la fórmula idónea para transmitir un inmueble en vida. "Estamos hablando de dejar las cosas hechas", ha subrayado Ruiz, destacando que esta vía permite "asegurar las ventajas fiscales que existen hoy en día y que posiblemente el día de mañana no las haya". En este sentido, ha recordado que actualmente existe una exención de 400.000 euros de padres a hijos en el País Vasco, aplicable tanto en herencias como en pactos sucesorios, pero advierte de que el panorama podría cambiar dado que Europa ha solicitado armonizar los sistemas fiscales de las comunidades autónomas. "Fuera conflicto y adelante todas las ventajas que tiene el pacto sucesorio", ha concluido. Cómo hacer un reparto desigual sin demandas futuras Finalmente, el programa ha abordado la posibilidad de realizar un reparto desigual de los bienes entre los hijos. Desde RASL Abogados señalan que la clave para que esto no genere problemas legales futuros es la comunicación y el consenso presente. "Si vamos a hacer un reparto desigual, lo importante es tratarlo ahora que todos pueden dar su opinión", ha explicado Sergio Ruiz. El letrado aconseja que este reparto se formalice mediante un pacto sucesorio en vida en lugar de dejarlo para un testamento, ya que el testamento se abre cuando los padres ya han fallecido y es más fácil que surjan malentendidos sobre los motivos de la decisión. Abordarlo en vida permite que los hijos planteen sus inquietudes y entiendan las razones de los progenitores. "Es el momento perfecto para abordarlo entre ellos. Lo que no hagamos ahora puede volver a perseguirnos en forma de fantasmas en un futuro", han recordado los profesionales.
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¿Te pueden cobrar la plusvalía municipal si vendes una herencia perdiendo dinero?

El espacio "Apuntes Jurídicos" del programa EgunOn Bizkaia ha abordado esta semana varias consultas de los oyentes relacionadas con el ámbito sucesorio. De la mano de Sergio Ruiz, de RASL Abogados, se han aclarado las dudas sobre la legalidad de la plusvalía municipal cuando se vende un inmueble heredado con pérdidas y las alternativas que ofrece el Derecho Civil Vasco para evitar conflictos familiares. La plusvalía municipal tras una venta a pérdidas La consulta principal procedía de un oyente de Reinosa que, tras recibir una vivienda en herencia valorada en 60.000 euros, procedió a su venta por 45.000 euros. A pesar de haber existido un claro decremento patrimonial, el ayuntamiento le reclama el pago de la plusvalía municipal. Sergio Ruiz aclara que, en lo que respecta a la declaración de la renta, "al haber un decremento, no ha habido un incremento de patrimonio, por lo que no va a tributar". Sin embargo, la plusvalía municipal (el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana) sigue generando controversia en el ámbito local. El letrado recuerda la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que declaró anticonstitucional el cálculo antiguo y obligó a modificar el sistema. Actualmente existen dos criterios, y uno de ellos es el indirecto: "Si se acredita que no ha habido una plusvalía, es decir, un incremento de patrimonio, debería girarse una liquidación negativa por parte del ayuntamiento". El consejo del experto: "Lo que le aconsejo al oyente es que acuda al ayuntamiento para que se informe de la posibilidad que tiene de recurrir esa liquidación a través de este segundo sistema. Si el ayuntamiento no lo aplica de oficio, hay que recurrirlo. El plazo suele ser de un mes desde que llega la liquidación". Herencias condicionadas: ¿Es eficaz el testamento tradicional? Otro oyente se preguntaba si es legal dejar una herencia condicionada a que los hijos cumplan determinados requisitos. Ruiz advierte de que, si bien es posible introducir estas cláusulas en un testamento, a menudo se convierten en una fuente de problemas en el futuro: "Los testamentos con cláusulas muy difusas dan pie a diversas interpretaciones y, al final, lo único que generan es conflicto". El abogado señala que el testamento presenta carencias importantes cuando la persona ya no está para explicar su voluntad. El Pacto Sucesorio: la herramienta del Derecho Civil Vasco para evitar litigios Como alternativa para blindar la transmisión de los bienes y evitar que las herencias acaben mal por no hablar las cosas en vida, Sergio Ruiz defiende firmemente el uso del pacto sucesorio o herencia en vida. A diferencia del testamento, esta figura del Derecho Civil Vasco permite transmitir el patrimonio (como una vivienda o un caserío) en vida, acordando con los hijos las cláusulas y condiciones. "Ahí tenemos las herramientas perfectas para poder establecer condiciones que únicamente versen sobre los bienes que van a recibir y es la mejor forma para evitar que el día de mañana pueda haber algún tipo de conflicto", afirma de manera rotunda. Para el abogado de RASL Abogados, la previsión es clave: "Mi experiencia me obliga a trasladar a los oyentes la necesidad de tratar el tema de la transmisión de los bienes cuando las personas están bien, cuando pueden hablar con los suyos y cuando se van a entender las decisiones que se van a adoptar".
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¿Se puede romper un contrato de alquiler si te quedas viudo y necesitas recuperar una vivienda?

Como cada semana, el espacio "Apuntes Jurídicos" en EgunOn Bizkaia abre sus puertas para resolver las inquietudes legales de los oyentes de Radio Popular. En esta ocasión, Pablo de los Ríos Enríquez, socio del bufete RASL Abogados, ha arrojado luz sobre situaciones contractuales complejas en materia de vivienda y las reclamaciones de incapacidad frente a la Seguridad Social. De los Ríos ha insistido en que estas pautas sirven como una "orientación o brújula", pero recuerda que "para tener una respuesta firme hay que examinar documentación y hacer una entrevista profunda", ya que una inteligencia artificial puede dar datos en base a lo que se le cuenta, pero "no te va a hacer las preguntas que te haría un profesional". Recuperar la vivienda por necesidad sobrevenida Una de las consultas más delicadas de la jornada llegó por parte de una oyente que, tras quedarse viuda, se ve en la necesidad de recuperar su vivienda de soltera —actualmente alquilada— al querer los hijos de su expareja vender la casa donde residían. Desde RASL Abogados confirman que es plenamente viable romper el contrato de alquiler basándose en el artículo 9.3 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Esta normativa permite reclamar el inmueble antes de que finalice el contrato si ha pasado más de un año desde la firma y existe una necesidad imperiosa de la vivienda para uso propio. "Un fallecimiento, aunque derive de una enfermedad, siempre es imprevisible", explica el letrado, por lo que se considera una causa totalmente justificada. Para proceder, la propietaria debe avisar a los inquilinos con dos meses de antelación y aportar la documentación necesaria para acreditar la situación, como el certificado de defunción, el padrón o el documento que refleje la voluntad de los herederos de vender el inmueble actual. El "papeleo" necesario ante el fin amistoso de un alquiler El programa también abordó el caso de un casero cuyo inquilino, tras ser despedido, acordó mediante un mensaje de WhatsApp devolver las llaves el próximo 1 de julio de forma amistosa. Aunque el entendimiento mutuo es una excelente noticia, De los Ríos aconseja "encargar la preparación y redacción de un documento de resolución de contrato". Es vital dejar por escrito qué ocurre con las mensualidades pendientes y la fianza para evitar reclamaciones futuras, dado que este tipo de acciones legales prescriben a los cinco años. "Es mejor tener un documento que te deje tranquilo a estar cinco años diciendo '¿y si...?'", enfatiza el abogado. Incapacidad laboral: los retrasos judiciales juegan a favor del trabajador Por último, el consultorio aclaró los términos de una reclamación por incapacidad laboral. El abogado matizó la diferencia entre discapacidad e incapacidad, señalando que ante la negativa de una revisión de grado en vía administrativa, el siguiente paso es la vía judicial. La buena noticia para los trabajadores es que, si se gana el juicio, la Seguridad Social está obligada a pagar los atrasos correspondientes. Estos atrasos se calculan, con carácter general, desde el día en que se realizó el examen médico del hecho causante. Teniendo en cuenta el colapso judicial actual, los tiempos de espera pueden volverse un factor económico muy relevante. Pablo de los Ríos compartió un ejemplo real de su bufete: "Demandas de incapacidad presentadas a finales de mayo se están fechando para abril del año siguiente". Esto se traduce en un mínimo de 11 meses de retraso judicial que, sumados a la vía administrativa, pueden suponer entre 15 y 16 meses de atrasos económicos acumulados que el beneficiario percibirá de golpe si el juez le da la razón.
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¿Cómo desalojar por ley un edificio en ruinas si los vecinos se niegan a salir?

El consultorio de Apuntes Jurídicos en EgunOn Bizkaia aborda esta semana un abanico de dudas legales que preocupan de forma recurrente a los oyentes. Desde los mitos alrededor de las herencias hasta la compleja situación que se genera cuando unos vecinos se niegan a abandonar un edificio declarado no habitable, los profesionales de RASL Abogados aportan soluciones prácticas a estas cuestiones. Aceptación tácita vs. expresa: el papeleo en las herencias Una de las preguntas más repetidas por los ciudadanos es si resulta obligatoria la escritura de aceptación de herencia, especialmente cuando el Código Civil contempla figuras como la aceptación tácita. Desde el bufete aclaran que la herencia se puede aceptar de forma tácita o expresa. La aceptación tácita se da cuando el heredero realiza actos que implican de forma inequívoca la voluntad de aceptar, como ir a una entidad bancaria y solicitar el dinero depositado en las cuentas del fallecido. No obstante, los abogados advierten de que hay que tener cuidado con la aceptación tácita, porque puede conllevar la asunción de deudas que existieran en la herencia. Por el contrario, la escritura de aceptación y adjudicación de herencia es necesaria, sobre todo, cuando existen bienes inmuebles, ya que es el requisito indispensable para poder inscribir de forma correcta las propiedades en el Registro de la Propiedad tras pasar por el notario. Edificios inhabitables: ¿Cómo forzar un desalojo por seguridad? El escenario se complica notablemente cuando existe un informe técnico que dictamina que una vivienda no es habitable, pero algunos residentes se niegan a marcharse. Ante el riesgo de accidentes y el temor a la responsabilidad civil, la primera recomendación de los expertos es poner el asunto de urgencia en conocimiento del Ayuntamiento competente para que el departamento de vivienda emita un informe o, si procede, una declaración de ruina del inmueble. "Sin la firma de una autoridad judicial va a ser muy complicado que se logre desalojar a esas personas", explica Pablo de los Ríos, matizando que la vía de actuación dependerá de la relación jurídica de los ocupantes (si son propietarios, inquilinos o no tienen título). Como solución más rápida, Sergio Ruiz apunta hacia la vía judicial instando un procedimiento con solicitud de medida cautelar. Si existe un riesgo real para las personas, los jueces tienen la obligación de intervenir y adoptar medidas para evitar el peligro. En este tipo de operativas es fundamental la coordinación entre el Ayuntamiento, el Gobierno Vasco, la policía judicial y los servicios sociales, ya que, de forma paralela al desalojo, se debe contemplar el realojo o la solución habitacional de los afectados. Testamentos en personas mayores y recursos de la Seguridad Social El consultorio también analizó qué hacer cuando una persona mayor empieza a perder la claridad en sus decisiones. Los abogados recomiendan buscar asesoramiento especializado para plantear una planificación sucesoria o un pacto sucesorio que ordene los bienes en vida y responda a las verdaderas intenciones del testador, garantizando la tranquilidad familiar. Por último, se aclaró el caso de un oyente que, tras ganar un juicio por incapacidad absoluta a la Seguridad Social, se extrañaba de que la administración hubiera recurrido sin empezar a pagarle. La ley exige que la Seguridad Social acredite el inicio del pago para poder recurrir, pero los letrados recuerdan que las prestaciones por incapacidad suelen abonarse cuando se cesa en el trabajo. Si el ciudadano sigue cobrando de forma activa la prestación por baja laboral (mismo proceso de incapacidad temporal), la Seguridad Social no incurre en un impago, ya que el beneficiario sigue percibiendo ingresos por otro concepto compatible temporalmente.
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¿Puede un vecino cobrar por una antena de telefonía en la terraza comunitaria?

Como cada martes en EgunOn Bizkaia, el espacio 'Apuntes Jurídicos' abre su ventanilla legal para resolver las dudas que los oyentes trasladan a la redacción. En esta ocasión, los abogados Pablo de los Ríos y Sergio Ruiz, del bufete RASL Abogados, analizan tres casos prácticos: la instalación inconsentida de antenas de telefonía, los conflictos de herencias tras recibir donaciones en vida y las tretas de las aseguradoras ante una incapacidad laboral. Antenas en el tejado: la fachada es de la comunidad El primer caso plantea una situación habitual: un propietario de un último piso da permiso a una compañía telefónica para instalar una antena en su terraza privada, sin consultar al resto del edificio. Pablo de los Ríos es tajante ante esta situación: "La fachada y los elementos exteriores son puramente comunitarios a todos los efectos", independientemente de que el uso de la terraza sea privativo. Por tanto, la comunidad de propietarios tiene todo el derecho a actuar: Exigir la retirada: Se puede requerir tanto al vecino como a la compañía (en este caso Orange) el desmontaje inmediato de la instalación. Negociar un beneficio común: Si a la comunidad no le importa que el elemento permanezca, se puede pactar un acuerdo mercantil para que sea la comunidad la que cobre por ese espacio. Reclamar el dinero percibido: La comunidad puede exigir al vecino que devuelva los ingresos que ha estado cobrando de forma unilateral e irregular. Para solucionar esto, los expertos recomiendan convocar una junta extraordinaria urgente para adoptar acuerdos unánimes. En caso de no haber colaboración, el siguiente paso sería interponer una demanda judicial conjunta contra la operadora y contra el vecino. Además, Sergio Ruiz recuerda que estas instalaciones pueden suponer un quebranto de las normas comunitarias y afectar a la salud, por lo que "cualquiera de los vecinos puede intervenir en defensa de sus propios intereses". Donaciones en vida y el Derecho Civil Vasco Otra de las consultas recurrentes gira en torno a las herencias: ¿Qué ocurre si un hijo recibe dinero en vida de sus padres y luego reclama su parte de la herencia como si nada? Sergio Ruiz aclara que bajo el marco del Derecho Civil Vasco la situación ha cambiado notablemente. Actualmente existe una legítima colectiva, lo que otorga una gran libertad al testador. "Con nuestro Derecho Civil Vasco, esa donación no tendría por qué computar en el reparto de la herencia, salvo que el testador haya manifestado lo contrario", explica el letrado. No obstante, Ruiz matiza que para determinar si el hijo debe "devolver" o computar ese dinero (lo que legalmente se conoce como colación), es imprescindible analizar tres factores: la fecha del fallecimiento, el contenido exacto del testamento y si la donación se especificó explícitamente como colacionable o no. Por otra parte, ante la pregunta de si un testamento puede obligar a los hijos a ponerse de acuerdo en todo, la respuesta es un rotundo no: "Un testamento nunca va a poder obligar a los herederos a ponerse de acuerdo; para eso existe el pacto sucesorio". Ojo con los seguros tras una incapacidad El último bloque aborda la desprotección de los ciudadanos cuando el INSS les concede una incapacidad y la aseguradora del hogar o de vida se niega a pagar la indemnización correspondiente alegando que el afectado "ocultó" una enfermedad previa. Desde RASL Abogados recuerdan que el reconocimiento de una incapacidad permanente (total o absoluta) suele dar derecho a indemnizaciones importantes que oscilan entre los 60.000 y los 150.000 euros. Por ello, el primer consejo es revisar todas las pólizas contratadas (hogar, vida o las vinculadas a la hipoteca), ya que el plazo para reclamar suele ser de entre 1 y 5 años. Respecto al rechazo de las compañías bajo el argumento de "engaño" o dolo del asegurado, Pablo de los Ríos explica que la clave reside en el cuestionario de salud que se firmó al contratar: "Si el cuestionario era defectuoso, confuso o la compañía no pidió más documentación médica, difícilmente van a poder alegar ocultación". Si el cliente contestó con la verdad a lo que se le preguntó, la justicia suele ponerse de su lado. Además, los abogados recuerdan un incentivo vital para litigar: si se gana la reclamación judicial, a partir del segundo año desde el rechazo del siniestro, los intereses de la indemnización suben por ley al 20%.
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¿Qué pasa con una vivienda si todos heredan pero nadie puede comprar la parte de los demás?

En una nueva edición de Apuntes Jurídicos en EgunOn Bizkaia, el abogado Sergio Ruiz, del bufete RASL Abogados, ha analizado los escenarios más complejos y habituales a los que se enfrentan las familias a la hora de gestionar una herencia. Desde viviendas compartidas que nadie puede asumir en solitario, hasta la aparición de "bienes sorpresa" años después de firmar, el Derecho Civil Vasco ofrece soluciones y protecciones específicas que conviene conocer. La copropiedad y las fórmulas para evitar el bloqueo de una vivienda Uno de los casos más recurrentes planteados por los oyentes es qué sucede cuando varios hermanos heredan un inmueble en lo que se conoce como proindiviso (o condominio), pero ninguno de ellos dispone del capital necesario para adquirir la totalidad de la propiedad y compensar al resto. Ante esta situación de bloqueo visual, Sergio Ruiz aclara que a través de la escritura de aceptación y adjudicación de la herencia "todos van a pasar a ser copropietarios". Sin embargo, si uno de los herederos tiene un interés real en quedarse con el inmueble pero carece de liquidez inmediata, la ley ofrece alternativas flexibles: "Se pueden buscar fórmulas para que proceda al pago: un pago fraccionado, un pago aplazado, de tal forma que en la propia escritura se incorpore algún tipo de cláusula condicional o suspensiva que condicione la adjudicación a que, efectivamente, se proceda al pago a todos los herederos en un determinado plazo y forma". Asimismo, el abogado de RASL desaconseja de manera tajante la renuncia de la herencia por motivos económicos: "La renuncia, además de ser problemática, casi siempre es desaconsejable". Ruiz recuerda que el Derecho Civil Vasco protege enormemente al ciudadano, ya que cualquier herencia se acepta a beneficio de inventario de forma automática, lo que significa que el heredero nunca responderá de las deudas del fallecido con su propio patrimonio personal. ¿Se puede revisar una herencia ya firmada? La "adición" de nuevos bienes Otra de las grandes dudas surge cuando, años después de haber liquidado y firmado una herencia, aparecen fincas, tierras o bienes que la familia desconocía por completo. ¿Se puede modificar lo ya firmado? La respuesta es sí. Para estos casos se recurre a la escritura de adición de herencia, un documento que complementa al original. No obstante, Ruiz advierte de que este paso conlleva obligaciones fiscales: "Tenemos que tener en cuenta que también tendremos que modificar, complementando, el Impuesto de Sucesiones que hayamos liquidado en aquel entonces. Habrá que ver si ha pasado el plazo de prescripción o si hay que hacer un complemento que pueda derivar en algún tipo de interés legal". En cualquier caso, el experto insiste en que no supone ningún problema técnico añadir estos bienes de forma sobrevenida. El poder del Pacto Sucesorio: apartar a un hijo es legal en el País Vasco La normativa vasca marca una diferencia radical respecto al código civil común en lo que respecta a la legítima. A la pregunta de si es posible realizar un pacto sucesorio solo con uno de los hijos sin contar con los demás, la respuesta es afirmativa y rotunda. Gracias a la legítima colectiva, en el País Vasco no existe la obligación de repartir los bienes a partes iguales entre todos los descendientes. "Podemos apartar a cualquiera de los hijos. Si lo podemos hacer en un testamento, cómo no lo vamos a poder hacer en un pacto sucesorio", explica Ruiz. Para que este pacto sea blindado y no pueda ser impugnado en el futuro por el hijo apartado, la ley vasca exige un único requisito: "Con dejar a uno solo de los descendientes (un hijo, o un hijo de un hijo, como un nieto) ya es suficiente. El oyente solo tendrá que hacer partícipe de ese pacto al hijo o hija que quiera, apartando al resto y haciéndolo constar específicamente en el propio pacto". Esta flexibilidad jurídica dota a los testadores de una libertad casi total para decidir el destino de su patrimonio, evitando litigios futuros si el proceso se realiza bajo un correcto asesoramiento legal.
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¿Cómo localizar las cuentas bancarias y seguros de vida de un familiar fallecido?

La pérdida de un ser querido abre un proceso frecuentemente complejo para los herederos, no solo en lo emocional, sino también en lo burocrático. En la sección Apuntes Jurídicos de EgunOn Bizkaia, el abogado Sergio Ruiz, de RASL Abogados, responde a las dudas más habituales sobre la localización de bienes, la gestión de herederos desaparecidos y los trámites notariales. El "truco" de Hacienda para encontrar cuentas bancarias Cuando un familiar fallece, es común que los herederos desconozcan cuántas cuentas bancarias tenía abiertas o qué saldos sumaban. Aunque el primer paso suele ser revisar la documentación en el domicilio, Sergio Ruiz ofrece un consejo infalible: "Ir a Hacienda Foral y pedir un certificado de bienes y derechos". "En Hacienda generalmente tienen toda la información y aparecerán todas las cuentas que estaban asociadas al titular en la declaración de la renta", explica el letrado. Este paso es fundamental para descubrir y descartar cuentas abiertas en entidades bancarias que la familia desconocía. Una vez obtenida esta información, y demostrando la condición de herederos mediante el testamento (o la declaración de herederos ab intestato), se puede acudir a los bancos a solicitar los saldos exactos para la testamentaría. Ojo con los seguros de vida: no entran en la herencia ordinaria Un error muy común es ligar los seguros de vida al inventario general de la herencia. Ruiz aclara que, al solicitar el Certificado de Últimas Voluntades, se debe pedir también el Certificado de Seguros de Vida."Los seguros de vida no los podemos relacionar nunca en el inventario de bienes y derechos de una herencia porque son independientes de los herederos", advierte el abogado de RASL. Cualquier persona puede ser designada beneficiaria de una póliza. Además, muchos de estos seguros están vinculados a préstamos hipotecarios, donde el primer beneficiario es el propio banco para cubrir la contingencia. Sin embargo, en otros casos existen pólizas complementarias que la familia ignora y que conviene verificar para reclamar el capital correspondiente. ¿Qué pasa si un heredero no aparece o no quiere saber nada? La gestión se complica cuando uno de los llamados a la herencia está en paradero desconocido o, directamente, se desentiende del proceso. Si el heredero no se localiza (algo habitual si reside en el extranjero), existen herramientas legales. Además de la opción de contratar un detective privado, se puede recurrir a la vía judicial mediante un procedimiento de división de herencia para solicitar el "auxilio judicial" y que sea el propio juzgado quien averigüe su paradero para notificarle. ¿Y si se localiza pero se niega a responder? El procedimiento sigue adelante. En la fase de formación de inventario, si el heredero no comparece, "se le va a declarar en rebeldía y se va a entender que está de acuerdo con ese inventario", señala Ruiz, quien asegura que la recepción de una demanda judicial suele ser el detonante para que esa persona termine "entrando en razón" y se persone con su propio abogado. Repartir una herencia sin pisar el notario: ¿Cuándo es posible? Una de las preguntas más repetidas por los oyentes es si es obligatorio pasar por la notaría para repartir los bienes. La respuesta depende de la naturaleza de lo que se hereda. Los herederos pueden realizar una partición privada (un cuaderno particional suscrito por todos) sin necesidad de un fedatario público si la herencia está conformada solo por saldos bancarios o bienes muebles. El escenario cambia por completo si hay inmuebles de por medio. "Si hay bienes inmuebles y queremos tener acceso al Registro de la Propiedad, la única forma es ir a otorgarlo ante una escritura notarial", concluye Sergio Ruiz.
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¿Se puede dejar la herencia directamente a los nietos sin pasar por los hijos?

En la última entrega de Apuntes Jurídicos, dentro del programa EgunOn Bizkaia, el abogado Sergio Ruiz ha respondido a las dudas de los oyentes sobre un tema recurrente: la posibilidad de saltar una generación en el reparto de bienes. ¿Es legal dejar dinero o inmuebles directamente a un nieto sin que pase por los hijos? La respuesta es un rotundo sí, siempre que nos encontremos bajo el paraguas del Derecho Civil Vasco. El nieto como beneficiario directo A diferencia de otras legislaciones, en Euskadi existe la legítima colectiva. Esto permite al testador elegir a uno o varios de sus descendientes para dejarles la totalidad de los bienes, pudiendo apartar totalmente a los hijos en favor de los nietos. Esta transmisión puede realizarse de dos formas: Donación en vida: Una fórmula directa pero que requiere que, si el nieto es menor de edad, el acto deba ser ratificado al alcanzar la mayoría de edad para ser plenamente válido. Pacto sucesorio: Es la figura "estrella" en Bizkaia. Permite ordenar la transmisión de bienes de forma planificada y consensuada entre todos los miembros de la familia. "Podemos transmitir cualquier bien a uno de los nietos directamente sin que participen los hijos. Esto es posible gracias a la legítima colectiva que permite elegir a quién dejar los bienes dentro del grupo de descendientes", explica Sergio Ruiz. Ventajas fiscales y acceso a la vivienda Uno de los grandes atractivos de esta fórmula es el ahorro fiscal. Al transmitir directamente al nieto, se evita la doble imposición que supondría que el bien pasara primero por el hijo y luego por el nieto. En Euskadi, además, existe una exención fiscal de hasta 400.000 euros para este tipo de sucesiones. Además, el pacto sucesorio se ha convertido en una herramienta vital para los jóvenes en el actual contexto inmobiliario. "Muchos abuelos utilizan el pacto sucesorio para que sus nietos puedan acceder a un préstamo hipotecario", señala el abogado. Al figurar ya como titulares de un patrimonio transmitido por sus abuelos, los bancos minimizan el riesgo y facilitan la concesión de créditos para la compra de la primera vivienda. ¿Qué ocurre en caso de divorcio? Otra duda común entre los oyentes es si un divorcio posterior puede afectar a los bienes recibidos mediante pacto sucesorio. Sergio Ruiz es tajante: "Todo lo recibido por pacto sucesorio, donación o herencia tiene carácter privativo". Esto significa que, en caso de ruptura matrimonial, esos bienes no entran en la liquidación de gananciales ni pueden ser reclamados por el cónyuge. No obstante, el abogado advierte que poseer ese patrimonio podría influir en el cálculo de una posible pensión compensatoria, al mejorar la situación económica de quien recibe la herencia. Planificación frente a conflicto Para el experto de RASL Abogados, la clave siempre es la anticipación. Realizar estas gestiones en vida evita interpretaciones erróneas de los testamentos tras el fallecimiento. "Transmitir bienes en vida es mucho mejor porque se hace de forma consensuada, informando a todos los hijos y evitando futuros conflictos familiares", concluye Ruiz.
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Apuntes Jurídicos: Claves sobre la incapacidad absoluta y los nuevos límites al alquiler en Bilbao

En la última entrega de Apuntes Jurídicos en EgunOn Bizkaia, el abogado Pablo de los Ríos ha puesto el foco en dos áreas que generan constantes dudas: el complejo proceso para obtener una incapacidad permanente absoluta y la reciente actualización de los precios del alquiler tras la entrada en vigor de la nueva Ley de Vivienda. La incapacidad absoluta más allá del cuadro médico A raíz de la consulta de un oyente que padece fatiga extrema y vértigos sin un diagnóstico claro, De los Ríos ha advertido que estar enfermo no es el único requisito para acceder a una pensión. Para que una incapacidad sea considerada absoluta, la persona no debe poder desempeñar ningún trabajo en absoluto. Sin embargo, existen factores administrativos que a menudo se ignoran, como la necesidad de haber cotizado lo suficiente y contar con bases que garanticen una pensión mínima viable. Otro obstáculo fundamental es el concepto de agotamiento terapéutico. La ley exige que se hayan intentado todos los tratamientos curativos posibles sin éxito antes de conceder la invalidez. Sin un diagnóstico firme, resulta casi imposible demostrar que la medicina ha agotado sus recursos. Por ello, el letrado ha recomendado intentar acelerar las citas en Osakidetza o incluso acudir a la vía privada, ya que en patologías con síntomas subjetivos es vital aportar pruebas objetivas como el test FAST para convencer a un tribunal. El fin de la libre negociación de rentas en Bilbao El mercado del alquiler en Bizkaia ha dado un vuelco tras la declaración de Bilbao como zona tensionada. Pablo de los Ríos aclara que, bajo este nuevo marco, ya no se puede pactar el precio libremente entre propietario e inquilino, incluso si ambas partes están de acuerdo. Para los contratos vigentes, la antigua limitación del 2% ha decaído, pero ahora los contratos posteriores a mayo de 2023 deben actualizarse obligatoriamente mediante el IRAV (Índice de Actualización de Rentas), mientras que los anteriores suelen seguir ligados al IPC. En el caso de las nuevas salidas al mercado, la situación es aún más restrictiva. Los propietarios deben acudir obligatoriamente al simulador de precios del Gobierno Vasco, que marca el tope legal de la renta basándose en factores como la ubicación y el estado del inmueble. El abogado ha ilustrado esta brecha citando ejemplos en el Ensanche o Plaza Euskadi, donde el simulador arroja cifras significativamente inferiores a los precios de mercado previos. De los Ríos critica que la medida se aplique de forma plana a todo el municipio, sin distinguir realidades tan dispares como las de San Francisco o Santutxu. Validez legal de las comunicaciones digitales Finalmente, el experto ha abordado la validez de los avisos de subida de renta enviados por aplicaciones de mensajería. Aunque el burofax sigue siendo la herramienta preferida por los abogados por su carácter fehaciente, cualquier canal de comunicación constante y utilizado previamente por ambas partes, como WhatsApp, SMS o correo electrónico, tiene validez legal. Negar la recepción de un mensaje es hoy una estrategia arriesgada, ya que existen métodos técnicos consolidados para demostrar su lectura ante un juez.
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Cómo reclamar deudas laborales y gestionar herencias sin testamento

En la reciente entrega de Apuntes Jurídicos, el espacio de RSAL Abogados en el programa EgunOn Bizkaia, se han abordado situaciones legales que afectan directamente al bolsillo y la paz familiar de los ciudadanos: la reclamación de salarios tras un despido y la partición de bienes cuando no existe un testamento que guíe el proceso. El peligro de los plazos: ¿Cuándo prescribe una deuda laboral? Uno de los casos analizados plantea una duda común: un trabajador despedido en enero de 2025 al que la empresa le adeuda 2.500 euros de finiquito. Tras un acto de conciliación al que la empresa no asistió, el afectado se pregunta si aún puede reclamar. Pablo de los Ríos advierte sobre la importancia de vigilar el calendario. "El plazo de prescripción para reclamar deudas salariales es de un año", explica el letrado. Aunque presentar una papeleta de conciliación interrumpe el plazo y lo "resetea", es fundamental no dejar pasar más de doce meses desde ese acto sin interponer la demanda judicial. "No hay que confiarse con la buena fe de la otra parte; si ha pasado más de un año desde la conciliación sin nuevas acciones, el derecho a reclamar podría estar prescrito", señala De los Ríos. Además, anima a revisar siempre las categorías y horas extra al finalizar una relación laboral, ya que a menudo existen cantidades no percibidas que el trabajador ignora. Herencias sin testamento: ¿Quién decide el reparto? La ausencia de un testamento suele ser el caldo de cultivo ideal para el conflicto entre herederos. Ante la pregunta de un oyente sobre una madre fallecida sin dejar últimas voluntades, Sergio Ruiz es tajante: el consenso es la vía más económica y rápida. Cuando los hermanos no se ponen de acuerdo, la ley establece un orden sucesorio (abintestato) donde los hijos suelen heredar por partes iguales. Sin embargo, el problema reside en cómo se valoran y distribuyen los bienes concretos. * La figura del contador-partidor: Si no hay acuerdo, se puede recurrir a un profesional especializado que actúe como tercero neutral para realizar el inventario y el reparto. El procedimiento judicial: Es la última opción y la más costosa. En este escenario, un perito judicial tasará los bienes y un abogado de la lista del juzgado decidirá el reparto mediante el cuaderno particional. "Los costes de un procedimiento judicial, sumados a los honorarios de peritos, exceden con mucho lo que costaría un acuerdo extrajudicial", advierte Ruiz. El laberinto del alquiler: ¿Subida del IPC o del IGV? El espacio también aclaró las dudas de los propietarios tras la caída del Real Decreto de prórroga de alquileres en el Congreso. Actualmente, la limitación de las subidas depende de la fecha de firma del contrato: Contratos anteriores a mayo de 2023: Se rigen por el sistema pactado, habitualmente el IPC. Contratos posteriores a mayo de 2023: El límite lo marca el IGV (Índice de Garantía de Alquileres). Los abogados recalcan que, más allá de la fría letra de la ley, "negociar una solución intermedia entre propietario e inquilino siempre es mejor que acabar en los tribunales", especialmente en un entorno de alta inseguridad jurídica.
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El "limbo" legal de los alquileres tras el fiasco del Decreto en el Congreso

Una semana más, la sección Apuntes Jurídicos de EgunOn Bizkaia abre su consultorio para resolver las dudas legales de los oyentes. Sergio Ruiz y Pablo de los Ríos, del bufete RASL Abogados, abordan cuestiones tan sensibles como el reparto de bienes en vida y la seguridad jurídica en los arrendamientos. El caos de las prórrogas de alquiler Pablo de los Ríos analiza la enorme confusión generada por el Real Decreto 8/2026 sobre alquileres y su posterior situación jurídica. Ante la duda de un oyente que solicitó una prórroga antes de que el decreto fuera retirado, Pablo advirte de la "inseguridad jurídica brutal" que existe actualmente. "Nadie conoce el futuro porque la validez de esos actos solo la saben los tribunales", explica Pablo. No obstante, da un rayo de esperanza a los inquilinos que hicieron los deberes a tiempo: "Mi opinión es que todos los que solicitaron la prórroga durante la vigencia del decreto gozan de su protección". Aun así, advirte que habrá sentencias contradictorias en diferentes provincias hasta que el Tribunal Supremo unifique criterio dentro de un par de años. Ante este escenario de incertidumbre, Pablo de los Ríos señala que la ley actual está empujando a las partes a entenderse: "El desarrollo legislativo en España está propiciando que las partes lleguen a acuerdos". De hecho, recuerda que ahora es obligatorio demostrar que se ha intentado una conciliación o mediación antes de interponer una demanda de desahucio. "Quien haya hecho bien la comunicación en plazo tiene una herramienta negociadora potente", sentencia. ¿Se puede dejar la casa a un solo hijo? Uno de los oyentes planteaba un dilema común: un padre que desea dejar su vivienda a la hija que le cuida, algo que el hermano considera injusto. Sergio Ruiz es muy claro al respecto: "Por supuesto que se puede hacer". El abogado destaca que existen herramientas como el testamento abierto o el pacto sucesorio (transmisión en vida). Sin embargo, Sergio hace hincapié en que la clave no es solo la ley, sino la comunicación: "Lo fundamental es conversar; si al hermano le preocupa la situación, lo normal es trasladárselo al padre para buscar compensaciones y no perjudicar a nadie". Para el experto de RASL Abogados, el objetivo principal debe ser siempre "evitar conflictos familiares que acaben pudriéndose", respetando siempre la voluntad del padre, que es quien dispone de su patrimonio. ¿Es obligatorio aceptar una herencia? Finalmente, se aborda el caso de las herencias "envenenadas". Sergio Ruiz recuerda que "nadie está obligado a aceptar una herencia", pero alerta sobre la aceptación tácita: "Cuidado con ir al banco a intentar cobrar el dinero del finado; eso es un acto que conlleva la aceptación de la herencia con todas sus deudas". Si no se desea, la recomendación es clara: renunciar formalmente mediante acta notarial para evitar obligaciones no deseadas.
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La importancia del pacto sucesorio y la resolución de herencias

En la sección Apuntes Jurídicos del programa EgunOn Bizkaia, el abogado Sergio Ruiz, de RASL Abogados, ha analizado diversas situaciones complejas relacionadas con las herencias y el Derecho Civil Vasco. A través de consultas reales, Ruiz subraya la necesidad de dejar por escrito las voluntades familiares para evitar futuros conflictos judiciales. El valor de la palabra frente al documento escrito Ante la duda de si los acuerdos verbales familiares tienen validez, Ruiz es contundente: "Las palabras se las lleva el viento muchas veces". Aunque exista confianza, lo ideal es formalizar las intenciones a través de un acta o documento legal. El abogado destaca el pacto sucesorio como una herramienta clave del derecho vasco. Este instrumento permite transmitir el patrimonio en vida y ayudar a los hijos, aprovechando ventajas fiscales como la exención de 400.000 euros de cada padre hacia cada hijo. Según Ruiz, "si hacemos las cosas a tiempo, solucionamos muchos de esos problemas que luego vamos a tener", protegiendo así el patrimonio familiar. ¿Qué hacer si un hermano bloquea la herencia? Uno de los problemas más comunes es cuando un heredero se niega a firmar la escritura de aceptación y adjudicación. Ruiz explica que existen mecanismos judiciales para resolver este bloqueo, comenzando por la formación de inventario ante la administración de justicia. Este proceso no suele ser costoso ni prolongado, ya que busca que las partes manifiesten su conformidad con los bienes y derechos heredados. Sin embargo, si no se alcanza un acuerdo, se entra en una fase más gravosa: "Ahí ya se van a alargar mucho las cosas, pero encima ya va a ser mucho más costoso". En esta etapa se requiere el nombramiento de un contador-partidor y un perito judicial para tasar los bienes, un escenario que Ruiz recomienda evitar mediante la mediación y el asesoramiento profesional temprano. La modificación del pacto sucesorio ¿Es posible cambiar de opinión tras firmar un pacto sucesorio? Ruiz aclara que, aunque estos pactos están diseñados para perdurar, "se puede modificar si firman todos los que lo suscribieron". Incluso es posible prever cláusulas para que el pacto sea revocado por causas que afecten al comportamiento de uno de los instituidos. Lo fundamental, según el letrado, es preservar siempre la voluntad de quienes transmiten los bienes y garantizar la tranquilidad familiar de cara al futuro.
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Testamento o Pacto Sucesorio: ¿Cuál es la mejor opción para proteger tu patrimonio?

En la reciente sección de Apuntes Jurídicos, Sergio Ruiz, del despacho RASL Abogados, abordó una de las dudas más recurrentes entre los ciudadanos de Bizkaia: ¿Cómo podemos organizar nuestro patrimonio para que, llegado el momento, no se convierta en un foco de disputas? La respuesta, en muchos casos, reside en el pacto sucesorio. ¿Qué se puede incluir en un pacto sucesorio? A diferencia de otras fórmulas más rígidas, el pacto sucesorio destaca por su enorme flexibilidad. Ante la consulta de un oyente sobre si es posible transmitir distintos tipos de activos a la vez, la respuesta es clara: "Un pacto sucesorio puede incluir cualquier bien que quiera transmitirse, ya sea en vida o mortis causa: dinero, inmuebles y participaciones sociales". Esta herramienta permite no solo decidir qué se entrega, sino cómo y cuándo, permitiendo una transición ordenada que puede ejecutarse de forma presente o delegarse al futuro. La empresa familiar y el beneficio fiscal Uno de los puntos más críticos tratados fue la transmisión de participaciones sociales, especialmente en el contexto de empresas familiares. Sergio Ruiz subrayó la importancia estratégica de esta figura para la continuidad del negocio: Exención fiscal: Existe una exención del 95% en las participaciones sociales que se transmiten. Supervivencia del negocio: La transición de padres a hijos bajo reglas de juego claras redunda en el beneficio y la subsistencia de la sociedad. Testamento vs. Pacto: El riesgo de lo "no dicho" El abogado de RASL advirtió sobre los peligros de confiar ciegamente en un testamento redactado hace años. Muchas veces, las circunstancias familiares cambian (cuidados, convivencia, relaciones) pero el documento permanece estático. "Muchos conflictos vienen de no hablar las cosas en vida". Cuando se abre un testamento antiguo, pueden aparecer cláusulas que los herederos no entienden o situaciones injustas que el causante no actualizó. La protección del transmitente: La clave de la planificación Aunque el pacto sucesorio es una herramienta poderosa, no debe hacerse de forma ligera. La prioridad absoluta debe ser siempre el bienestar de quien cede sus bienes: Protección jurídica: Es fundamental estudiar qué bienes conviene transmitir en el presente y cuáles reservar para el futuro. Consenso familiar: El éxito de una herencia no es solo el reparto, sino que todos los herederos estén de acuerdo, algo que se facilita enormemente cuando la voluntad se explica y firma en vida. "Para mí lo más importante siempre es la protección de quien va a transmitir esos bienes", concluyó Ruiz, invitando a los oyentes a asesorarse para evitar que su legado se convierta en un problema legal para sus seres queridos.
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Silencio administrativo en incapacidades y nuevas claves en el mercado del alquiler

El espacio "Apuntes Jurídicos" ha contado una semana más con la participación de los abogados Sergio Ruiz y Pablo de los Ríos, quienes han abordado cuestiones fundamentales para el día a día legal de los ciudadanos. Uno de los temas centrales ha sido el colapso en la gestión de las incapacidades por parte de la Seguridad Social, una situación que genera gran indefensión. El silencio administrativo en las incapacidades Según explica Pablo de los Ríos, existe un plazo legal de 45 días hábiles para que la administración resuelva una reclamación previa. Si este tiempo transcurre sin una comunicación oficial, se activa el silencio administrativo negativo, lo que implica legalmente que la petición ha sido denegada. En ese preciso momento, se abre una ventana de 30 días hábiles para interponer una demanda en el juzgado. No obstante, el letrado advierte que, debido al colapso administrativo, muchas respuestas están llegando con meses de retraso, a veces hasta 180 días después. Para tranquilidad de los afectados, la recepción de esa respuesta oficial, aunque sea tardía, permite "resucitar" el plazo de 30 días para acudir a la vía judicial, por lo que es vital contar con asesoramiento profesional para no dar el derecho por perdido. Pacto sucesorio: la alternativa al testamento En el ámbito de las herencias y la gestión del patrimonio en el País Vasco, Sergio Ruiz ha destacado la importancia del pacto sucesorio como una herramienta mucho más ágil y beneficiosa que el testamento convencional. Ruiz subraya que esta figura permite organizar la transmisión de bienes en vida con total transparencia, aprovechando importantes beneficios fiscales como la exención de 400.000 euros por cada cónyuge hacia sus descendientes. Para el abogado, el testamento se ha convertido en una figura totalmente obsoleta que no responde a las necesidades actuales ni ofrece la misma protección que un pacto bien estructurado. Además, esta fórmula evita a los herederos futuras complicaciones y los elevados gastos que conlleva la escritura de herencia tras el fallecimiento. Incertidumbre en los contratos de alquiler Finalmente, la mesa de debate se ha cerrado analizando la situación de "impás" que vive el mercado inmobiliario ante la próxima votación en el Congreso. Actualmente, las subidas de renta están limitadas por ley al 2%, pero la validez de esta medida se decidirá el próximo 28 de abril. Pablo de los Ríos lanza un consejo preventivo para los propietarios que deban actualizar sus contratos en estas fechas: lo más prudente es esperar a que pase el debate parlamentario. Si el decreto decae, como sugieren las previsiones, los arrendadores ya no estarán sujetos a esa limitación forzosa y podrán aplicar las subidas conforme al IPC o los índices pactados originalmente en el contrato, recuperando así el margen de actualización que la normativa actual restringe.
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Guía para evitar conflictos en herencias: Del bloqueo de herederos a los pactos sucesorios

En una nueva entrega de Apuntes Jurídicos, Sergio Ruiz y Pablo de los Ríos, del bufete RASL Abogados, han dado respuesta a las dudas más comunes (y complejas) que surgen en torno a la gestión del patrimonio y las sucesiones. Cuando la ley y los sentimientos se cruzan, la mediación profesional se vuelve indispensable. ¿Puede un heredero bloquear una herencia? Uno de los problemas más frecuentes es la falta de consenso en el reparto. Según explican los expertos, un heredero sí puede bloquear la adjudicación de bienes si no está de acuerdo con el cuaderno particional. "Lo primero es interpretar el testamento a la luz de la voluntad del fallecido, pero siempre surgen fricciones sobre quién recibe qué", señalan. En estos casos, la vía judicial es el último recurso, pasando primero por una fase de formación de inventario. Sin embargo, la recomendación es clara: "La vía del acuerdo y el consenso es infinitamente mejor que la judicial; acudir a un letrado para que aporte sensatez entre los herederos evita años de disputas y costes innecesarios". Humedades y conflictos entre comunidades Otro caso recurrente es el de los daños materiales en propiedades que dependen de elementos comunes compartidos por varias comunidades de propietarios. Ante una humedad persistente, saber que "hay agua" no es suficiente para ganar un juicio. Pablo de los Ríos destaca que antes de cualquier reclamación, es vital realizar una "labor detectivesca" para determinar la legitimación pasiva (a quién se demanda exactamente).Es necesario realizar un estudio jurídico de la titularidad del elemento causante (como un patio). Se debe consultar el Registro de la Propiedad, el Catastro e incluso planos municipales. "No basta con constatar el daño; hay que saber exactamente quién es el titular jurídico, ya que el responsable puede ser una comunidad, varias o incluso una mancomunidad con personalidad jurídica propia". El Pacto Sucesorio: La solución en vida Para aquellas personas que desean dejar todo atado pero temen ofender a sus hijos, existe la figura del pacto sucesorio. Esta herramienta permite transmitir el patrimonio en vida, garantizando la protección del donante. "Si un hijo sabe que, de no aceptar la voluntad de su madre, corre el riesgo de no recibir nada en vida, suele estar más dispuesto al consenso", explican desde RASL. La clave aquí es la transparencia: "Lo ideal es reunir a todos los miembros de la familia con un profesional para que comprendan la voluntad meditada de la madre y lleguen a un acuerdo que evite conflictos cuando ella ya no esté". Planificar en vida, con asesoramiento técnico, es el mejor regalo para la paz familiar futura.
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