LPAC 39
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LPAC 39

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[Preámbulo]

TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales

Artículo 1. Objeto de la Ley.
Artículo 2. Ámbito subjetivo de aplicación.
TÍTULO I. De los interesados en el procedimiento

CAPÍTULO I. La capacidad de obrar y el concepto de interesado

Artículo 3. Capacidad de obrar.
Artículo 4. Concepto de interesado.
Artículo 5. Representación.
Artículo 6. Registros electrónicos de apoderamientos.
Artículo 7. Pluralidad de interesados.
Artículo 8. Nuevos interesados en el procedimiento.
CAPÍTULO II. Identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo

Artículo 9. Sistemas de identificación de los interesados en el procedimiento.
Artículo 10. Sistemas de firma admitidos por las Administraciones Públicas.
Artículo 11. Uso de medios de identificación y firma en el procedimiento administrativo.
Artículo 12. Asistencia en el uso de medios electrónicos a los interesados.
TÍTULO II. De la actividad de las Administraciones Públicas

CAPÍTULO I. Normas generales de actuación

Artículo 13. Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas.
Artículo 14. Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.
Artículo 15. Lengua de los procedimientos.
Artículo 16. Registros.
Artículo 17. Archivo de documentos.
Artículo 18. Colaboración de las personas.
Artículo 19. Comparecencia de las personas.
Artículo 20. Responsabilidad de la tramitación.
Artículo 21. Obligación de resolver.
Artículo 22. Suspensión del plazo máximo para resolver.
Artículo 23. Ampliación del plazo máximo para resolver y notificar.
Artículo 24. Silencio administrativo en procedimientos iniciados a solicitud del interesado.
Artículo 25. Falta de resolución expresa en procedimientos iniciados de oficio.
Artículo 26. Emisión de documentos por las Administraciones Públicas.
Artículo 27. Validez y eficacia de las copias realizadas por las Administraciones Públicas.
Artículo 28. Documentos aportados por los interesados al procedimiento administrativo.
CAPÍTULO II. Términos y plazos

Artículo 29. Obligatoriedad de términos y plazos.
Artículo 30. Cómputo de plazos.
Artículo 31. Cómputo de plazos en los registros.
Artículo 32. Ampliación.
Artículo 33. Tramitación de urgencia.
TÍTULO III. De los actos administrativos

CAPÍTULO I. Requisitos de los actos administrativos

Artículo 34. Producción y contenido.
Artículo 35. Motivación.
Artículo 36. Forma.
CAPÍTULO II. Eficacia de los actos

Artículo 37. Inderogabilidad singular.
Artículo 38. Ejecutividad.
Artículo 39. Efectos.
Artículo 40. Notificación.
Artículo 41. Condiciones generales para la práctica de las notificaciones.
Artículo 42. Práctica de las notificaciones en papel.
Artículo 43. Práctica de las notificaciones a través de medios electrónicos.
Artículo 44. Notificación infructuosa.
Artículo 45. Publicación.
Artículo 46. Indicación de notificaciones y publicaciones.
CAPÍTULO III. Nulidad y anulabilidad

Artículo 47. Nulidad de pleno derecho.
Artículo 48. Anulabilidad.
Artículo 49. Límites a la extensión de la nulidad o anulabilidad de los actos.
Artículo 50. Conversión de actos viciados.
Artículo 51. Conservación de actos y trámites.
Artículo 52. Convalidación.
TÍTULO IV. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común

CAPÍTULO I. Garantías del procedimiento

Artículo 53. Derechos del interesado en el procedimiento administrativo.
CAPÍTULO II. Iniciación del procedimiento

Sección 1.ª Disposiciones generales

Artículo 54. Clases de iniciación.
Artículo 55. Información y actuaciones previas.
Artículo 56. Medidas provisionales.
Artículo 57. Acumulación.
Sección 2.ª Iniciación del procedimiento de oficio por la administración

Artículo 58. Iniciación de oficio.
Artículo 59. Inicio del procedimiento a propia iniciativa.
Artículo 60. Inicio del procedimiento como consecuencia de orden superior.
Artículo 61. Inicio del procedimiento por petición razonada de otros órganos.
Artículo 62. Inicio del procedimiento por denuncia.
Artículo 63. Especialidades en el inicio de los procedimientos de naturaleza sancionadora.
Artículo 64. Acuerdo de iniciación en los procedimientos de naturaleza sancionadora.
Artículo 65. Especialidades en el inicio de oficio de los procedimientos de responsabilidad patrimonial.
Sección 3.ª Inicio del procedimiento a solicitud del interesado

Artículo 66. Solicitudes de iniciación.
Artículo 67. Solicitudes de iniciación en los procedimientos de responsabilidad patrimonial.
Artículo 68. Subsanación y mejora de la solicitud.
Artículo 69. Declaración responsable y comunicación.
CAPÍTULO III. Ordenación del procedimiento

Artículo 70. Expediente Administrativo.
Artículo 71. Impulso.
Artículo 72. Concentración de trámites.
Artículo 73. Cumplimiento de trámites.
Artículo 74. Cuestiones incidentales.
CAPÍTULO IV. Instrucción del procedimiento

Sección 1.ª Disposiciones generales

Artículo 75. Actos de instrucción.
Artículo 76. Alegaciones.
Sección 2.ª Prueba

Artículo 77. Medios y período de prueba.
Artículo 78. Práctica de prueba.
Sección 3.ª Informes

Artículo 79. Petición.
Artículo 80. Emisión de informes.
Artículo 81. Solicitud de informes y dictámenes en los procedimientos de responsabilidad patrimonial.
Sección 4.ª Participación de los interesados

Artículo 82. Trámite de audiencia.
Artículo 83. Información pública.
CAPÍTULO V. Finalización del procedimiento

Sección 1.ª Disposiciones generales

Artículo 84. Terminación.
Artículo 85. Terminación en los procedimientos sancionadores.
Artículo 86. Terminación convencional.
Sección 2.ª Resolución

Artículo 87. Actuaciones complementarias.
Artículo 88. Contenido.
Artículo 89. Propuesta de resolución en los procedimientos de carácter sancionador.
Artículo 90. Especialidades de la resolución en los procedimientos sancionadores.
Artículo 91. Especialidades de la resolución en los procedimientos en materia de responsabilidad patrimonial.
Artículo 92. Competencia para la resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial.
Sección 3.ª Desistimiento y renuncia

Artículo 93. Desistimiento por la Administración.
Artículo 94. Desistimiento y renuncia por los interesados.
Sección 4.ª Caducidad

Artículo 95. Requisitos y efectos.
CAPÍTULO VI. De la tramitación simplificada del procedimiento administrativo común

Artículo 96. Tramitación simplificada del procedimiento administrativo común.
CAPÍTULO VII. Ejecución

Artículo 97. Título.
Artículo 98. Ejecutoriedad.
Artículo 99. Ejecución forzosa.
Artículo 100. Medios de ejecución forzosa.
Artículo 101. Apremio sobre el patrimonio.
Artículo 102. Ejecución subsidiaria.
Artículo 103. Multa coercitiva.
Artículo 104. Compulsión sobre las personas.
Artículo 105. Prohibición de acciones posesorias.
TÍTULO V. De la revisión de los actos en vía administrativa

CAPÍTULO I. Revisión de oficio

Artículo 106. Revisión de disposiciones y actos nulos.
Artículo 107. Declaración de lesividad de actos anulables.
Artículo 108. Suspensión.
Artículo 109. Revocación de actos y rectificación de errores.
Artículo 110. Límites de la revisión.
Artículo 111. Competencia para la revisión de oficio de las disposiciones y de actos nulos y anulables en la Administración General del Estado.
CAPÍTULO II. Recursos administrativos

Sección 1.ª Principios generales

Artículo 112. Objeto y clases.
Artículo 113. Recurso extraordinario de revisión.
Artículo 114. Fin de la vía administrativa.
Artículo 115. Interposición de recurso.
Artículo 116. Causas de inadmisión.
Artículo 117. Suspensión de la ejecución.
Artículo 118. Audiencia de los interesados.
Artículo 119. Resolución.
Artículo 120. Pluralidad de recursos administrativos.
Sección 2.ª Recurso de alzada

Artículo 121. Objeto.
Artículo 122. Plazos.
Sección 3.ª Recurso potestativo de reposición

Artículo 123. Objeto y naturaleza.
Artículo 124. Plazos.
Sección 4.ª Recurso extraordinario de revisión

Artículo 125. Objeto y plazos.
Artículo 126. Resolución.
TÍTULO VI. De la iniciativa legislativa y de la potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones

Artículo 127. Iniciativa legislativa y potestad para dictar normas con rango de ley.
Artículo 128. Potestad reglamentaria.
Artículo 129. Principios de buena regulación.
Artículo 130. Evaluación normativa y adaptación de la normativa vigente a los principios de buena regulación.
Artículo 131. Publicidad de las normas.
Artículo 132. Planificación normativa.
Artículo 133. Participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos.

[Preámbulo]

TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales

Artículo 1. Objeto de la Ley.
Artículo 2. Ámbito subjetivo de aplicación.
TÍTULO I. De los interesados en el procedimiento

CAPÍTULO I. La capacidad de obrar y el concepto de interesado

Artículo 3. Capacidad de obrar.
Artículo 4. Concepto de interesado.
Artículo 5. Representación.
Artículo 6. Registros electrónicos de apoderamientos.
Artículo 7. Pluralidad de interesados.
Artículo 8. Nuevos interesados en el procedimiento.
CAPÍTULO II. Identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo

Artículo 9. Sistemas de identificación de los interesados en el procedimiento.
Artículo 10. Sistemas de firma admitidos por las Administraciones Públicas.
Artículo 11. Uso de medios de identificación y firma en el procedimiento administrativo.
Artículo 12. Asistencia en el uso de medios electrónicos a los interesados.
TÍTULO II. De la actividad de las Administraciones Públicas

CAPÍTULO I. Normas generales de actuación

Artículo 13. Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas.
Artículo 14. Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.
Artículo 15. Lengua de los procedimientos.
Artículo 16. Registros.
Artículo 17. Archivo de documentos.
Artículo 18. Colaboración de las personas.
Artículo 19. Comparecencia de las personas.
Artículo 20. Responsabilidad de la tramitación.
Artículo 21. Obligación de resolver.
Artículo 22. Suspensión del plazo máximo para resolver.
Artículo 23. Ampliación del plazo máximo para resolver y notificar.
Artículo 24. Silencio administrativo en procedimientos iniciados a solicitud del interesado.
Artículo 25. Falta de resolución expresa en procedimientos iniciados de oficio.
Artículo 26. Emisión de documentos por las Administraciones Públicas.
Artículo 27. Validez y eficacia de las copias realizadas por las Administraciones Públicas.
Artículo 28. Documentos aportados por los interesados al procedimiento administrativo.
CAPÍTULO II. Términos y plazos

Artículo 29. Obligatoriedad de términos y plazos.
Artículo 30. Cómputo de plazos.
Artículo 31. Cómputo de plazos en los registros.
Artículo 32. Ampliación.
Artículo 33. Tramitación de urgencia.
TÍTULO III. De los actos administrativos

CAPÍTULO I. Requisitos de los actos administrativos

Artículo 34. Producción y contenido.
Artículo 35. Motivación.
Artículo 36. Forma.
CAPÍTULO II. Eficacia de los actos

Artículo 37. Inderogabilidad singular.
Artículo 38. Ejecutividad.
Artículo 39. Efectos.
Artículo 40. Notificación.
Artículo 41. Condiciones generales para la práctica de las notificaciones.
Artículo 42. Práctica de las notificaciones en papel.
Artículo 43. Práctica de las notificaciones a través de medios electrónicos.
Artículo 44. Notificación infructuosa.
Artículo 45. Publicación.
Artículo 46. Indicación de notificaciones y publicaciones.
CAPÍTULO III. Nulidad y anulabilidad

Artículo 47. Nulidad de pleno derecho.
Artículo 48. Anulabilidad.
Artículo 49. Límites a la extensión de la nulidad o anulabilidad de los actos.
Artículo 50. Conversión de actos viciados.
Artículo 51. Conservación de actos y trámites.
Artículo 52. Convalidación.
TÍTULO IV. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común

CAPÍTULO I. Garantías del procedimiento

Artículo 53. Derechos del interesado en el procedimiento administrativo.
CAPÍTULO II. Iniciación del procedimiento

Sección 1.ª Disposiciones generales

Artículo 54. Clases de iniciación.
Artículo 55. Información y actuaciones previas.
Artículo 56. Medidas provisionales.
Artículo 57. Acumulación.
Sección 2.ª Iniciación del procedimiento de oficio por la administración

Artículo 58. Iniciación de oficio.
Artículo 59. Inicio del procedimiento a propia iniciativa.
Artículo 60. Inicio del procedimiento como consecuencia de orden superior.
Artículo 61. Inicio del procedimiento por petición razonada de otros órganos.
Artículo 62. Inicio del procedimiento por denuncia.
Artículo 63. Especialidades en el inicio de los procedimientos de naturaleza sancionadora.
Artículo 64. Acuerdo de iniciación en los procedimientos de naturaleza sancionadora.
Artículo 65. Especialidades en el inicio de oficio de los procedimientos de responsabilidad patrimonial.
Sección 3.ª Inicio del procedimiento a solicitud del interesado

Artículo 66. Solicitudes de iniciación.
Artículo 67. Solicitudes de iniciación en los procedimientos de responsabilidad patrimonial.
Artículo 68. Subsanación y mejora de la solicitud.
Artículo 69. Declaración responsable y comunicación.
CAPÍTULO III. Ordenación del procedimiento

Artículo 70. Expediente Administrativo.
Artículo 71. Impulso.
Artículo 72. Concentración de trámites.
Artículo 73. Cumplimiento de trámites.
Artículo 74. Cuestiones incidentales.
CAPÍTULO IV. Instrucción del procedimiento

Sección 1.ª Disposiciones generales

Artículo 75. Actos de instrucción.
Artículo 76. Alegaciones.
Sección 2.ª Prueba

Artículo 77. Medios y período de prueba.
Artículo 78. Práctica de prueba.
Sección 3.ª Informes

Artículo 79. Petición.
Artículo 80. Emisión de informes.
Artículo 81. Solicitud de informes y dictámenes en los procedimientos de responsabilidad patrimonial.
Sección 4.ª Participación de los interesados

Artículo 82. Trámite de audiencia.
Artículo 83. Información pública.
CAPÍTULO V. Finalización del procedimiento

Sección 1.ª Disposiciones generales

Artículo 84. Terminación.
Artículo 85. Terminación en los procedimientos sancionadores.
Artículo 86. Terminación convencional.
Sección 2.ª Resolución

Artículo 87. Actuaciones complementarias.
Artículo 88. Contenido.
Artículo 89. Propuesta de resolución en los procedimientos de carácter sancionador.
Artículo 90. Especialidades de la resolución en los procedimientos sancionadores.
Artículo 91. Especialidades de la resolución en los procedimientos en materia de responsabilidad patrimonial.
Artículo 92. Competencia para la resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial.
Sección 3.ª Desistimiento y renuncia

Artículo 93. Desistimiento por la Administración.
Artículo 94. Desistimiento y renuncia por los interesados.
Sección 4.ª Caducidad

Artículo 95. Requisitos y efectos.
CAPÍTULO VI. De la tramitación simplificada del procedimiento administrativo común

Artículo 96. Tramitación simplificada del procedimiento administrativo común.
CAPÍTULO VII. Ejecución

Artículo 97. Título.
Artículo 98. Ejecutoriedad.
Artículo 99. Ejecución forzosa.
Artículo 100. Medios de ejecución forzosa.
Artículo 101. Apremio sobre el patrimonio.
Artículo 102. Ejecución subsidiaria.
Artículo 103. Multa coercitiva.
Artículo 104. Compulsión sobre las personas.
Artículo 105. Prohibición de acciones posesorias.
TÍTULO V. De la revisión de los actos en vía administrativa

CAPÍTULO I. Revisión de oficio

Artículo 106. Revisión de disposiciones y actos nulos.
Artículo 107. Declaración de lesividad de actos anulables.
Artículo 108. Suspensión.
Artículo 109. Revocación de actos y rectificación de errores.
Artículo 110. Límites de la revisión.
Artículo 111. Competencia para la revisión de oficio de las disposiciones y de actos nulos y anulables en la Administración General del Estado.
CAPÍTULO II. Recursos administrativos

Sección 1.ª Principios generales

Artículo 112. Objeto y clases.
Artículo 113. Recurso extraordinario de revisión.
Artículo 114. Fin de la vía administrativa.
Artículo 115. Interposición de recurso.
Artículo 116. Causas de inadmisión.
Artículo 117. Suspensión de la ejecución.
Artículo 118. Audiencia de los interesados.
Artículo 119. Resolución.
Artículo 120. Pluralidad de recursos administrativos.
Sección 2.ª Recurso de alzada

Artículo 121. Objeto.
Artículo 122. Plazos.
Sección 3.ª Recurso potestativo de reposición

Artículo 123. Objeto y naturaleza.
Artículo 124. Plazos.
Sección 4.ª Recurso extraordinario de revisión

Artículo 125. Objeto y plazos.
Artículo 126. Resolución.
TÍTULO VI. De la iniciativa legislativa y de la potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones

Artículo 127. Iniciativa legislativa y potestad para dictar normas con rango de ley.
Artículo 128. Potestad reglamentaria.
Artículo 129. Principios de buena regulación.
Artículo 130. Evaluación normativa y adaptación de la normativa vigente a los principios de buena regulación.
Artículo 131. Publicidad de las normas.
Artículo 132. Planificación normativa.
Artículo 133. Participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos.

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Episode in LPAC 39
CAPÍTULO IV. Instrucción del procedimiento Sección 1.ª Disposiciones generales Artículo 75. Actos de instrucción. Artículo 76. Alegaciones. Sección 2.ª Prueba Artículo 77. Medios y período de prueba. Artículo 78. Práctica de prueba. Sección 3.ª Informes Artículo 79. Petición. Artículo 80. Emisión de informes. Artículo 81. Solicitud de informes y dictámenes en los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Sección 4.ª Participación de los interesados Artículo 82. Trámite de audiencia. Artículo 83. Información pública. CAPÍTULO V. Finalización del procedimiento Sección 1.ª Disposiciones generales Artículo 84. Terminación. Artículo 85. Terminación en los procedimientos sancionadores. Artículo 86. Terminación convencional. Sección 2.ª Resolución Artículo 87. Actuaciones complementarias. Artículo 88. Contenido. Artículo 89. Propuesta de resolución en los procedimientos de carácter sancionador. Artículo 90. Especialidades de la resolución en los procedimientos sancionadores. Artículo 91. Especialidades de la resolución en los procedimientos en materia de responsabilidad patrimonial. Artículo 92. Competencia para la resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Sección 3.ª Desistimiento y renuncia Artículo 93. Desistimiento por la Administración. Artículo 94. Desistimiento y renuncia por los interesados. Sección 4.ª Caducidad Artículo 95. Requisitos y efectos. CAPÍTULO VI. De la tramitación simplificada del procedimiento administrativo común Artículo 96. Tramitación simplificada del procedimiento administrativo común. CAPÍTULO VII. Ejecución Artículo 97. Título. Artículo 98. Ejecutoriedad. Artículo 99. Ejecución forzosa. Artículo 100. Medios de ejecución forzosa. Artículo 101. Apremio sobre el patrimonio. Artículo 102. Ejecución subsidiaria. Artículo 103. Multa coercitiva. Artículo 104. Compulsión sobre las personas. Artículo 105. Prohibición de acciones posesorias.
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[Preámbulo] TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales Artículo 1. Objeto de la Ley. Artículo 2. Ámbito subjetivo de aplicación. TÍTULO I. De los interesados en el procedimiento CAPÍTULO I. La capacidad de obrar y el concepto de interesado Artículo 3. Capacidad de obrar. Artículo 4. Concepto de interesado. Artículo 5. Representación. Artículo 6. Registros electrónicos de apoderamientos. Artículo 7. Pluralidad de interesados. Artículo 8. Nuevos interesados en el procedimiento. CAPÍTULO II. Identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo Artículo 9. Sistemas de identificación de los interesados en el procedimiento. Artículo 10. Sistemas de firma admitidos por las Administraciones Públicas. Artículo 11. Uso de medios de identificación y firma en el procedimiento administrativo. Artículo 12. Asistencia en el uso de medios electrónicos a los interesados. TÍTULO II. De la actividad de las Administraciones Públicas CAPÍTULO I. Normas generales de actuación Artículo 13. Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Artículo 14. Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Artículo 15. Lengua de los procedimientos. Artículo 16. Registros. Artículo 17. Archivo de documentos. Artículo 18. Colaboración de las personas. Artículo 19. Comparecencia de las personas. Artículo 20. Responsabilidad de la tramitación. Artículo 21. Obligación de resolver. Artículo 22. Suspensión del plazo máximo para resolver. Artículo 23. Ampliación del plazo máximo para resolver y notificar. Artículo 24. Silencio administrativo en procedimientos iniciados a solicitud del interesado. Artículo 25. Falta de resolución expresa en procedimientos iniciados de oficio. Artículo 26. Emisión de documentos por las Administraciones Públicas. Artículo 27. Validez y eficacia de las copias realizadas por las Administraciones Públicas. Artículo 28. Documentos aportados por los interesados al procedimiento administrativo. CAPÍTULO II. Términos y plazos Artículo 29. Obligatoriedad de términos y plazos. Artículo 30. Cómputo de plazos. Artículo 31. Cómputo de plazos en los registros. Artículo 32. Ampliación. Artículo 33. Tramitación de urgencia. TÍTULO III. De los actos administrativos CAPÍTULO I. Requisitos de los actos administrativos Artículo 34. Producción y contenido. Artículo 35. Motivación. Artículo 36. Forma. CAPÍTULO II. Eficacia de los actos Artículo 37. Inderogabilidad singular. Artículo 38. Ejecutividad. Artículo 39. Efectos. Artículo 40. Notificación. Artículo 41. Condiciones generales para la práctica de las notificaciones. Artículo 42. Práctica de las notificaciones en papel. Artículo 43. Práctica de las notificaciones a través de medios electrónicos. Artículo 44. Notificación infructuosa. Artículo 45. Publicación. Artículo 46. Indicación de notificaciones y publicaciones. CAPÍTULO III. Nulidad y anulabilidad Artículo 47. Nulidad de pleno derecho. Artículo 48. Anulabilidad. Artículo 49. Límites a la extensión de la nulidad o anulabilidad de los actos. Artículo 50. Conversión de actos viciados. Artículo 51. Conservación de actos y trámites. Artículo 52. Convalidación. TÍTULO IV. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común CAPÍTULO I. Garantías del procedimiento Artículo 53. Derechos del interesado en el procedimiento administrativo. CAPÍTULO II. Iniciación del procedimiento Sección 1.ª Disposiciones generales Artículo 54. Clases de iniciación. Artículo 55. Información y actuaciones previas. Artículo 56. Medidas provisionales. Artículo 57. Acumulación. Sección 2.ª Iniciación del procedimiento de oficio por la administración Artículo 58. Iniciación de oficio. Artículo 59. Inicio del procedimiento a propia iniciativa. Artículo 60. Inicio del procedimiento como consecuencia de orden superior. Artículo 61. Inicio del procedimiento por petición razonada de otros órganos. Artículo 62. Inicio del procedimiento por denuncia. Artículo 63. Especialidades en el inicio de los procedimientos de naturaleza sancionadora. Artículo 64. Acuerdo de iniciación en los procedimientos de naturaleza sancionadora. Artículo 65. Especialidades en el inicio de oficio de los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Sección 3.ª Inicio del procedimiento a solicitud del interesado Artículo 66. Solicitudes de iniciación. Artículo 67. Solicitudes de iniciación en los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Artículo 68. Subsanación y mejora de la solicitud. Artículo 69. Declaración responsable y comunicación. CAPÍTULO III. Ordenación del procedimiento Artículo 70. Expediente Administrativo. Artículo 71. Impulso. Artículo 72. Concentración de trámites. Artículo 73. Cumplimiento de trámites. Artículo 74. Cuestiones incidentales. CAPÍTULO IV. Instrucción del procedimiento Sección 1.ª Disposiciones generales Artículo 75. Actos de instrucción. Artículo 76. Alegaciones. Sección 2.ª Prueba Artículo 77. Medios y período de prueba. Artículo 78. Práctica de prueba. Sección 3.ª Informes Artículo 79. Petición. Artículo 80. Emisión de informes. Artículo 81. Solicitud de informes y dictámenes en los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Sección 4.ª Participación de los interesados Artículo 82. Trámite de audiencia. Artículo 83. Información pública. CAPÍTULO V. Finalización del procedimiento Sección 1.ª Disposiciones generales Artículo 84. Terminación. Artículo 85. Terminación en los procedimientos sancionadores. Artículo 86. Terminación convencional. Sección 2.ª Resolución Artículo 87. Actuaciones complementarias. Artículo 88. Contenido. Artículo 89. Propuesta de resolución en los procedimientos de carácter sancionador. Artículo 90. Especialidades de la resolución en los procedimientos sancionadores. Artículo 91. Especialidades de la resolución en los procedimientos en materia de responsabilidad patrimonial. Artículo 92. Competencia para la resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Sección 3.ª Desistimiento y renuncia Artículo 93. Desistimiento por la Administración. Artículo 94. Desistimiento y renuncia por los interesados. Sección 4.ª Caducidad Artículo 95. Requisitos y efectos. CAPÍTULO VI. De la tramitación simplificada del procedimiento administrativo común Artículo 96. Tramitación simplificada del procedimiento administrativo común. CAPÍTULO VII. Ejecución Artículo 97. Título. Artículo 98. Ejecutoriedad. Artículo 99. Ejecución forzosa. Artículo 100. Medios de ejecución forzosa. Artículo 101. Apremio sobre el patrimonio. Artículo 102. Ejecución subsidiaria. Artículo 103. Multa coercitiva. Artículo 104. Compulsión sobre las personas. Artículo 105. Prohibición de acciones posesorias. TÍTULO V. De la revisión de los actos en vía administrativa CAPÍTULO I. Revisión de oficio Artículo 106. Revisión de disposiciones y actos nulos. Artículo 107. Declaración de lesividad de actos anulables. Artículo 108. Suspensión. Artículo 109. Revocación de actos y rectificación de errores. Artículo 110. Límites de la revisión. Artículo 111. Competencia para la revisión de oficio de las disposiciones y de actos nulos y anulables en la Administración General del Estado. CAPÍTULO II. Recursos administrativos Sección 1.ª Principios generales Artículo 112. Objeto y clases. Artículo 113. Recurso extraordinario de revisión. Artículo 114. Fin de la vía administrativa. Artículo 115. Interposición de recurso. Artículo 116. Causas de inadmisión. Artículo 117. Suspensión de la ejecución. Artículo 118. Audiencia de los interesados. Artículo 119. Resolución. Artículo 120. Pluralidad de recursos administrativos. Sección 2.ª Recurso de alzada Artículo 121. Objeto. Artículo 122. Plazos. Sección 3.ª Recurso potestativo de reposición Artículo 123. Objeto y naturaleza. Artículo 124. Plazos. Sección 4.ª Recurso extraordinario de revisión Artículo 125. Objeto y plazos. Artículo 126. Resolución. TÍTULO VI. De la iniciativa legislativa y de la potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones Artículo 127. Iniciativa legislativa y potestad para dictar normas con rango de ley. Artículo 128. Potestad reglamentaria. Artículo 129. Principios de buena regulación. Artículo 130. Evaluación normativa y adaptación de la normativa vigente a los principios de buena regulación. Artículo 131. Publicidad de las normas. Artículo 132. Planificación normativa. Artículo 133. Participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos. [Disposiciones adicionales] Disposición adicional primera. Especialidades por razón de materia. Disposición adicional segunda. Adhesión de las Comunidades Autónomas y Entidades Locales a las plataformas y registros de la Administración General del Estado. Disposición adicional tercera. Notificación por medio de anuncio publicado en el «Boletín Oficial del Estado». Disposición adicional cuarta. Oficinas de asistencia en materia de registros. Disposición adicional quinta. Actuación administrativa de los órganos constitucionales del Estado y de los órganos legislativos y de control autonómicos. [Disposiciones transitorias] Disposición transitoria primera. Archivo de documentos. Disposición transitoria segunda. Registro electrónico y archivo electrónico único. Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio de los procedimientos. Disposición transitoria cuarta. Régimen transitorio de los archivos, registros y punto de acceso general. Disposición transitoria quinta. Procedimientos de responsabilidad patrimonial derivados de la declaración de inconstitucionalidad de una norma o su carácter contrario al Derecho de la Unión Europea. [Disposiciones derogatorias] Disposición derogatoria única. Derogación normativa. [Disposiciones finales] Disposición final primera. Título competencial. Disposición final segunda. Modificación de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. Disposición final tercera. Modificación de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social. Disposición final cuarta. Referencias normativas. Disposición final quinta. Adaptación normativa. Disposición final sexta. Desarrollo normativo de la Ley. Disposición final séptima. Entrada en vigor.
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Episode in LPAC 39
[Preámbulo] TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales Artículo 1. Objeto de la Ley. Artículo 2. Ámbito subjetivo de aplicación. TÍTULO I. De los interesados en el procedimiento CAPÍTULO I. La capacidad de obrar y el concepto de interesado Artículo 3. Capacidad de obrar. Artículo 4. Concepto de interesado. Artículo 5. Representación. Artículo 6. Registros electrónicos de apoderamientos. Artículo 7. Pluralidad de interesados. Artículo 8. Nuevos interesados en el procedimiento. CAPÍTULO II. Identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo Artículo 9. Sistemas de identificación de los interesados en el procedimiento. Artículo 10. Sistemas de firma admitidos por las Administraciones Públicas. Artículo 11. Uso de medios de identificación y firma en el procedimiento administrativo. Artículo 12. Asistencia en el uso de medios electrónicos a los interesados. TÍTULO II. De la actividad de las Administraciones Públicas CAPÍTULO I. Normas generales de actuación Artículo 13. Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Artículo 14. Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Artículo 15. Lengua de los procedimientos. Artículo 16. Registros. Artículo 17. Archivo de documentos. Artículo 18. Colaboración de las personas. Artículo 19. Comparecencia de las personas. Artículo 20. Responsabilidad de la tramitación. Artículo 21. Obligación de resolver. Artículo 22. Suspensión del plazo máximo para resolver. Artículo 23. Ampliación del plazo máximo para resolver y notificar. Artículo 24. Silencio administrativo en procedimientos iniciados a solicitud del interesado. Artículo 25. Falta de resolución expresa en procedimientos iniciados de oficio. Artículo 26. Emisión de documentos por las Administraciones Públicas. Artículo 27. Validez y eficacia de las copias realizadas por las Administraciones Públicas. Artículo 28. Documentos aportados por los interesados al procedimiento administrativo. CAPÍTULO II. Términos y plazos Artículo 29. Obligatoriedad de términos y plazos. Artículo 30. Cómputo de plazos. Artículo 31. Cómputo de plazos en los registros. Artículo 32. Ampliación. Artículo 33. Tramitación de urgencia. TÍTULO III. De los actos administrativos CAPÍTULO I. Requisitos de los actos administrativos Artículo 34. Producción y contenido. Artículo 35. Motivación. Artículo 36. Forma. CAPÍTULO II. Eficacia de los actos Artículo 37. Inderogabilidad singular. Artículo 38. Ejecutividad. Artículo 39. Efectos. Artículo 40. Notificación. Artículo 41. Condiciones generales para la práctica de las notificaciones. Artículo 42. Práctica de las notificaciones en papel. Artículo 43. Práctica de las notificaciones a través de medios electrónicos. Artículo 44. Notificación infructuosa. Artículo 45. Publicación. Artículo 46. Indicación de notificaciones y publicaciones. CAPÍTULO III. Nulidad y anulabilidad Artículo 47. Nulidad de pleno derecho. Artículo 48. Anulabilidad. Artículo 49. Límites a la extensión de la nulidad o anulabilidad de los actos. Artículo 50. Conversión de actos viciados. Artículo 51. Conservación de actos y trámites. Artículo 52. Convalidación. TÍTULO IV. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común CAPÍTULO I. Garantías del procedimiento Artículo 53. Derechos del interesado en el procedimiento administrativo. CAPÍTULO II. Iniciación del procedimiento Sección 1.ª Disposiciones generales Artículo 54. Clases de iniciación. Artículo 55. Información y actuaciones previas. Artículo 56. Medidas provisionales. Artículo 57. Acumulación. Sección 2.ª Iniciación del procedimiento de oficio por la administración Artículo 58. Iniciación de oficio. Artículo 59. Inicio del procedimiento a propia iniciativa. Artículo 60. Inicio del procedimiento como consecuencia de orden superior. Artículo 61. Inicio del procedimiento por petición razonada de otros órganos. Artículo 62. Inicio del procedimiento por denuncia. Artículo 63. Especialidades en el inicio de los procedimientos de naturaleza sancionadora. Artículo 64. Acuerdo de iniciación en los procedimientos de naturaleza sancionadora. Artículo 65. Especialidades en el inicio de oficio de los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Sección 3.ª Inicio del procedimiento a solicitud del interesado Artículo 66. Solicitudes de iniciación. Artículo 67. Solicitudes de iniciación en los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Artículo 68. Subsanación y mejora de la solicitud. Artículo 69. Declaración responsable y comunicación. CAPÍTULO III. Ordenación del procedimiento Artículo 70. Expediente Administrativo. Artículo 71. Impulso. Artículo 72. Concentración de trámites. Artículo 73. Cumplimiento de trámites. Artículo 74. Cuestiones incidentales. CAPÍTULO IV. Instrucción del procedimiento Sección 1.ª Disposiciones generales Artículo 75. Actos de instrucción. Artículo 76. Alegaciones. Sección 2.ª Prueba Artículo 77. Medios y período de prueba. Artículo 78. Práctica de prueba. Sección 3.ª Informes Artículo 79. Petición. Artículo 80. Emisión de informes. Artículo 81. Solicitud de informes y dictámenes en los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Sección 4.ª Participación de los interesados Artículo 82. Trámite de audiencia. Artículo 83. Información pública. CAPÍTULO V. Finalización del procedimiento Sección 1.ª Disposiciones generales Artículo 84. Terminación. Artículo 85. Terminación en los procedimientos sancionadores. Artículo 86. Terminación convencional. Sección 2.ª Resolución Artículo 87. Actuaciones complementarias. Artículo 88. Contenido. Artículo 89. Propuesta de resolución en los procedimientos de carácter sancionador. Artículo 90. Especialidades de la resolución en los procedimientos sancionadores. Artículo 91. Especialidades de la resolución en los procedimientos en materia de responsabilidad patrimonial. Artículo 92. Competencia para la resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Sección 3.ª Desistimiento y renuncia Artículo 93. Desistimiento por la Administración. Artículo 94. Desistimiento y renuncia por los interesados. Sección 4.ª Caducidad Artículo 95. Requisitos y efectos. CAPÍTULO VI. De la tramitación simplificada del procedimiento administrativo común Artículo 96. Tramitación simplificada del procedimiento administrativo común. CAPÍTULO VII. Ejecución Artículo 97. Título. Artículo 98. Ejecutoriedad. Artículo 99. Ejecución forzosa. Artículo 100. Medios de ejecución forzosa. Artículo 101. Apremio sobre el patrimonio. Artículo 102. Ejecución subsidiaria. Artículo 103. Multa coercitiva. Artículo 104. Compulsión sobre las personas. Artículo 105. Prohibición de acciones posesorias. TÍTULO V. De la revisión de los actos en vía administrativa CAPÍTULO I. Revisión de oficio Artículo 106. Revisión de disposiciones y actos nulos. Artículo 107. Declaración de lesividad de actos anulables. Artículo 108. Suspensión. Artículo 109. Revocación de actos y rectificación de errores. Artículo 110. Límites de la revisión. Artículo 111. Competencia para la revisión de oficio de las disposiciones y de actos nulos y anulables en la Administración General del Estado. CAPÍTULO II. Recursos administrativos Sección 1.ª Principios generales Artículo 112. Objeto y clases. Artículo 113. Recurso extraordinario de revisión. Artículo 114. Fin de la vía administrativa. Artículo 115. Interposición de recurso. Artículo 116. Causas de inadmisión. Artículo 117. Suspensión de la ejecución. Artículo 118. Audiencia de los interesados. Artículo 119. Resolución. Artículo 120. Pluralidad de recursos administrativos. Sección 2.ª Recurso de alzada Artículo 121. Objeto. Artículo 122. Plazos. Sección 3.ª Recurso potestativo de reposición Artículo 123. Objeto y naturaleza. Artículo 124. Plazos. Sección 4.ª Recurso extraordinario de revisión Artículo 125. Objeto y plazos. Artículo 126. Resolución. TÍTULO VI. De la iniciativa legislativa y de la potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones Artículo 127. Iniciativa legislativa y potestad para dictar normas con rango de ley. Artículo 128. Potestad reglamentaria. Artículo 129. Principios de buena regulación. Artículo 130. Evaluación normativa y adaptación de la normativa vigente a los principios de buena regulación. Artículo 131. Publicidad de las normas. Artículo 132. Planificación normativa. Artículo 133. Participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos. [Disposiciones adicionales] Disposición adicional primera. Especialidades por razón de materia. Disposición adicional segunda. Adhesión de las Comunidades Autónomas y Entidades Locales a las plataformas y registros de la Administración General del Estado. Disposición adicional tercera. Notificación por medio de anuncio publicado en el «Boletín Oficial del Estado». Disposición adicional cuarta. Oficinas de asistencia en materia de registros. Disposición adicional quinta. Actuación administrativa de los órganos constitucionales del Estado y de los órganos legislativos y de control autonómicos. [Disposiciones transitorias] Disposición transitoria primera. Archivo de documentos. Disposición transitoria segunda. Registro electrónico y archivo electrónico único. Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio de los procedimientos. Disposición transitoria cuarta. Régimen transitorio de los archivos, registros y punto de acceso general. Disposición transitoria quinta. Procedimientos de responsabilidad patrimonial derivados de la declaración de inconstitucionalidad de una norma o su carácter contrario al Derecho de la Unión Europea. [Disposiciones derogatorias] Disposición derogatoria única. Derogación normativa. [Disposiciones finales] Disposición final primera. Título competencial. Disposición final segunda. Modificación de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. Disposición final tercera. Modificación de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social. Disposición final cuarta. Referencias normativas. Disposición final quinta. Adaptación normativa. Disposición final sexta. Desarrollo normativo de la Ley. Disposición final séptima. Entrada en vigor.
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127-133

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[Preámbulo] TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales Artículo 1. Objeto de la Ley. Artículo 2. Ámbito subjetivo de aplicación. TÍTULO I. De los interesados en el procedimiento CAPÍTULO I. La capacidad de obrar y el concepto de interesado Artículo 3. Capacidad de obrar. Artículo 4. Concepto de interesado. Artículo 5. Representación. Artículo 6. Registros electrónicos de apoderamientos. Artículo 7. Pluralidad de interesados. Artículo 8. Nuevos interesados en el procedimiento. CAPÍTULO II. Identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo Artículo 9. Sistemas de identificación de los interesados en el procedimiento. Artículo 10. Sistemas de firma admitidos por las Administraciones Públicas. Artículo 11. Uso de medios de identificación y firma en el procedimiento administrativo. Artículo 12. Asistencia en el uso de medios electrónicos a los interesados. TÍTULO II. De la actividad de las Administraciones Públicas CAPÍTULO I. Normas generales de actuación Artículo 13. Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Artículo 14. Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Artículo 15. Lengua de los procedimientos. Artículo 16. Registros. Artículo 17. Archivo de documentos. Artículo 18. Colaboración de las personas. Artículo 19. Comparecencia de las personas. Artículo 20. Responsabilidad de la tramitación. Artículo 21. Obligación de resolver. Artículo 22. Suspensión del plazo máximo para resolver. Artículo 23. Ampliación del plazo máximo para resolver y notificar. Artículo 24. Silencio administrativo en procedimientos iniciados a solicitud del interesado. Artículo 25. Falta de resolución expresa en procedimientos iniciados de oficio. Artículo 26. Emisión de documentos por las Administraciones Públicas. Artículo 27. Validez y eficacia de las copias realizadas por las Administraciones Públicas. Artículo 28. Documentos aportados por los interesados al procedimiento administrativo. CAPÍTULO II. Términos y plazos Artículo 29. Obligatoriedad de términos y plazos. Artículo 30. Cómputo de plazos. Artículo 31. Cómputo de plazos en los registros. Artículo 32. Ampliación. Artículo 33. Tramitación de urgencia. TÍTULO III. De los actos administrativos CAPÍTULO I. Requisitos de los actos administrativos Artículo 34. Producción y contenido. Artículo 35. Motivación. Artículo 36. Forma. CAPÍTULO II. Eficacia de los actos Artículo 37. Inderogabilidad singular. Artículo 38. Ejecutividad. Artículo 39. Efectos. Artículo 40. Notificación. Artículo 41. Condiciones generales para la práctica de las notificaciones. Artículo 42. Práctica de las notificaciones en papel. Artículo 43. Práctica de las notificaciones a través de medios electrónicos. Artículo 44. Notificación infructuosa. Artículo 45. Publicación. Artículo 46. Indicación de notificaciones y publicaciones. CAPÍTULO III. Nulidad y anulabilidad Artículo 47. Nulidad de pleno derecho. Artículo 48. Anulabilidad. Artículo 49. Límites a la extensión de la nulidad o anulabilidad de los actos. Artículo 50. Conversión de actos viciados. Artículo 51. Conservación de actos y trámites. Artículo 52. Convalidación. TÍTULO IV. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común CAPÍTULO I. Garantías del procedimiento Artículo 53. Derechos del interesado en el procedimiento administrativo. CAPÍTULO II. Iniciación del procedimiento Sección 1.ª Disposiciones generales Artículo 54. Clases de iniciación. Artículo 55. Información y actuaciones previas. Artículo 56. Medidas provisionales. Artículo 57. Acumulación. Sección 2.ª Iniciación del procedimiento de oficio por la administración Artículo 58. Iniciación de oficio. Artículo 59. Inicio del procedimiento a propia iniciativa. Artículo 60. Inicio del procedimiento como consecuencia de orden superior. Artículo 61. Inicio del procedimiento por petición razonada de otros órganos. Artículo 62. Inicio del procedimiento por denuncia. Artículo 63. Especialidades en el inicio de los procedimientos de naturaleza sancionadora. Artículo 64. Acuerdo de iniciación en los procedimientos de naturaleza sancionadora. Artículo 65. Especialidades en el inicio de oficio de los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Sección 3.ª Inicio del procedimiento a solicitud del interesado Artículo 66. Solicitudes de iniciación. Artículo 67. Solicitudes de iniciación en los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Artículo 68. Subsanación y mejora de la solicitud. Artículo 69. Declaración responsable y comunicación. CAPÍTULO III. Ordenación del procedimiento Artículo 70. Expediente Administrativo. Artículo 71. Impulso. Artículo 72. Concentración de trámites. Artículo 73. Cumplimiento de trámites. Artículo 74. Cuestiones incidentales. CAPÍTULO IV. Instrucción del procedimiento Sección 1.ª Disposiciones generales Artículo 75. Actos de instrucción. Artículo 76. Alegaciones. Sección 2.ª Prueba Artículo 77. Medios y período de prueba. Artículo 78. Práctica de prueba. Sección 3.ª Informes Artículo 79. Petición. Artículo 80. Emisión de informes. Artículo 81. Solicitud de informes y dictámenes en los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Sección 4.ª Participación de los interesados Artículo 82. Trámite de audiencia. Artículo 83. Información pública. CAPÍTULO V. Finalización del procedimiento Sección 1.ª Disposiciones generales Artículo 84. Terminación. Artículo 85. Terminación en los procedimientos sancionadores. Artículo 86. Terminación convencional. Sección 2.ª Resolución Artículo 87. Actuaciones complementarias. Artículo 88. Contenido. Artículo 89. Propuesta de resolución en los procedimientos de carácter sancionador. Artículo 90. Especialidades de la resolución en los procedimientos sancionadores. Artículo 91. Especialidades de la resolución en los procedimientos en materia de responsabilidad patrimonial. Artículo 92. Competencia para la resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Sección 3.ª Desistimiento y renuncia Artículo 93. Desistimiento por la Administración. Artículo 94. Desistimiento y renuncia por los interesados. Sección 4.ª Caducidad Artículo 95. Requisitos y efectos. CAPÍTULO VI. De la tramitación simplificada del procedimiento administrativo común Artículo 96. Tramitación simplificada del procedimiento administrativo común. CAPÍTULO VII. Ejecución Artículo 97. Título. Artículo 98. Ejecutoriedad. Artículo 99. Ejecución forzosa. Artículo 100. Medios de ejecución forzosa. Artículo 101. Apremio sobre el patrimonio. Artículo 102. Ejecución subsidiaria. Artículo 103. Multa coercitiva. Artículo 104. Compulsión sobre las personas. Artículo 105. Prohibición de acciones posesorias. TÍTULO V. De la revisión de los actos en vía administrativa CAPÍTULO I. Revisión de oficio Artículo 106. Revisión de disposiciones y actos nulos. Artículo 107. Declaración de lesividad de actos anulables. Artículo 108. Suspensión. Artículo 109. Revocación de actos y rectificación de errores. Artículo 110. Límites de la revisión. Artículo 111. Competencia para la revisión de oficio de las disposiciones y de actos nulos y anulables en la Administración General del Estado. CAPÍTULO II. Recursos administrativos Sección 1.ª Principios generales Artículo 112. Objeto y clases. Artículo 113. Recurso extraordinario de revisión. Artículo 114. Fin de la vía administrativa. Artículo 115. Interposición de recurso. Artículo 116. Causas de inadmisión. Artículo 117. Suspensión de la ejecución. Artículo 118. Audiencia de los interesados. Artículo 119. Resolución. Artículo 120. Pluralidad de recursos administrativos. Sección 2.ª Recurso de alzada Artículo 121. Objeto. Artículo 122. Plazos. Sección 3.ª Recurso potestativo de reposición Artículo 123. Objeto y naturaleza. Artículo 124. Plazos. Sección 4.ª Recurso extraordinario de revisión Artículo 125. Objeto y plazos. Artículo 126. Resolución. TÍTULO VI. De la iniciativa legislativa y de la potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones Artículo 127. Iniciativa legislativa y potestad para dictar normas con rango de ley. Artículo 128. Potestad reglamentaria. Artículo 129. Principios de buena regulación. Artículo 130. Evaluación normativa y adaptación de la normativa vigente a los principios de buena regulación. Artículo 131. Publicidad de las normas. Artículo 132. Planificación normativa. Artículo 133. Participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos. [Disposiciones adicionales] Disposición adicional primera. Especialidades por razón de materia. Disposición adicional segunda. Adhesión de las Comunidades Autónomas y Entidades Locales a las plataformas y registros de la Administración General del Estado. Disposición adicional tercera. Notificación por medio de anuncio publicado en el «Boletín Oficial del Estado». Disposición adicional cuarta. Oficinas de asistencia en materia de registros. Disposición adicional quinta. Actuación administrativa de los órganos constitucionales del Estado y de los órganos legislativos y de control autonómicos. [Disposiciones transitorias] Disposición transitoria primera. Archivo de documentos. Disposición transitoria segunda. Registro electrónico y archivo electrónico único. Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio de los procedimientos. Disposición transitoria cuarta. Régimen transitorio de los archivos, registros y punto de acceso general. Disposición transitoria quinta. Procedimientos de responsabilidad patrimonial derivados de la declaración de inconstitucionalidad de una norma o su carácter contrario al Derecho de la Unión Europea. [Disposiciones derogatorias] Disposición derogatoria única. Derogación normativa. [Disposiciones finales] Disposición final primera. Título competencial. Disposición final segunda. Modificación de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. Disposición final tercera. Modificación de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social. Disposición final cuarta. Referencias normativas. Disposición final quinta. Adaptación normativa. Disposición final sexta. Desarrollo normativo de la Ley. Disposición final séptima. Entrada en vigor.
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ARTS 106-126

Episode in LPAC 39
[Preámbulo] TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales Artículo 1. Objeto de la Ley. Artículo 2. Ámbito subjetivo de aplicación. TÍTULO I. De los interesados en el procedimiento CAPÍTULO I. La capacidad de obrar y el concepto de interesado Artículo 3. Capacidad de obrar. Artículo 4. Concepto de interesado. Artículo 5. Representación. Artículo 6. Registros electrónicos de apoderamientos. Artículo 7. Pluralidad de interesados. Artículo 8. Nuevos interesados en el procedimiento. CAPÍTULO II. Identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo Artículo 9. Sistemas de identificación de los interesados en el procedimiento. Artículo 10. Sistemas de firma admitidos por las Administraciones Públicas. Artículo 11. Uso de medios de identificación y firma en el procedimiento administrativo. Artículo 12. Asistencia en el uso de medios electrónicos a los interesados. TÍTULO II. De la actividad de las Administraciones Públicas CAPÍTULO I. Normas generales de actuación Artículo 13. Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Artículo 14. Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Artículo 15. Lengua de los procedimientos. Artículo 16. Registros. Artículo 17. Archivo de documentos. Artículo 18. Colaboración de las personas. Artículo 19. Comparecencia de las personas. Artículo 20. Responsabilidad de la tramitación. Artículo 21. Obligación de resolver. Artículo 22. Suspensión del plazo máximo para resolver. Artículo 23. Ampliación del plazo máximo para resolver y notificar. Artículo 24. Silencio administrativo en procedimientos iniciados a solicitud del interesado. Artículo 25. Falta de resolución expresa en procedimientos iniciados de oficio. Artículo 26. Emisión de documentos por las Administraciones Públicas. Artículo 27. Validez y eficacia de las copias realizadas por las Administraciones Públicas. Artículo 28. Documentos aportados por los interesados al procedimiento administrativo. CAPÍTULO II. Términos y plazos Artículo 29. Obligatoriedad de términos y plazos. Artículo 30. Cómputo de plazos. Artículo 31. Cómputo de plazos en los registros. Artículo 32. Ampliación. Artículo 33. Tramitación de urgencia. TÍTULO III. De los actos administrativos CAPÍTULO I. Requisitos de los actos administrativos Artículo 34. Producción y contenido. Artículo 35. Motivación. Artículo 36. Forma. CAPÍTULO II. Eficacia de los actos Artículo 37. Inderogabilidad singular. Artículo 38. Ejecutividad. Artículo 39. Efectos. Artículo 40. Notificación. Artículo 41. Condiciones generales para la práctica de las notificaciones. Artículo 42. Práctica de las notificaciones en papel. Artículo 43. Práctica de las notificaciones a través de medios electrónicos. Artículo 44. Notificación infructuosa. Artículo 45. Publicación. Artículo 46. Indicación de notificaciones y publicaciones. CAPÍTULO III. Nulidad y anulabilidad Artículo 47. Nulidad de pleno derecho. Artículo 48. Anulabilidad. Artículo 49. Límites a la extensión de la nulidad o anulabilidad de los actos. Artículo 50. Conversión de actos viciados. Artículo 51. Conservación de actos y trámites. Artículo 52. Convalidación. TÍTULO IV. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común CAPÍTULO I. Garantías del procedimiento Artículo 53. Derechos del interesado en el procedimiento administrativo. CAPÍTULO II. Iniciación del procedimiento Sección 1.ª Disposiciones generales Artículo 54. Clases de iniciación. Artículo 55. Información y actuaciones previas. Artículo 56. Medidas provisionales. Artículo 57. Acumulación. Sección 2.ª Iniciación del procedimiento de oficio por la administración Artículo 58. Iniciación de oficio. Artículo 59. Inicio del procedimiento a propia iniciativa. Artículo 60. Inicio del procedimiento como consecuencia de orden superior. Artículo 61. Inicio del procedimiento por petición razonada de otros órganos. Artículo 62. Inicio del procedimiento por denuncia. Artículo 63. Especialidades en el inicio de los procedimientos de naturaleza sancionadora. Artículo 64. Acuerdo de iniciación en los procedimientos de naturaleza sancionadora. Artículo 65. Especialidades en el inicio de oficio de los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Sección 3.ª Inicio del procedimiento a solicitud del interesado Artículo 66. Solicitudes de iniciación. Artículo 67. Solicitudes de iniciación en los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Artículo 68. Subsanación y mejora de la solicitud. Artículo 69. Declaración responsable y comunicación. CAPÍTULO III. Ordenación del procedimiento Artículo 70. Expediente Administrativo. Artículo 71. Impulso. Artículo 72. Concentración de trámites. Artículo 73. Cumplimiento de trámites. Artículo 74. Cuestiones incidentales. CAPÍTULO IV. Instrucción del procedimiento Sección 1.ª Disposiciones generales Artículo 75. Actos de instrucción. Artículo 76. Alegaciones. Sección 2.ª Prueba Artículo 77. Medios y período de prueba. Artículo 78. Práctica de prueba. Sección 3.ª Informes Artículo 79. Petición. Artículo 80. Emisión de informes. Artículo 81. Solicitud de informes y dictámenes en los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Sección 4.ª Participación de los interesados Artículo 82. Trámite de audiencia. Artículo 83. Información pública. CAPÍTULO V. Finalización del procedimiento Sección 1.ª Disposiciones generales Artículo 84. Terminación. Artículo 85. Terminación en los procedimientos sancionadores. Artículo 86. Terminación convencional. Sección 2.ª Resolución Artículo 87. Actuaciones complementarias. Artículo 88. Contenido. Artículo 89. Propuesta de resolución en los procedimientos de carácter sancionador. Artículo 90. Especialidades de la resolución en los procedimientos sancionadores. Artículo 91. Especialidades de la resolución en los procedimientos en materia de responsabilidad patrimonial. Artículo 92. Competencia para la resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Sección 3.ª Desistimiento y renuncia Artículo 93. Desistimiento por la Administración. Artículo 94. Desistimiento y renuncia por los interesados. Sección 4.ª Caducidad Artículo 95. Requisitos y efectos. CAPÍTULO VI. De la tramitación simplificada del procedimiento administrativo común Artículo 96. Tramitación simplificada del procedimiento administrativo común. CAPÍTULO VII. Ejecución Artículo 97. Título. Artículo 98. Ejecutoriedad. Artículo 99. Ejecución forzosa. Artículo 100. Medios de ejecución forzosa. Artículo 101. Apremio sobre el patrimonio. Artículo 102. Ejecución subsidiaria. Artículo 103. Multa coercitiva. Artículo 104. Compulsión sobre las personas. Artículo 105. Prohibición de acciones posesorias. TÍTULO V. De la revisión de los actos en vía administrativa CAPÍTULO I. Revisión de oficio Artículo 106. Revisión de disposiciones y actos nulos. Artículo 107. Declaración de lesividad de actos anulables. Artículo 108. Suspensión. Artículo 109. Revocación de actos y rectificación de errores. Artículo 110. Límites de la revisión. Artículo 111. Competencia para la revisión de oficio de las disposiciones y de actos nulos y anulables en la Administración General del Estado. CAPÍTULO II. Recursos administrativos Sección 1.ª Principios generales Artículo 112. Objeto y clases. Artículo 113. Recurso extraordinario de revisión. Artículo 114. Fin de la vía administrativa. Artículo 115. Interposición de recurso. Artículo 116. Causas de inadmisión. Artículo 117. Suspensión de la ejecución. Artículo 118. Audiencia de los interesados. Artículo 119. Resolución. Artículo 120. Pluralidad de recursos administrativos. Sección 2.ª Recurso de alzada Artículo 121. Objeto. Artículo 122. Plazos. Sección 3.ª Recurso potestativo de reposición Artículo 123. Objeto y naturaleza. Artículo 124. Plazos. Sección 4.ª Recurso extraordinario de revisión Artículo 125. Objeto y plazos. Artículo 126. Resolución. TÍTULO VI. De la iniciativa legislativa y de la potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones Artículo 127. Iniciativa legislativa y potestad para dictar normas con rango de ley. Artículo 128. Potestad reglamentaria. Artículo 129. Principios de buena regulación. Artículo 130. Evaluación normativa y adaptación de la normativa vigente a los principios de buena regulación. Artículo 131. Publicidad de las normas. Artículo 132. Planificación normativa. Artículo 133. Participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos.
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ARTS 34-52

Episode in LPAC 39
[Preámbulo] TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales Artículo 1. Objeto de la Ley. Artículo 2. Ámbito subjetivo de aplicación. TÍTULO I. De los interesados en el procedimiento CAPÍTULO I. La capacidad de obrar y el concepto de interesado Artículo 3. Capacidad de obrar. Artículo 4. Concepto de interesado. Artículo 5. Representación. Artículo 6. Registros electrónicos de apoderamientos. Artículo 7. Pluralidad de interesados. Artículo 8. Nuevos interesados en el procedimiento. CAPÍTULO II. Identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo Artículo 9. Sistemas de identificación de los interesados en el procedimiento. Artículo 10. Sistemas de firma admitidos por las Administraciones Públicas. Artículo 11. Uso de medios de identificación y firma en el procedimiento administrativo. Artículo 12. Asistencia en el uso de medios electrónicos a los interesados. TÍTULO II. De la actividad de las Administraciones Públicas CAPÍTULO I. Normas generales de actuación Artículo 13. Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Artículo 14. Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Artículo 15. Lengua de los procedimientos. Artículo 16. Registros. Artículo 17. Archivo de documentos. Artículo 18. Colaboración de las personas. Artículo 19. Comparecencia de las personas. Artículo 20. Responsabilidad de la tramitación. Artículo 21. Obligación de resolver. Artículo 22. Suspensión del plazo máximo para resolver. Artículo 23. Ampliación del plazo máximo para resolver y notificar. Artículo 24. Silencio administrativo en procedimientos iniciados a solicitud del interesado. Artículo 25. Falta de resolución expresa en procedimientos iniciados de oficio. Artículo 26. Emisión de documentos por las Administraciones Públicas. Artículo 27. Validez y eficacia de las copias realizadas por las Administraciones Públicas. Artículo 28. Documentos aportados por los interesados al procedimiento administrativo. CAPÍTULO II. Términos y plazos Artículo 29. Obligatoriedad de términos y plazos. Artículo 30. Cómputo de plazos. Artículo 31. Cómputo de plazos en los registros. Artículo 32. Ampliación. Artículo 33. Tramitación de urgencia. TÍTULO III. De los actos administrativos CAPÍTULO I. Requisitos de los actos administrativos Artículo 34. Producción y contenido. Artículo 35. Motivación. Artículo 36. Forma. CAPÍTULO II. Eficacia de los actos Artículo 37. Inderogabilidad singular. Artículo 38. Ejecutividad. Artículo 39. Efectos. Artículo 40. Notificación. Artículo 41. Condiciones generales para la práctica de las notificaciones. Artículo 42. Práctica de las notificaciones en papel. Artículo 43. Práctica de las notificaciones a través de medios electrónicos. Artículo 44. Notificación infructuosa. Artículo 45. Publicación. Artículo 46. Indicación de notificaciones y publicaciones. CAPÍTULO III. Nulidad y anulabilidad Artículo 47. Nulidad de pleno derecho. Artículo 48. Anulabilidad. Artículo 49. Límites a la extensión de la nulidad o anulabilidad de los actos. Artículo 50. Conversión de actos viciados. Artículo 51. Conservación de actos y trámites. Artículo 52. Convalidación. TÍTULO IV. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común CAPÍTULO I. Garantías del procedimiento Artículo 53. Derechos del interesado en el procedimiento administrativo. CAPÍTULO II. Iniciación del procedimiento Sección 1.ª Disposiciones generales Artículo 54. Clases de iniciación. Artículo 55. Información y actuaciones previas. Artículo 56. Medidas provisionales. Artículo 57. Acumulación. Sección 2.ª Iniciación del procedimiento de oficio por la administración Artículo 58. Iniciación de oficio. Artículo 59. Inicio del procedimiento a propia iniciativa. Artículo 60. Inicio del procedimiento como consecuencia de orden superior. Artículo 61. Inicio del procedimiento por petición razonada de otros órganos. Artículo 62. Inicio del procedimiento por denuncia. Artículo 63. Especialidades en el inicio de los procedimientos de naturaleza sancionadora. Artículo 64. Acuerdo de iniciación en los procedimientos de naturaleza sancionadora. Artículo 65. Especialidades en el inicio de oficio de los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Sección 3.ª Inicio del procedimiento a solicitud del interesado Artículo 66. Solicitudes de iniciación. Artículo 67. Solicitudes de iniciación en los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Artículo 68. Subsanación y mejora de la solicitud. Artículo 69. Declaración responsable y comunicación. CAPÍTULO III. Ordenación del procedimiento Artículo 70. Expediente Administrativo. Artículo 71. Impulso. Artículo 72. Concentración de trámites. Artículo 73. Cumplimiento de trámites. Artículo 74. Cuestiones incidentales. CAPÍTULO IV. Instrucción del procedimiento Sección 1.ª Disposiciones generales Artículo 75. Actos de instrucción. Artículo 76. Alegaciones. Sección 2.ª Prueba Artículo 77. Medios y período de prueba. Artículo 78. Práctica de prueba. Sección 3.ª Informes Artículo 79. Petición. Artículo 80. Emisión de informes. Artículo 81. Solicitud de informes y dictámenes en los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Sección 4.ª Participación de los interesados Artículo 82. Trámite de audiencia. Artículo 83. Información pública. CAPÍTULO V. Finalización del procedimiento Sección 1.ª Disposiciones generales Artículo 84. Terminación. Artículo 85. Terminación en los procedimientos sancionadores. Artículo 86. Terminación convencional. Sección 2.ª Resolución Artículo 87. Actuaciones complementarias. Artículo 88. Contenido. Artículo 89. Propuesta de resolución en los procedimientos de carácter sancionador. Artículo 90. Especialidades de la resolución en los procedimientos sancionadores. Artículo 91. Especialidades de la resolución en los procedimientos en materia de responsabilidad patrimonial. Artículo 92. Competencia para la resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Sección 3.ª Desistimiento y renuncia Artículo 93. Desistimiento por la Administración. Artículo 94. Desistimiento y renuncia por los interesados. Sección 4.ª Caducidad Artículo 95. Requisitos y efectos. CAPÍTULO VI. De la tramitación simplificada del procedimiento administrativo común Artículo 96. Tramitación simplificada del procedimiento administrativo común. CAPÍTULO VII. Ejecución Artículo 97. Título. Artículo 98. Ejecutoriedad. Artículo 99. Ejecución forzosa. Artículo 100. Medios de ejecución forzosa. Artículo 101. Apremio sobre el patrimonio. Artículo 102. Ejecución subsidiaria. Artículo 103. Multa coercitiva. Artículo 104. Compulsión sobre las personas. Artículo 105. Prohibición de acciones posesorias. TÍTULO V. De la revisión de los actos en vía administrativa CAPÍTULO I. Revisión de oficio Artículo 106. Revisión de disposiciones y actos nulos. Artículo 107. Declaración de lesividad de actos anulables. Artículo 108. Suspensión. Artículo 109. Revocación de actos y rectificación de errores. Artículo 110. Límites de la revisión. Artículo 111. Competencia para la revisión de oficio de las disposiciones y de actos nulos y anulables en la Administración General del Estado. CAPÍTULO II. Recursos administrativos Sección 1.ª Principios generales Artículo 112. Objeto y clases. Artículo 113. Recurso extraordinario de revisión. Artículo 114. Fin de la vía administrativa. Artículo 115. Interposición de recurso. Artículo 116. Causas de inadmisión. Artículo 117. Suspensión de la ejecución. Artículo 118. Audiencia de los interesados. Artículo 119. Resolución. Artículo 120. Pluralidad de recursos administrativos. Sección 2.ª Recurso de alzada Artículo 121. Objeto. Artículo 122. Plazos. Sección 3.ª Recurso potestativo de reposición Artículo 123. Objeto y naturaleza. Artículo 124. Plazos. Sección 4.ª Recurso extraordinario de revisión Artículo 125. Objeto y plazos. Artículo 126. Resolución. TÍTULO VI. De la iniciativa legislativa y de la potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones Artículo 127. Iniciativa legislativa y potestad para dictar normas con rango de ley. Artículo 128. Potestad reglamentaria. Artículo 129. Principios de buena regulación. Artículo 130. Evaluación normativa y adaptación de la normativa vigente a los principios de buena regulación. Artículo 131. Publicidad de las normas. Artículo 132. Planificación normativa. Artículo 133. Participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos.
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[Preámbulo] TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales Artículo 1. Objeto de la Ley. Artículo 2. Ámbito subjetivo de aplicación. TÍTULO I. De los interesados en el procedimiento CAPÍTULO I. La capacidad de obrar y el concepto de interesado Artículo 3. Capacidad de obrar. Artículo 4. Concepto de interesado. Artículo 5. Representación. Artículo 6. Registros electrónicos de apoderamientos. Artículo 7. Pluralidad de interesados. Artículo 8. Nuevos interesados en el procedimiento. CAPÍTULO II. Identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo Artículo 9. Sistemas de identificación de los interesados en el procedimiento. Artículo 10. Sistemas de firma admitidos por las Administraciones Públicas. Artículo 11. Uso de medios de identificación y firma en el procedimiento administrativo. Artículo 12. Asistencia en el uso de medios electrónicos a los interesados. TÍTULO II. De la actividad de las Administraciones Públicas CAPÍTULO I. Normas generales de actuación Artículo 13. Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Artículo 14. Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Artículo 15. Lengua de los procedimientos. Artículo 16. Registros. Artículo 17. Archivo de documentos. Artículo 18. Colaboración de las personas. Artículo 19. Comparecencia de las personas. Artículo 20. Responsabilidad de la tramitación. Artículo 21. Obligación de resolver. Artículo 22. Suspensión del plazo máximo para resolver. Artículo 23. Ampliación del plazo máximo para resolver y notificar. Artículo 24. Silencio administrativo en procedimientos iniciados a solicitud del interesado. Artículo 25. Falta de resolución expresa en procedimientos iniciados de oficio. Artículo 26. Emisión de documentos por las Administraciones Públicas. Artículo 27. Validez y eficacia de las copias realizadas por las Administraciones Públicas. Artículo 28. Documentos aportados por los interesados al procedimiento administrativo. CAPÍTULO II. Términos y plazos Artículo 29. Obligatoriedad de términos y plazos. Artículo 30. Cómputo de plazos. Artículo 31. Cómputo de plazos en los registros. Artículo 32. Ampliación. Artículo 33. Tramitación de urgencia. TÍTULO III. De los actos administrativos CAPÍTULO I. Requisitos de los actos administrativos Artículo 34. Producción y contenido. Artículo 35. Motivación. Artículo 36. Forma. CAPÍTULO II. Eficacia de los actos Artículo 37. Inderogabilidad singular. Artículo 38. Ejecutividad. Artículo 39. Efectos. Artículo 40. Notificación. Artículo 41. Condiciones generales para la práctica de las notificaciones. Artículo 42. Práctica de las notificaciones en papel. Artículo 43. Práctica de las notificaciones a través de medios electrónicos. Artículo 44. Notificación infructuosa. Artículo 45. Publicación. Artículo 46. Indicación de notificaciones y publicaciones. CAPÍTULO III. Nulidad y anulabilidad Artículo 47. Nulidad de pleno derecho. Artículo 48. Anulabilidad. Artículo 49. Límites a la extensión de la nulidad o anulabilidad de los actos. Artículo 50. Conversión de actos viciados. Artículo 51. Conservación de actos y trámites. Artículo 52. Convalidación. TÍTULO IV. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común CAPÍTULO I. Garantías del procedimiento Artículo 53. Derechos del interesado en el procedimiento administrativo. CAPÍTULO II. Iniciación del procedimiento Sección 1.ª Disposiciones generales Artículo 54. Clases de iniciación. Artículo 55. Información y actuaciones previas. Artículo 56. Medidas provisionales. Artículo 57. Acumulación. Sección 2.ª Iniciación del procedimiento de oficio por la administración Artículo 58. Iniciación de oficio. Artículo 59. Inicio del procedimiento a propia iniciativa. Artículo 60. Inicio del procedimiento como consecuencia de orden superior. Artículo 61. Inicio del procedimiento por petición razonada de otros órganos. Artículo 62. Inicio del procedimiento por denuncia. Artículo 63. Especialidades en el inicio de los procedimientos de naturaleza sancionadora. Artículo 64. Acuerdo de iniciación en los procedimientos de naturaleza sancionadora. Artículo 65. Especialidades en el inicio de oficio de los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Sección 3.ª Inicio del procedimiento a solicitud del interesado Artículo 66. Solicitudes de iniciación. Artículo 67. Solicitudes de iniciación en los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Artículo 68. Subsanación y mejora de la solicitud. Artículo 69. Declaración responsable y comunicación. CAPÍTULO III. Ordenación del procedimiento Artículo 70. Expediente Administrativo. Artículo 71. Impulso. Artículo 72. Concentración de trámites. Artículo 73. Cumplimiento de trámites. Artículo 74. Cuestiones incidentales. CAPÍTULO IV. Instrucción del procedimiento Sección 1.ª Disposiciones generales Artículo 75. Actos de instrucción. Artículo 76. Alegaciones. Sección 2.ª Prueba Artículo 77. Medios y período de prueba. Artículo 78. Práctica de prueba. Sección 3.ª Informes Artículo 79. Petición. Artículo 80. Emisión de informes. Artículo 81. Solicitud de informes y dictámenes en los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Sección 4.ª Participación de los interesados Artículo 82. Trámite de audiencia. Artículo 83. Información pública. CAPÍTULO V. Finalización del procedimiento Sección 1.ª Disposiciones generales Artículo 84. Terminación. Artículo 85. Terminación en los procedimientos sancionadores. Artículo 86. Terminación convencional. Sección 2.ª Resolución Artículo 87. Actuaciones complementarias. Artículo 88. Contenido. Artículo 89. Propuesta de resolución en los procedimientos de carácter sancionador. Artículo 90. Especialidades de la resolución en los procedimientos sancionadores. Artículo 91. Especialidades de la resolución en los procedimientos en materia de responsabilidad patrimonial. Artículo 92. Competencia para la resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Sección 3.ª Desistimiento y renuncia Artículo 93. Desistimiento por la Administración. Artículo 94. Desistimiento y renuncia por los interesados. Sección 4.ª Caducidad Artículo 95. Requisitos y efectos. CAPÍTULO VI. De la tramitación simplificada del procedimiento administrativo común Artículo 96. Tramitación simplificada del procedimiento administrativo común. CAPÍTULO VII. Ejecución Artículo 97. Título. Artículo 98. Ejecutoriedad. Artículo 99. Ejecución forzosa. Artículo 100. Medios de ejecución forzosa. Artículo 101. Apremio sobre el patrimonio. Artículo 102. Ejecución subsidiaria. Artículo 103. Multa coercitiva. Artículo 104. Compulsión sobre las personas. Artículo 105. Prohibición de acciones posesorias. TÍTULO V. De la revisión de los actos en vía administrativa CAPÍTULO I. Revisión de oficio Artículo 106. Revisión de disposiciones y actos nulos. Artículo 107. Declaración de lesividad de actos anulables. Artículo 108. Suspensión. Artículo 109. Revocación de actos y rectificación de errores. Artículo 110. Límites de la revisión. Artículo 111. Competencia para la revisión de oficio de las disposiciones y de actos nulos y anulables en la Administración General del Estado. CAPÍTULO II. Recursos administrativos Sección 1.ª Principios generales Artículo 112. Objeto y clases. Artículo 113. Recurso extraordinario de revisión. Artículo 114. Fin de la vía administrativa. Artículo 115. Interposición de recurso. Artículo 116. Causas de inadmisión. Artículo 117. Suspensión de la ejecución. Artículo 118. Audiencia de los interesados. Artículo 119. Resolución. Artículo 120. Pluralidad de recursos administrativos. Sección 2.ª Recurso de alzada Artículo 121. Objeto. Artículo 122. Plazos. Sección 3.ª Recurso potestativo de reposición Artículo 123. Objeto y naturaleza. Artículo 124. Plazos. Sección 4.ª Recurso extraordinario de revisión Artículo 125. Objeto y plazos. Artículo 126. Resolución. TÍTULO VI. De la iniciativa legislativa y de la potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones Artículo 127. Iniciativa legislativa y potestad para dictar normas con rango de ley. Artículo 128. Potestad reglamentaria. Artículo 129. Principios de buena regulación. Artículo 130. Evaluación normativa y adaptación de la normativa vigente a los principios de buena regulación. Artículo 131. Publicidad de las normas. Artículo 132. Planificación normativa. Artículo 133. Participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos.
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[Preámbulo] TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales Artículo 1. Objeto de la Ley. Artículo 2. Ámbito subjetivo de aplicación. TÍTULO I. De los interesados en el procedimiento CAPÍTULO I. La capacidad de obrar y el concepto de interesado Artículo 3. Capacidad de obrar. Artículo 4. Concepto de interesado. Artículo 5. Representación. Artículo 6. Registros electrónicos de apoderamientos. Artículo 7. Pluralidad de interesados. Artículo 8. Nuevos interesados en el procedimiento. CAPÍTULO II. Identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo Artículo 9. Sistemas de identificación de los interesados en el procedimiento. Artículo 10. Sistemas de firma admitidos por las Administraciones Públicas. Artículo 11. Uso de medios de identificación y firma en el procedimiento administrativo. Artículo 12. Asistencia en el uso de medios electrónicos a los interesados. TÍTULO II. De la actividad de las Administraciones Públicas CAPÍTULO I. Normas generales de actuación Artículo 13. Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Artículo 14. Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Artículo 15. Lengua de los procedimientos. Artículo 16. Registros. Artículo 17. Archivo de documentos. Artículo 18. Colaboración de las personas. Artículo 19. Comparecencia de las personas. Artículo 20. Responsabilidad de la tramitación. Artículo 21. Obligación de resolver. Artículo 22. Suspensión del plazo máximo para resolver. Artículo 23. Ampliación del plazo máximo para resolver y notificar. Artículo 24. Silencio administrativo en procedimientos iniciados a solicitud del interesado. Artículo 25. Falta de resolución expresa en procedimientos iniciados de oficio. Artículo 26. Emisión de documentos por las Administraciones Públicas. Artículo 27. Validez y eficacia de las copias realizadas por las Administraciones Públicas. Artículo 28. Documentos aportados por los interesados al procedimiento administrativo. CAPÍTULO II. Términos y plazos Artículo 29. Obligatoriedad de términos y plazos. Artículo 30. Cómputo de plazos. Artículo 31. Cómputo de plazos en los registros. Artículo 32. Ampliación. Artículo 33. Tramitación de urgencia. TÍTULO III. De los actos administrativos CAPÍTULO I. Requisitos de los actos administrativos Artículo 34. Producción y contenido. Artículo 35. Motivación. Artículo 36. Forma. CAPÍTULO II. Eficacia de los actos Artículo 37. Inderogabilidad singular. Artículo 38. Ejecutividad. Artículo 39. Efectos. Artículo 40. Notificación. Artículo 41. Condiciones generales para la práctica de las notificaciones. Artículo 42. Práctica de las notificaciones en papel. Artículo 43. Práctica de las notificaciones a través de medios electrónicos. Artículo 44. Notificación infructuosa. Artículo 45. Publicación. Artículo 46. Indicación de notificaciones y publicaciones. CAPÍTULO III. Nulidad y anulabilidad Artículo 47. Nulidad de pleno derecho. Artículo 48. Anulabilidad. Artículo 49. Límites a la extensión de la nulidad o anulabilidad de los actos. Artículo 50. Conversión de actos viciados. Artículo 51. Conservación de actos y trámites. Artículo 52. Convalidación. TÍTULO IV. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común CAPÍTULO I. Garantías del procedimiento Artículo 53. Derechos del interesado en el procedimiento administrativo. CAPÍTULO II. Iniciación del procedimiento Sección 1.ª Disposiciones generales Artículo 54. Clases de iniciación. Artículo 55. Información y actuaciones previas. Artículo 56. Medidas provisionales. Artículo 57. Acumulación. Sección 2.ª Iniciación del procedimiento de oficio por la administración Artículo 58. Iniciación de oficio. Artículo 59. Inicio del procedimiento a propia iniciativa. Artículo 60. Inicio del procedimiento como consecuencia de orden superior. Artículo 61. Inicio del procedimiento por petición razonada de otros órganos. Artículo 62. Inicio del procedimiento por denuncia. Artículo 63. Especialidades en el inicio de los procedimientos de naturaleza sancionadora. Artículo 64. Acuerdo de iniciación en los procedimientos de naturaleza sancionadora. Artículo 65. Especialidades en el inicio de oficio de los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Sección 3.ª Inicio del procedimiento a solicitud del interesado Artículo 66. Solicitudes de iniciación. Artículo 67. Solicitudes de iniciación en los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Artículo 68. Subsanación y mejora de la solicitud. Artículo 69. Declaración responsable y comunicación. CAPÍTULO III. Ordenación del procedimiento Artículo 70. Expediente Administrativo. Artículo 71. Impulso. Artículo 72. Concentración de trámites. Artículo 73. Cumplimiento de trámites. Artículo 74. Cuestiones incidentales. CAPÍTULO IV. Instrucción del procedimiento Sección 1.ª Disposiciones generales Artículo 75. Actos de instrucción. Artículo 76. Alegaciones. Sección 2.ª Prueba Artículo 77. Medios y período de prueba. Artículo 78. Práctica de prueba. Sección 3.ª Informes Artículo 79. Petición. Artículo 80. Emisión de informes. Artículo 81. Solicitud de informes y dictámenes en los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Sección 4.ª Participación de los interesados Artículo 82. Trámite de audiencia. Artículo 83. Información pública. CAPÍTULO V. Finalización del procedimiento Sección 1.ª Disposiciones generales Artículo 84. Terminación. Artículo 85. Terminación en los procedimientos sancionadores. Artículo 86. Terminación convencional. Sección 2.ª Resolución Artículo 87. Actuaciones complementarias. Artículo 88. Contenido. Artículo 89. Propuesta de resolución en los procedimientos de carácter sancionador. Artículo 90. Especialidades de la resolución en los procedimientos sancionadores. Artículo 91. Especialidades de la resolución en los procedimientos en materia de responsabilidad patrimonial. Artículo 92. Competencia para la resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Sección 3.ª Desistimiento y renuncia Artículo 93. Desistimiento por la Administración. Artículo 94. Desistimiento y renuncia por los interesados. Sección 4.ª Caducidad Artículo 95. Requisitos y efectos. CAPÍTULO VI. De la tramitación simplificada del procedimiento administrativo común Artículo 96. Tramitación simplificada del procedimiento administrativo común. CAPÍTULO VII. Ejecución Artículo 97. Título. Artículo 98. Ejecutoriedad. Artículo 99. Ejecución forzosa. Artículo 100. Medios de ejecución forzosa. Artículo 101. Apremio sobre el patrimonio. Artículo 102. Ejecución subsidiaria. Artículo 103. Multa coercitiva. Artículo 104. Compulsión sobre las personas. Artículo 105. Prohibición de acciones posesorias. TÍTULO V. De la revisión de los actos en vía administrativa CAPÍTULO I. Revisión de oficio Artículo 106. Revisión de disposiciones y actos nulos. Artículo 107. Declaración de lesividad de actos anulables. Artículo 108. Suspensión. Artículo 109. Revocación de actos y rectificación de errores. Artículo 110. Límites de la revisión. Artículo 111. Competencia para la revisión de oficio de las disposiciones y de actos nulos y anulables en la Administración General del Estado. CAPÍTULO II. Recursos administrativos Sección 1.ª Principios generales Artículo 112. Objeto y clases. Artículo 113. Recurso extraordinario de revisión. Artículo 114. Fin de la vía administrativa. Artículo 115. Interposición de recurso. Artículo 116. Causas de inadmisión. Artículo 117. Suspensión de la ejecución. Artículo 118. Audiencia de los interesados. Artículo 119. Resolución. Artículo 120. Pluralidad de recursos administrativos. Sección 2.ª Recurso de alzada Artículo 121. Objeto. Artículo 122. Plazos. Sección 3.ª Recurso potestativo de reposición Artículo 123. Objeto y naturaleza. Artículo 124. Plazos. Sección 4.ª Recurso extraordinario de revisión Artículo 125. Objeto y plazos. Artículo 126. Resolución. TÍTULO VI. De la iniciativa legislativa y de la potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones Artículo 127. Iniciativa legislativa y potestad para dictar normas con rango de ley. Artículo 128. Potestad reglamentaria. Artículo 129. Principios de buena regulación. Artículo 130. Evaluación normativa y adaptación de la normativa vigente a los principios de buena regulación. Artículo 131. Publicidad de las normas. Artículo 132. Planificación normativa. Artículo 133. Participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos.
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LEY 40/2015 TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales, principios de actuación y funcionamiento del sector público CAPÍTULO I. Disposiciones generales Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito Subjetivo. Artículo 3. Principios generales. Artículo 4. Principios de intervención de las Administraciones Públicas para el desarrollo de una actividad. CAPÍTULO II. De los órganos de las Administraciones Públicas Sección 1.ª De los órganos administrativos Artículo 5. Órganos administrativos. Artículo 6. Instrucciones y órdenes de servicio. Artículo 7. Órganos consultivos. Sección 2.ª Competencia Artículo 8. Competencia. Artículo 9. Delegación de competencias. Artículo 10. Avocación. Artículo 11. Encomiendas de gestión. Artículo 12. Delegación de firma. Artículo 13. Suplencia. Artículo 14. Decisiones sobre competencia. Sección 3.ª Órganos colegiados de las distintas administraciones públicas Subsección 1.ª Funcionamiento Artículo 15. Régimen. Artículo 16. Secretario. Artículo 17. Convocatorias y sesiones. Artículo 18. Actas. Subsección 2.ª De los órganos colegiados en la Administración General del Estado Artículo 19. Régimen de los órganos colegiados de la Administración General del Estado y de las Entidades de Derecho Público vinculadas o dependientes de ella. Artículo 20. Requisitos para constituir órganos colegiados. Artículo 21. Clasificación y composición de los órganos colegiados. Artículo 22. Creación, modificación y supresión de órganos colegiados. Sección 4.ª Abstención y recusación Artículo 23. Abstención. Artículo 24. Recusación. CAPÍTULO III. Principios de la potestad sancionadora Artículo 25. Principio de legalidad. Artículo 26. Irretroactividad. Artículo 27. Principio de tipicidad. Artículo 28. Responsabilidad. Artículo 29. Principio de proporcionalidad. Artículo 30. Prescripción. Artículo 31. Concurrencia de sanciones. CAPÍTULO IV. De la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas Sección 1.ª Responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas Artículo 32. Principios de la responsabilidad. Artículo 33. Responsabilidad concurrente de las Administraciones Públicas. Artículo 34. Indemnización. Artículo 35. Responsabilidad de Derecho Privado. Sección 2.ª Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas Artículo 36. Exigencia de la responsabilidad patrimonial de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas. Artículo 37. Responsabilidad penal. CAPÍTULO V. Funcionamiento electrónico del sector público Artículo 38. La sede electrónica. Artículo 39. Portal de internet. Artículo 40. Sistemas de identificación de las Administraciones Públicas. Artículo 41. Actuación administrativa automatizada. Artículo 42. Sistemas de firma para la actuación administrativa automatizada. Artículo 43. Firma electrónica del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Artículo 44. Intercambio electrónico de datos en entornos cerrados de comunicación. Artículo 45. Aseguramiento e interoperabilidad de la firma electrónica. Artículo 46. Archivo electrónico de documentos. Artículo 46 bis. Ubicación de los sistemas de información y comunicaciones para el registro de datos. CAPÍTULO VI. De los convenios Artículo 47. Definición y tipos de convenios. Artículo 48. Requisitos de validez y eficacia de los convenios. Artículo 49. Contenido de los convenios. Artículo 50. Trámites preceptivos para la suscripción de convenios y sus efectos. Artículo 51. Extinción de los convenios. Artículo 52. Efectos de la resolución de los convenios. Artículo 53. Remisión de convenios al Tribunal de Cuentas. TÍTULO I. Administración General del Estado CAPÍTULO I. Organización administrativa Artículo 54. Principios y competencias de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado. Artículo 55. Estructura de la Administración General del Estado. Artículo 56. Elementos organizativos básicos. CAPÍTULO II. Los Ministerios y su estructura interna Artículo 57. Los Ministerios. Artículo 58. Organización interna de los Ministerios. Artículo 59. Creación, modificación y supresión de órganos y unidades administrativas. Artículo 60. Ordenación jerárquica de los órganos ministeriales. Artículo 61. Los Ministros. Artículo 62. Los Secretarios de Estado. Artículo 63. Los Subsecretarios. Artículo 64. Los Secretarios generales. Artículo 65. Los Secretarios generales técnicos. Artículo 66. Los Directores generales. Artículo 67. Los Subdirectores generales. Artículo 68. Reglas generales sobre los servicios comunes de los Ministerios. CAPÍTULO III. Órganos territoriales Sección 1.ª La organización territorial de la Administración General del Estado Artículo 69. Las Delegaciones y las Subdelegaciones del Gobierno. Artículo 70. Los Directores Insulares de la Administración General del Estado. Artículo 71. Los servicios territoriales. Sección 2.ª Los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas Artículo 72. Los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas. Artículo 73. Competencias de los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas. Sección 3.ª Los Subdelegados del Gobierno en las provincias Artículo 74. Los Subdelegados del Gobierno en las provincias. Artículo 75. Competencias de los Subdelegados del Gobierno en las provincias. Sección 4.ª La estructura de las delegaciones del gobierno Artículo 76. Estructura de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno. Artículo 77. Asistencia jurídica y control económico financiero de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno. Sección 5.ª Órganos colegiados Artículo 78. La Comisión interministerial de coordinación de la Administración periférica del Estado. Artículo 79. Los órganos colegiados de asistencia al Delegado y al Subdelegado del Gobierno. CAPÍTULO IV. De la Administración General del Estado en el exterior Artículo 80. El Servicio Exterior del Estado. TÍTULO II. Organización y funcionamiento del sector público institucional CAPÍTULO I. Del sector público institucional Artículo 81. Principios generales de actuación. Artículo 82. El Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local. Artículo 83. Inscripción en el Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local. CAPÍTULO II. Organización y funcionamiento del sector público institucional estatal Artículo 84. Composición y clasificación del sector público institucional estatal. Artículo 85. Control de eficacia y supervisión continua. Artículo 86. Medio propio y servicio técnico. Artículo 87. Transformaciones de las entidades integrantes del sector público institucional estatal. CAPÍTULO III. De los organismos públicos estatales Sección 1.ª Disposiciones generales Artículo 88. Definición y actividades propias. Artículo 89. Personalidad jurídica y potestades. Artículo 90. Estructura organizativa en el sector público estatal. Artículo 91. Creación de organismos públicos estatales. Artículo 92. Contenido y efectos del plan de actuación. Artículo 93. Contenido de los estatutos. Artículo 94. Fusión de organismos públicos estatales. Artículo 95. Gestión compartida de servicios comunes. Artículo 96. Disolución de organismos públicos estatales. Artículo 97. Liquidación y extinción de organismos públicos estatales. Sección 2.ª Organismos autónomos estatales Artículo 98. Definición. Artículo 99. Régimen jurídico. Artículo 100. Régimen jurídico del personal y de contratación. Artículo 101. Régimen económico-financiero y patrimonial. Artículo 102. Régimen presupuestario, de contabilidad y control económico-financiero. Sección 3.ª Las entidades públicas empresariales de ámbito estatal Artículo 103. Definición. Artículo 104. Régimen jurídico. Artículo 105. Ejercicio de potestades administrativas. Artículo 106. Régimen jurídico del personal y de contratación. Artículo 107. Régimen económico-financiero y patrimonial. Artículo 108. Régimen presupuestario, de contabilidad y control económico-financiero. CAPÍTULO IV. Las autoridades administrativas independientes de ámbito estatal Artículo 109. Definición. Artículo 110. Régimen jurídico. CAPÍTULO V. De las sociedades mercantiles estatales Artículo 111. Definición. Artículo 112. Principios rectores. Artículo 113. Régimen jurídico. Artículo 114. Creación y extinción. Artículo 115. Régimen de responsabilidad aplicable a los miembros de los consejos de administración de las sociedades mercantiles estatales designados por la Administración General del Estado. Artículo 116. Tutela. Artículo 117. Régimen presupuestario, de contabilidad, control económico-financiero y de personal. CAPÍTULO VI. De los consorcios Artículo 118. Definición y actividades propias. Artículo 119. Régimen jurídico. Artículo 120. Régimen de adscripción. Artículo 121. Régimen de personal. Artículo 122. Régimen presupuestario, de contabilidad, control económico-financiero y patrimonial. Artículo 123. Creación. Artículo 124. Contenido de los estatutos. Artículo 125. Causas y procedimiento para el ejercicio del derecho de separación de un consorcio. Artículo 126. Efectos del ejercicio del derecho de separación de un consorcio. Artículo 127. Disolución del consorcio. CAPÍTULO VII. De las fundaciones del sector público estatal Artículo 128. Definición y actividades propias. Artículo 129. Régimen de adscripción de las fundaciones. Artículo 130. Régimen jurídico. Artículo 131. Régimen de contratación. Artículo 132. Régimen presupuestario, de contabilidad, de control económico-financiero y de personal. Artículo 133. Creación de fundaciones del sector público estatal. Artículo 134. Protectorado. Artículo 135. Estructura organizativa. Artículo 136. Fusión, disolución, liquidación y extinción. CAPÍTULO VIII. De los fondos carentes de personalidad jurídica del sector público estatal Artículo 137. Creación y extinción. Artículo 138. Régimen jurídico. Artículo 139. Régimen presupuestario, de contabilidad y de control económico-financiero. TÍTULO III. Relaciones interadministrativas CAPÍTULO I. Principios generales de las relaciones interadministrativas Artículo 140. Principios de las relaciones interadministrativas. CAPÍTULO II. Deber de colaboración Artículo 141. Deber de colaboración entre las Administraciones Públicas. Artículo 142. Técnicas de colaboración. CAPÍTULO III. Relaciones de cooperación Sección 1.ª Técnicas de cooperación Artículo 143. Cooperación entre Administraciones Públicas. Artículo 144. Técnicas de Cooperación. Sección 2.ª Técnicas orgánicas de cooperación Artículo 145. Órganos de cooperación. Artículo 146. Conferencia de Presidentes. Artículo 147. Conferencias Sectoriales. Artículo 148. Funciones de las Conferencias Sectoriales. Artículo 149. Convocatoria de las reuniones de las Conferencias Sectoriales. Artículo 150. Secretaría de las Conferencias Sectoriales. Artículo 151. Clases de decisiones de la Conferencia Sectorial. Artículo 152. Comisiones Sectoriales y Grupos de trabajo. Artículo 153. Comisiones Bilaterales de Cooperación. Artículo 154. Comisiones Territoriales de Coordinación. CAPÍTULO IV. Relaciones electrónicas entre las Administraciones Artículo 155. Transmisiones de datos entre Administraciones Públicas. Artículo 156. Esquema Nacional de Interoperabilidad y Esquema Nacional de Seguridad. Artículo 157. Reutilización de sistemas y aplicaciones de propiedad de la Administración. Artículo 158. Transferencia de tecnología entre Administraciones. Updated
LOSITSS TEMA 54 Ley 23/2015, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social (I): principios ordenadores del Sistema de Inspección. Funcionarios que integran el sistema. Derechos y deberes. La Función Inspectora. Facultades de los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social. Funciones de los Subinspectores Laborales, Escala de Empleo y Seguridad Social. Garantías en el ejercicio de las funciones inspectoras. Auxilio y colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Colaboración de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y de la colaboración con los funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. TEMA 55 Ley 23/2015, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social (II): de las actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, ámbito de actuación. Normas generales. Modalidades y documentación, caducidad de las actuaciones inspectoras. Medidas derivadas de la actividad inspectora. Presunción de certeza e información del Sistema de Inspección de Updated
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LEY 40/2015 TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales, principios de actuación y funcionamiento del sector público CAPÍTULO I. Disposiciones generales Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito Subjetivo. Artículo 3. Principios generales. Artículo 4. Principios de intervención de las Administraciones Públicas para el desarrollo de una actividad. CAPÍTULO II. De los órganos de las Administraciones Públicas Sección 1.ª De los órganos administrativos Artículo 5. Órganos administrativos. Artículo 6. Instrucciones y órdenes de servicio. Artículo 7. Órganos consultivos. Sección 2.ª Competencia Artículo 8. Competencia. Artículo 9. Delegación de competencias. Artículo 10. Avocación. Artículo 11. Encomiendas de gestión. Artículo 12. Delegación de firma. Artículo 13. Suplencia. Artículo 14. Decisiones sobre competencia. Sección 3.ª Órganos colegiados de las distintas administraciones públicas Subsección 1.ª Funcionamiento Artículo 15. Régimen. Artículo 16. Secretario. Artículo 17. Convocatorias y sesiones. Artículo 18. Actas. Subsección 2.ª De los órganos colegiados en la Administración General del Estado Artículo 19. Régimen de los órganos colegiados de la Administración General del Estado y de las Entidades de Derecho Público vinculadas o dependientes de ella. Artículo 20. Requisitos para constituir órganos colegiados. Artículo 21. Clasificación y composición de los órganos colegiados. Artículo 22. Creación, modificación y supresión de órganos colegiados. Sección 4.ª Abstención y recusación Artículo 23. Abstención. Artículo 24. Recusación. CAPÍTULO III. Principios de la potestad sancionadora Artículo 25. Principio de legalidad. Artículo 26. Irretroactividad. Artículo 27. Principio de tipicidad. Artículo 28. Responsabilidad. Artículo 29. Principio de proporcionalidad. Artículo 30. Prescripción. Artículo 31. Concurrencia de sanciones. CAPÍTULO IV. De la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas Sección 1.ª Responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas Artículo 32. Principios de la responsabilidad. Artículo 33. Responsabilidad concurrente de las Administraciones Públicas. Artículo 34. Indemnización. Artículo 35. Responsabilidad de Derecho Privado. Sección 2.ª Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas Artículo 36. Exigencia de la responsabilidad patrimonial de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas. Artículo 37. Responsabilidad penal. CAPÍTULO V. Funcionamiento electrónico del sector público Artículo 38. La sede electrónica. Artículo 39. Portal de internet. Artículo 40. Sistemas de identificación de las Administraciones Públicas. Artículo 41. Actuación administrativa automatizada. Artículo 42. Sistemas de firma para la actuación administrativa automatizada. Artículo 43. Firma electrónica del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Artículo 44. Intercambio electrónico de datos en entornos cerrados de comunicación. Artículo 45. Aseguramiento e interoperabilidad de la firma electrónica. Artículo 46. Archivo electrónico de documentos. Artículo 46 bis. Ubicación de los sistemas de información y comunicaciones para el registro de datos. CAPÍTULO VI. De los convenios Artículo 47. Definición y tipos de convenios. Artículo 48. Requisitos de validez y eficacia de los convenios. Artículo 49. Contenido de los convenios. Artículo 50. Trámites preceptivos para la suscripción de convenios y sus efectos. Artículo 51. Extinción de los convenios. Artículo 52. Efectos de la resolución de los convenios. Artículo 53. Remisión de convenios al Tribunal de Cuentas. TÍTULO I. Administración General del Estado CAPÍTULO I. Organización administrativa Artículo 54. Principios y competencias de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado. Artículo 55. Estructura de la Administración General del Estado. Artículo 56. Elementos organizativos básicos. CAPÍTULO II. Los Ministerios y su estructura interna Artículo 57. Los Ministerios. Artículo 58. Organización interna de los Ministerios. Artículo 59. Creación, modificación y supresión de órganos y unidades administrativas. Artículo 60. Ordenación jerárquica de los órganos ministeriales. Artículo 61. Los Ministros. Artículo 62. Los Secretarios de Estado. Artículo 63. Los Subsecretarios. Artículo 64. Los Secretarios generales. Artículo 65. Los Secretarios generales técnicos. Artículo 66. Los Directores generales. Artículo 67. Los Subdirectores generales. Artículo 68. Reglas generales sobre los servicios comunes de los Ministerios. CAPÍTULO III. Órganos territoriales Sección 1.ª La organización territorial de la Administración General del Estado Artículo 69. Las Delegaciones y las Subdelegaciones del Gobierno. Artículo 70. Los Directores Insulares de la Administración General del Estado. Artículo 71. Los servicios territoriales. Sección 2.ª Los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas Artículo 72. Los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas. Artículo 73. Competencias de los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas. Sección 3.ª Los Subdelegados del Gobierno en las provincias Artículo 74. Los Subdelegados del Gobierno en las provincias. Artículo 75. Competencias de los Subdelegados del Gobierno en las provincias. Sección 4.ª La estructura de las delegaciones del gobierno Artículo 76. Estructura de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno. Artículo 77. Asistencia jurídica y control económico financiero de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno. Sección 5.ª Órganos colegiados Artículo 78. La Comisión interministerial de coordinación de la Administración periférica del Estado. Artículo 79. Los órganos colegiados de asistencia al Delegado y al Subdelegado del Gobierno. CAPÍTULO IV. De la Administración General del Estado en el exterior Artículo 80. El Servicio Exterior del Estado. TÍTULO II. Organización y funcionamiento del sector público institucional CAPÍTULO I. Del sector público institucional Artículo 81. Principios generales de actuación. Artículo 82. El Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local. Artículo 83. Inscripción en el Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local. CAPÍTULO II. Organización y funcionamiento del sector público institucional estatal Artículo 84. Composición y clasificación del sector público institucional estatal. Artículo 85. Control de eficacia y supervisión continua. Artículo 86. Medio propio y servicio técnico. Artículo 87. Transformaciones de las entidades integrantes del sector público institucional estatal. CAPÍTULO III. De los organismos públicos estatales Sección 1.ª Disposiciones generales Artículo 88. Definición y actividades propias. Artículo 89. Personalidad jurídica y potestades. Artículo 90. Estructura organizativa en el sector público estatal. Artículo 91. Creación de organismos públicos estatales. Artículo 92. Contenido y efectos del plan de actuación. Artículo 93. Contenido de los estatutos. Artículo 94. Fusión de organismos públicos estatales. Artículo 95. Gestión compartida de servicios comunes. Artículo 96. Disolución de organismos públicos estatales. Artículo 97. Liquidación y extinción de organismos públicos estatales. Sección 2.ª Organismos autónomos estatales Artículo 98. Definición. Artículo 99. Régimen jurídico. Artículo 100. Régimen jurídico del personal y de contratación. Artículo 101. Régimen económico-financiero y patrimonial. Artículo 102. Régimen presupuestario, de contabilidad y control económico-financiero. Sección 3.ª Las entidades públicas empresariales de ámbito estatal Artículo 103. Definición. Artículo 104. Régimen jurídico. Artículo 105. Ejercicio de potestades administrativas. Artículo 106. Régimen jurídico del personal y de contratación. Artículo 107. Régimen económico-financiero y patrimonial. Artículo 108. Régimen presupuestario, de contabilidad y control económico-financiero. CAPÍTULO IV. Las autoridades administrativas independientes de ámbito estatal Artículo 109. Definición. Artículo 110. Régimen jurídico. CAPÍTULO V. De las sociedades mercantiles estatales Artículo 111. Definición. Artículo 112. Principios rectores. Artículo 113. Régimen jurídico. Artículo 114. Creación y extinción. Artículo 115. Régimen de responsabilidad aplicable a los miembros de los consejos de administración de las sociedades mercantiles estatales designados por la Administración General del Estado. Artículo 116. Tutela. Artículo 117. Régimen presupuestario, de contabilidad, control económico-financiero y de personal. CAPÍTULO VI. De los consorcios Artículo 118. Definición y actividades propias. Artículo 119. Régimen jurídico. Artículo 120. Régimen de adscripción. Artículo 121. Régimen de personal. Artículo 122. Régimen presupuestario, de contabilidad, control económico-financiero y patrimonial. Artículo 123. Creación. Artículo 124. Contenido de los estatutos. Artículo 125. Causas y procedimiento para el ejercicio del derecho de separación de un consorcio. Artículo 126. Efectos del ejercicio del derecho de separación de un consorcio. Artículo 127. Disolución del consorcio. CAPÍTULO VII. De las fundaciones del sector público estatal Artículo 128. Definición y actividades propias. Artículo 129. Régimen de adscripción de las fundaciones. Artículo 130. Régimen jurídico. Artículo 131. Régimen de contratación. Artículo 132. Régimen presupuestario, de contabilidad, de control económico-financiero y de personal. Artículo 133. Creación de fundaciones del sector público estatal. Artículo 134. Protectorado. Artículo 135. Estructura organizativa. Artículo 136. Fusión, disolución, liquidación y extinción. CAPÍTULO VIII. De los fondos carentes de personalidad jurídica del sector público estatal Artículo 137. Creación y extinción. Artículo 138. Régimen jurídico. Artículo 139. Régimen presupuestario, de contabilidad y de control económico-financiero. TÍTULO III. Relaciones interadministrativas CAPÍTULO I. Principios generales de las relaciones interadministrativas Artículo 140. Principios de las relaciones interadministrativas. CAPÍTULO II. Deber de colaboración Artículo 141. Deber de colaboración entre las Administraciones Públicas. Artículo 142. Técnicas de colaboración. CAPÍTULO III. Relaciones de cooperación Sección 1.ª Técnicas de cooperación Artículo 143. Cooperación entre Administraciones Públicas. Artículo 144. Técnicas de Cooperación. Sección 2.ª Técnicas orgánicas de cooperación Artículo 145. Órganos de cooperación. Artículo 146. Conferencia de Presidentes. Artículo 147. Conferencias Sectoriales. Artículo 148. Funciones de las Conferencias Sectoriales. Artículo 149. Convocatoria de las reuniones de las Conferencias Sectoriales. Artículo 150. Secretaría de las Conferencias Sectoriales. Artículo 151. Clases de decisiones de la Conferencia Sectorial. Artículo 152. Comisiones Sectoriales y Grupos de trabajo. Artículo 153. Comisiones Bilaterales de Cooperación. Artículo 154. Comisiones Territoriales de Coordinación. CAPÍTULO IV. Relaciones electrónicas entre las Administraciones Artículo 155. Transmisiones de datos entre Administraciones Públicas. Artículo 156. Esquema Nacional de Interoperabilidad y Esquema Nacional de Seguridad. Artículo 157. Reutilización de sistemas y aplicaciones de propiedad de la Administración. Artículo 158. Transferencia de tecnología entre Administraciones. Updated
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