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Podcast El Reto de Emprender
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Propiedad Industrial y Gestión de pymes
Avales públicos para empresas COVID19- Primer tramo de 20.000 millones
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22:43
Cómo crear y publicar un evento en Facebook
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En el día de hoy voy a explicar cómo crear y publicar un evento en Facebook para tu página. Esto es algo muy útil.
¿Qué podemos hacer al crear y publicar un evento en Facebook?. Entre otras cosas las siguientes:
Promocionar la apertura de una tienda o sucursal.
Promocionar la creación de una nueva línea de negocio.
Promocionar el lanzamiento de nuevo producto o servicio.
Promocionar la celebración de una presentación pública.
Promocionar un encuentro de grupo.
Crear y publicar un evento en Facebook
Para publicar un evento lo primero que tendréis que hacer es entrar en el timeline o muro de vuestra página de Facebook.
Como podéis ver en la siguiente imagen tenéis 3 posibilidades cuando miráis vuestro timeline:
Estado. Aquí puedes escribir la típica entrada de texto de Facebook, acompañándola de una fotografía, algún emoticono, tu localización e incluso configurar la fecha y hora de publicación de este estado.
Foto/video. En esta segunda opción puedes:
Subir fotos o videos.
Crear un album de fotos.
Crear una secuencia de fotos.
Crear una presentación.
Crear una presentación con Canvas.
Oferta, evento, +. En esta tercera opción aparece un desplegable con estas posibilidades:
Oferta.
Evento.
Hito.
Nota.
En el artículo de hoy vamos a explicar la segunda de las opciones del punto 3 anterior marcada con letra azul. Al hacer click sobre evento en nuestro timeline de Facebook se nos muestra un enlace en el que configuraremos todos los detalles u opciones del evento que vamos a crear.
¿Cuales son estas opciones? Vamos a verlas ahora mismo:
Primero nos da la opción de subir una imagen, y es muy importante que lo hagamos ya que los CTA (Call to action) con imagen tienen muchos más clicks que aquellos que no los tienen.
Hay que dar un nombre a ese evento. Ejemplo: "Presentación nuevo libro de El Reto de Emprender".
Luego puedes indicar una ubicación. Dado que incluye un callejero puedes fijar calle, número y ciudad.
Día y hora del inicio del evento en Facebook.
Como opcional tienes la posibilidad de indicar el final del evento en Facebook. Esto es importante porque hay mucha gente que si conoce de antemano la duración podrá plantearse el asistir.
Luego hay un campo para indicar la url de tu web a la que se dirigirán la personas que hagan click en el evento en Facebook cuando les aparezca en su timeline.
Puedes realizar una breve descripción del evento planificado.
Por último tienes la opción de marcar que sólo los organizadores puedan publicar en el muro del evento.
El nombre del artículo era cómo crear y publicar un evento en facebook, así que con todo lo contado ahora crearíamos el evento en facebook. Lo único que nos falta es darle al botón de publicar para que aparezca en nuestro muro. Llegados a este punto final tenemos tres opciones (dentro del botón publicar):
Publicar directamente en ese mismo momento.
Guardar todo lo que hemos hecho como borrador para terminar y publicar en otro momento.
Programar la publicación del evento en facebook para un día y hora determinadas.
Una vez que el evento en facebook se publique este llegará a toda la gente que nos siga y a su vez si es compartido por algunos de nuestro seguidores amplificaremos su alcance. Es lo que se llama alcance orgánico. Pero también tenemos la opción de ampliar este alcance. ¿Cómo? Promocionando el evento en Facebook a otras personas que definamos (edad, sexo, intereses, ubicación, etc...) mediante el pago de la cantidad de dinero (presupuesto diario) que decidamos, pero este tema de la promoción de pago en Facebook da para otro artículo que lo comentaremos en otro momento.
Cómo crear y publicar un evento en Facebook es un artículo publicado por Silvia Caravantes.
09:17
Cómo crear y publicar un evento en Facebook
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En el día de hoy voy a explicar cómo crear y publicar un evento en Facebook para tu página. Esto es algo muy útil. ¿Qué podemos hacer al crear y publicar un evento en Facebook?. Entre otras cosas las siguientes: Promocionar la apertura de una tienda o sucursal. Promocionar la creación de una nueva línea […]
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09:17
Registrar una marca igual al nombre de una empresa, ¿es posible?
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Si has pensando en registrar un nombre comercial o una marca igual al nombre de una empresa hoy voy a explicar si es posible o no, para evitar posibles problemas con los propietarios de la demominación social de la empresa.
¿Es posible registrar una marca igual al nombre de una empresa?
Este posible conflicto entre una nueva solicitud de nombre comercial o marca igual al nombre de una empresa ya existente viene regulado en el artículo 9.1.d. de la Ley de Marcas . En él se analiza la posibilidad de registrar una marca o nombre comercial si entra en conflicto con la razón social o denominación social de una empresa cuando estos signos (razón o denominación social, que comunmente llamamos "nombre") no están registrados en la OEPM. Por extensión, además de la razón social o denominación social también se refiere a la denominación de asociaciones, fundaciones, ongs, clubs de deporte, universidades, partidos políticos....
La razón social es la denominación por la que se conoce a una empresa, entendiendo como tal el nombre legal que aparece en el documentación de constitución de la sociedad (persona jurídica). Ejemplos de razón social: "Hermanos Bilbao Rodríguez SL", "Cervezas de Finlandia SA". Os dejo aquí un interesante enlace del Registro Mercantil Central en el que se habla de los criterios necesarios para solicitar una denominación social.
A esto no sólo hace mención el artículo 9 de la Ley sino también la Exposición de Motivos de la misma que establece : "el derecho de toda persona jurídica, que no hubiera registrado como nombre comercial su denominación o razón social, a formular la oportuna oposición al registro de una marca o nombre comercial posteriormente solicitados o a reclamar ante los tribunales la anulación de los mismos si hubieran sido ya registrados, cuando dichos signos distintivos se apliquen a productos, servicios o actividades idénticos o similares a aquellos para lo que se usa dicha denominación o razón social, siempre que se pruebe el uso prioritario de ésta en todo el territorio nacional y exista riesgo cierto de confusión en el público"
Pero veamos qué dice el artículo 9.1.d de la Ley de Marcas al respecto. Dice que sin la debida autorización no podrán registrarse como marca o nombre comerciales "la denominación o razón social de una persona jurídica que antes de la fecha de presentación o prioridad de la marca solicitada identifique en el tráfico económico a una persona distinta del solicitante, si, por ser idéntica o semejante a estos signos y por ser idéntico o similar su ámbito de aplicación, existe un riesgo de confusión en el público. A estos efectos, el titular de esos signos habrá de probar el uso o conocimiento notorio de dichos signos en el conjunto del territorio nacional." Desmenuzando el artículo vemos que para que la empresa a la que estamos "copiando" el nombre pueda impedir el registro se han de dar todas y cada una de las siguientes circunstancias:
Que el nombre comercial o la marca que pretendemos registrar sea idéntica o semejante a la razón social de una empresa que exista antes de la fecha de presentación de nuestra solicitud.
Que el nombre comercial o la marca que pretendemos registrar tenga un ámbito de aplicación idéntico o similar a la empresa con la que tenemos el conflicto, ya que podría existir un riesgo de confusión. Se aplica por tanto el principio de especialidad. Por ejemplo, la denominación Club Deportivo Numancia de Soria S.A.D. puede evitar el registro de nombres comerciales o marcas como "Club Deportivo Numancia" para servicios relacionados con el futbol pero tendría serios problemas para evitar el registro de una marca de humidificadores llamada "Numancia humidificadores".
El titular de la razón social tendrá que probar la notoriedad de la razón social. Notoriedad referida a uso y conocimiento del signo. Puedes leer este artículo que escribí sobre marcas notorias y marcas renombradas.
09:21
Registrar una marca igual al nombre de una empresa, ¿es posible?
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Si has pensando en registrar un nombre comercial o una marca igual al nombre de una empresa hoy voy a explicar si es posible o no, para evitar posibles problemas con los propietarios de la demominación social de la empresa. ¿Es posible registrar una marca igual al nombre de una empresa? Este posible conflicto entre […]
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09:21
Línea ICO Liquidez. Episodio 11
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En el podcast de hoy vamos a analizar la línea ICO LIQUIDEZ Emprendedores y Empresas, desgranando de manera sencilla todos las características de la misma.
Línea ICO Liquidez
Lo primero que tenemos que saber es que los préstamos ICO LIQUIDEZ están dentro de la línea que este año el Instituto de Crédito Oficial (ICO) ha llamado "ICO Empresas y Emprendedores ".
Beneficiarios de los préstamos: autónomos y entidades públicas y privadas (empresas, fundaciones, ONG´S, Administración Pública) que necesiten cubrir sus necesidades de liquidez con independencia de su domicilio fiscal y de si la mayor parte de su capital es español o extranjero.
Conceptos financiables: necesidades de circulante tales como gastos corrientes, nóminas, pagos a proveedores, compra de mercancía, etc. En teoría, en el caso de la línea ICO LIQUIDEZ no se necesita justificar el destino de los fondos, pero ya sabes que si no lo haces el banco no te va a dar ni un duro. Así que lo más conveniente si vas a solicitar una línea ICO LIQUIDEZ es que presentes al banco al menos tu previsión de tesorería para los próximos 12 - 24 meses, en los que quede justificado los pagos que vas a acometer y entre los que puedes incluir como hemos visto nóminas, compra de mercancía y otros, y que justifiquen las solicitud de este nuevo préstamo. Escribí una entrada en la que explico cómo realizar una previsión de tesorería para los próximos 12 meses. Puedes leerla aquí .
Dónde se puede solicitar la financiación: En cualquiera de las Entidades de Crédito que colaboran con el ICO en este producto. Hay 23 entidades en las que se puede solicitar esta línea ICO LIQUIDEZ, entre las que están bancos con presencia en todo el territorio nacional. Puedes comprobar esta lista actualizada aquí.
Quién concede la financiación: la decisión no está en el ICO sino que es la Entidad Colaboradora ( el banco que escojas del listado anterior) con la que tramites el préstamo la que aprobará o denegará la solicitud que presentes. Son estas Entidades las que asumen en parte el riesgo de impago del cliente y no el ICO, por lo que van a ser ellas las que se encargarán de analizar la viabilidad de la operación que propongas, y te van a exigir las garantías que correspondan ( avales, etc..).
Importe máximo por cliente y año: 12,5 Millones de euros por cliente, en una o varias operaciones.
Modalidad: en el caso de la línea ICO LIQUIDEZ la operación se formalizará bajo la modalidad de préstamo. Una vez formalizada la operación, la Entidad solicita los fondos al ICO, que se los entregará al cliente de una sola vez. No se permitirá que la Entidad entregue los mismos fraccionadamente ni contra certificaciones.
Plazo de Amortización y posible carencia:
Préstamo a 1 año, con una posible carencia de principal de 1 año. Si optas por la carencia, irías pagando intereses durante el año y a final devolverías el capital prestado. Si no optas por la carencia pagarás cuotas de capital más intereses durante todo el año.
Préstamo a 2 años, con una posible carencia de principal de 1 año. Si optas por esta carencia el primer año pagarás sólo intereses, y en el segundo año pagarás también intereses y devolverás todo el capital prestado. Si no optas por la carencia en los dos años pagarás cuotas de capital más intereses.
Préstamo a 3 años, con una posible carencia de principal de 1 año. Si optas por esta carencia el primer año pagarás sólo intereses, y los dos siguientes pagarás intereses y devolverás el capital prestado. Si no optas por la carencia en los 3 años pagarás una cuota de capital más intereses.
Préstamo a 4 años, con una posible carencia de principal de 1 año.
Tipo de interés del préstamo: el cliente podrá elegir entre un tipo de interés fijo o variable.
Para operaciones a plazo igual a 1 año: el banco te aplicará el tipo fijo o variable (tú puedes elegir uno u otro) más un margen de "hasta" 2,30%.
13:17
Línea ICO Liquidez. Episodio 11
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En el podcast de hoy vamos a analizar la línea ICO LIQUIDEZ Emprendedores y Empresas, desgranando de manera sencilla todos las características de la misma. Línea ICO Liquidez Lo primero que tenemos que saber es que los préstamos ICO LIQUIDEZ están dentro de la línea que este año el Instituto de Crédito Oficial (ICO) ha […]
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13:17
Elegir un nombre de dominio: 10 recomendaciones
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En el podcast de hoy vamos a hablar de cómo elegir un nombre de dominio exponiendo una serie de recomendaciones basadas en mi experiencia en propiedad industrial estos últimos 3 años. Como vimos en episodios anteriores en caso de que decidamos tener nuestra propia web podemos optar por opciones gratuitas y también podemos decidir contratar nuestro dominio y alojamiento. Hoy vamos a hablar sobre elegir un nombre de dominio.
Recomendaciones al elegir un nombre de dominio
Estas son :
La primera recomendación es que alinees tu decisión respecto a elegir un nombre de dominio con la estrategia comercial de tu proyecto. Esto significa que si ya tienes un nombre comercial o marca 100% operativa con la que vienes trabajando desde hace tiempo y te está dando resultados, la primera opción debería ser que nuestro nombre de dominio sea similar a nuestra marca o nombre comercial. He comprobado con sorpresa cómo hay negocios que tienen una marca o nombre comercial legalmente registrado, utilizan como distintivos en sus puntos de venta esta marca modificada y como nombre de dominio otro diferente. En caso de un conflicto con un competidor esto dificulta y mucho la defensa. Y aunque parezca de locos esta situación es más habitual de lo que pensáis.
Si aún no habéis registrado vuestra marca o nombre comercial es importante que no registréis un dominio que entre en conflicto con una marca o nombre comercial preexistente, ya que en este caso el titular de esta marca puede exigir legalmente que dejemos de usar este dominio. Sobre esto escribí hace tiempo el siguiente artículo: ¿Puedo registrar un dominio si es parecido a una marca o nombre comercial?, os recomiendo que lo leáis.
Tomada este decisión el siguiente paso es comprobar si ese dominio que tenéis en mente está libre o no. Esto lo podéis hacer en la web de ICAAN. ICAAN es el almacén central mundial de direcciones IP. Aquí podrás comprobar la disponibilidad de un dominio web. De todas formas cualquier proveedor os va a permitir utilizar un servicio de búsqueda previo al registro. Proveedores que os permitan registrar vuestro dominio hay muchos. A modo de recomendación os dejo estos tres: Namecheap, Godaddy, o Webempresa. En estos proveedores puedes hacer al igual que en ICAAN la búsqueda previa de tu dominio.
Una vez hayáis hecho las búsquedas respecto a la disponibilidad de marca y nombre de dominio, mi recomendación es que registréis ambos, dominio y marca (me estoy refiriendo a un proyecto que quieres monetizar, en otro caso con el registro del dominio es suficiente). Respecto al registro de la marca o nombre comercial tengo a disposición de todos los lectores un servicio de registro de marcas, nombres comerciales y logotipos que incluye la búsqueda previa de disponibilidad de la marca o nombre comercial.
Las extensiones a la hora de elegir un nombre de dominio son muchas, y han sido recientemente ampliadas: desde la extensión más extendida .com a nuevas extensiones como .academy. Extensiones nacionales como la extensión .es o bien otras tipo .edu, .net, .org. Si váis a registrar vuestro proyecto os recomiendo registrar si es posible al menos el .com y el .es, redireccionando el segundo hacia el primero. Hay proyectos que para evitar futuros conflictos registran también otras extensiones para el mismo nombre de dominio, como las extensiones .net.
En cuanto a los precios, estos van a depender de que el dominio elegido este libre o no. Hay muchos dominios que están registrados pero que no están en uso. Si no entran en conflicto con una marca preexistente pueden ser una opción. En muchos casos estos dominios se venden por un precio superior al inicial. Cuando realizáis vuestra búsqueda en el proveedor de servicios si el dominio está ya registrado pero aparece a la venta indicará normalmente un precio de venta. Si no está registrado os dará la disponibilidad y precio para las distintas extensiones, como .com, .net, .org, etc.
14:45
Elegir un nombre de dominio: 10 recomendaciones
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En el podcast de hoy vamos a hablar de cómo elegir un nombre de dominio exponiendo una serie de recomendaciones basadas en mi experiencia en propiedad industrial estos últimos 3 años. Como vimos en episodios anteriores en caso de que decidamos tener nuestra propia web podemos optar por opciones gratuitas y también podemos decidir contratar […]
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14:45
Página web gratuita o web de pago. Episodio 9
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Algunos de mis amigos me preguntaban estas pasadas vacaciones de Navidad cómo realicé la transición desde un blog gratuito hasta mi propia web. Al final la conversación terminaba en la pregunta de si era conveniente crear una página web gratuita o de pago, y esta será la base de este episodio 9 del podcast. Hace unas semanas publiqué un podcast en el que daba algunas opciones para estar estar en internet, si hay no te lo has planteado, en el que entré sobre todo a detalle en el caso de que descartemos tener una web y nos centremos nuestra presencia en internet en redes sociales.
Página web gratuita o página web de pago
Como sabes, no hace falta que yo te lo cuente ahora...... hay miles de artículos al respecto. Yo te daré mi opinión basada en algo más de 3 años trabajando con webs y algo más en redes sociales.
De partida hay dos opciones para plantearte una web:
Opción página web gratuita.
Opción página web de pago
Para la primera opción de la página web gratuita lo más socorrido puede ser utilizar la plataforma Blogspot (Blooger) de Google o bien la de Wordpress.com . Nacieron inicialmente como blogs pero realmente hay muchísimas personas que ya utilizan los blogs para vender artículos o servicios. Ten en cuenta que las últimas actualizaciones de ambas plataformas permiten utilizar distintas plantillas que incluyen un enorme número de funcionalidades, que no son complejas de manejar, por lo que puedes darle a tu web/blog un look bastante atractivo. El problema es que ya sabes que nadie regala nada......y el gran inconveniente de estas opciones gratuitas u otras que puedas contemplar es que no vas a ser el propietario de lo que escribas. Es para explicarlo de forma muy gráfica como "vivir de prestado". Te pueden dejar un piso muy mono, te vas a vivir allí, te empieza a gustar, lo reformas, lo redecoras y un buen día el propietario te puede decir que te vayas a a la calle. Pues eso ni más ni menos es lo que te puede pasar en cualquier de estas plataformas gratuitas. Aunque hay otras esta sería la principal desventaja.
La otra opción implica crear una web no gratuita, esto es, comprar un dominio y un alojamiento. Un dominio puede costar unos 8 €/año, aunque los hay más baratos por apenas 2 €/año y más caros hasta costar miles de euros. Para la compra de dominios utilizo el servicio de Namecheap. En cuanto al alojamiento hay opciones gratuitas con fucionalidades limitadas pero lo normal es que podemas hablar quizá de unos 60 €/año como mínimo. En el caso del alojamiento en la actualidad tengo el alojamiento en Webempresa. Así que por unos 70 € al año podemos tener nuestro dominio y nuestro alojamiento. Ahora nos falta el gestor de contenidos, nuestra página web. Para crear tu página web también hay varias opciones, desde que la crees tu mísmo programando desde cero hasta la más habitual que es comprar una plantilla que existe en el mercado y que por decirlo de alguna forma viene ya preconfigurada en su mayor parte para que tu la personalices con tus datos. El gestor de contenidos que más ha crecido en los últimos 5 años es Wordpress que a día de hoy va camino de tener una cuota de mercado a nivel mundial cercana al 30%. Hay miles de plantillas o temas de wordpress gratuitas. Aquí os dejo el repositorio de temas de wordpress para que os decarguéis cualquiera de ellas. Y también hay plantillas que ofrecen funcionalidades premium y que tienen coste. Yo trabajo con Genesis Framework creada por StudioPress. Si visitas la web de StudioPress verás que tienen un buen número de "temas hijo" o "child themes" que son distintas opciones que tienes para utilizar como web.
Bueno, con esto termino por hoy. En el siguiente capítulo que trate sobre esto os intentaré explicar por qué he elegido y mantengo Genesis a pesar de que para algunos clientes he montado otros temas quizá más vistosos pero con un código más complejo.
¿Página web gratuita o de pago?.
09:53
Página web gratuita o web de pago. Episodio 9
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Algunos de mis amigos me preguntaban estas pasadas vacaciones de Navidad cómo realicé la transición desde un blog gratuito hasta mi propia web. Al final la conversación terminaba en la pregunta de si era conveniente crear una página web gratuita o de pago, y esta será la base de este episodio 9 del podcast. Hace […]
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09:53
Cómo reducir el coste de una póliza de crédito
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En el episodio de hoy vamos a explicar cómo reducir el coste de una póliza de crédito con independencia de la entidad en la que tengas fomalizada esta póliza o cuenta de crédito.
Cómo reducir el coste de una póliza de crédito
Para ello tenemos que tener claro algunos conceptos muy básicos. Son estos:
Diferencia entre crédito y préstamo. De forma coloquial el crédito es una cantidad o suma económica que el banco pone a tu disposición (por ejemplo: 30.000 €) en el momento que firmas el documento contractual entre tú o tu empresa y el banco pero que no lo ingresan en tu cuenta sino que tienes la posibilidad de disponer de él. Pagarás intereses por esos 30.000 € en la medida que los vayas disponiendo. Si dispones 10.000 € pagarás intereses por esos 10.000 € pero no por los 20.000 € restantes. En esto se diferencia de un préstamo en el cual al momento de la firma el dinero va a tu cuenta y empiezas a pagar intereses de todo el importe (30.000 €) y además a devolver el capital desde ese momento.
Comisión de disponibilidad. Es un porcentaje que te cobra el banco por el importe de la póliza que no has utilizado. En el ejemplo que estamos utilizando de una cuenta de crédito de 30.000 €, si no la llegamos a utilizar (disponer) en todo el año el banco no nos cobraría intereses pero si que nos cobraría esta comisión de disponibilidad. Se trata de una comisión que se desglosa como trimestral aunque tiene su equivalencia anual. Lo habitual en el mercado va desde el 0,10% trimestral (0,40% anual) hasta el 0,50% trimestreal (2% anual).
Tipo de interés de la póliza de crédito. Es el precio que vas a pagar por el dinero que finalmente tomes prestado del crédito concedido. Aunque se pueda revisar cada trimestre o cada semestre hablamos de un tipo de interés anual. En la actualidad aunque el Euribor 12 meses está al -0,002 (sí has leído bien, negativo) a cierre del 05 de febrero de 2016 los tipos que los bancos cobran a sus clientes son superiores. El banco te puede cobrar un tipo fijo o bien un tipo variable. En uno u otro caso a día de hoy lo normal es que los tipos vayan del 4% al 6%. Hay pólizas de crédito que están por debajo de este rango de tipos para clientes con una calificación crediticia muy buena y otras que están por debajo con tipos de interés por encima del 6%.
Para explicar cómo reducir el coste de una póliza de crédito vamos a utilizar una herramienta que no tiene coste alguno para el titular de la cuenta de crédito y que consiste en barrer diariamente el saldo de la cuenta corriente a la póliza de crédito. Para ello tendrás que hacer un seguimiento diario a tu cuenta corriente que no te debe llevar más de un minuto y solicitar al banco que te conecte la cuenta corriente con la póliza de crédito, de tal forma que aunque dejes la cuenta corriente a cero si te llega por ejemplo un cargo de un seguro esté se atenderá ya que la póliza de crédito tiene saldo disponible a tu favor.
Si tienes un tipo de interés de 6% anual en tu póliza de crédito y una comisión de disponibilidad anual del 1% por cada 6.000 euros que lleves de media de tu cuenta corriente a tu cuenta de crédito ahorrarás 300€/año. Esto significa que si por ejemplo habitualmente tienes en la cuenta corriente del negocio unos 18.000 €, si esto estuviese en la cuenta de crédito el ahorro subiería a 900 €/año. Aunque te parezca increible hay casos reales de empresas que tienen cuentas de crédito de importes elevados dispuestos (en torno a 300.000 €) y tienen saldos medios en cuenta corriente de más de 60.000 €. Realizar esto que acabo de comentar les supone un ahorro de 3.000 €/año.
Si este podcast te resultó interesante por favor compártelo en redes sociales. Gracias.
Episodio 8, cómo reducir el coste de una póliza de crédito es un artículo publicado por Silvia Caravantes.
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11:57
Cómo reducir el coste de una póliza de crédito. Episodio 8
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En el episodio de hoy vamos a explicar cómo reducir el coste de una póliza de crédito con independencia de la entidad en la que tengas fomalizada esta póliza o cuenta de crédito. Cómo reducir el coste de una póliza de crédito Para ello tenemos que tener claro algunos conceptos muy básicos. Son estos: Diferencia […]
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11:57
Cuenta 123 autónomos. Episodio 7
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Muy buenos días, en el podcast de hoy Juan Luis explica en qué consiste la cuenta 123 autónomos de Banco Santander, sus requisitos, la bonificaciones que tendrás si cumples las condiciones de la cuenta, su coste, así como sus ventajas e inconvenientes. ¡Let´s go! ;)
Cuenta 123 autónomos de Banco Santander
A nuestro modo de ver es una cuenta interesante para autónomos porque limita el gasto por transferencias (hasta un límite de 50.000 € por operación) y por ingresos de cheques, ya que no tiene coste a cambio de pagar un mantenimientno en la cuenta 123 autónomo de Banco Santander de 9 € al mes. Tampoco tiene coste la tarjeta de débito y la tarjeta de crédito asociada siempre y cuando se cumplan las condiciones explicadas a detalle en el podcast. Dichos de otro modo, el coste de transferencias, ingreso de cheques y tarjetas asociadas a la cuenta pasa a tener una tarifa plana: 9€/mes.
A nuestro modo de ver el atractivo más alla de las bonificaciones del 1%, 2% o 3% en distintos conceptos que quedan explicados en el podcast viene por el hecho de acotar el gasto de transferencias, ingresos de cheques y tarjetas antes comentado. Tal y como explicamos en el podcast la bonificación media por los conceptos recogidos en el sistema 1%,2% y 3% para un autónomo sin empleados puede estar en el entorno de los 20 € mes , y si le quitamos los 9€ de comisión de mantenimiento mensual de la cuenta, nos queda una bonificación neta de unos 10€. Así que la cuenta te puede dar un saldo positivo en tu operativa habitual.
Esta cuenta la desaconsejamos para nuevos autónomos ya que uno de los requitisitos en realizar en la cuenta 123 autónomos al menos 9.000 € de ingresos cada 3 meses, esto es, 3.000 € mes si prorrateamos, y esto para alguien que empieza es mucho. Por lo que si estas empezando y vas a mover poco dinero has de saber que no te vas a beneficiar de las bonificaciones que detallamos en el podcast y que además la comisión de mantenimiento mensual en lugar de ser 9 euros al mes pasa a ser de 18 euros al mes. También las tarjetas pasan a tener 36 €/año tanto para el débito como para el crédito. También desaparecen las exenciones por ingreso de cheques o por emisión de transferencias. En cristiano...prepárate a pagar por todo.
Si estáis empezando una buena alternativa es la cuenta autónomos de Banco Sabadell en la que los requisitos se ajustan mucho más a alguien que empieza a trabajar por su cuenta. Os dejo el enlace aquí de un artículo que escribí detallando en qué consiste, requisitos, ventajas e inconvenientes:
Cuenta autónomos de Banco Sabadell.
Para terminar, y tal y como indicamos en el podcast, os dejamos dos enlaces, uno al artículo que escribí en el que explicaba la cuenta 123 de Banco Santander para particulares, y otro enlace en el que aparecen las condiciones precontractuales de la cuenta 123 autónomos, esto es, todos y cada uno de los detalles del contrato en caso de que firméis (es un documento de la web de Banco Santander). Aquí van los enlaces:
Cuenta 123 particulares de Banco Santander.
Documento precontractual de la cuenta 123 autónomos de Banco Santander. (es un documento pdf de la web de Banco Santander)
Si este artículo y el podcast te ha resultado interesante por favor compártelo. ¡Gracias!
Episodio 7. Cuenta 123 autónomos de Banco Santander es un artículo publicado por Silvia Caravantes
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14:15
Cuenta 123 autónomos. Episodio 7
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Muy buenos días, en el podcast de hoy Juan Luis explica en qué consiste la cuenta 123 autónomos de Banco Santander, sus requisitos, la bonificaciones que tendrás si cumples las condiciones de la cuenta, su coste, así como sus ventajas e inconvenientes. ¡Let´s go! 😉 Cuenta 123 autónomos de Banco Santander A nuestro modo de […]
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14:15
Actualizar el sitemap diariamente. Episodio 6
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En el podcast de hoy vamos a explicar de forma sencilla cómo actualizar el sitemap diariamente si utilizas el plugin de Yoast Wordpress SEO. Hablamos por lo tanto de aquellos que tengáis vuestro web o blog en Wordpress, aunque también vamos a dar enlaces a herramientas que lo permiten generar con independencia de la plataforma que utilicéis.
Cómo actualizar el sitemap diariamente
Antes de nada vamos a ver qué es un sitemap y para qué sirve un sitemap. Un sitemap es un archivo que habitualmente lleva la extensión .xml (aunque también puede venir en formato rss o en un archivo de texto) en el que se le envía a Google o a otro buscador la enumeración de urls de tu web. Puedes crear un sitemap manualmente o bien hacerlo con alguna de las herramientas (Sitemap Generators) que existen en el mercado. Aqui os dejo un listado que Google pone a disposición con al menos 30 programas diferentes de generación de sitemap para tu web. En nuestro caso como sabéis estámos utilizando la opción del Plugin Wordpress SEO. Podríamos establecer para el caso del sitemap una analogía con un callejero en el que indicas todas y cada una de las calles de la ciudad, estableces prioridades respecto a la tipología de las mismas (unas son avenidas, otras son plazas, otras son paseos...) y también dices qué calles estás en obras o no son transitables. Esto mismo haces en un sitemap.
En el caso del Plugin Wordpress Seo de Yoast, por defecto se establece una actualización semanal del sitemap de tu web o blog. Eso está bien si esa es tu regularidad de publicaciones pero si escribes con más asiduidad quizá te interese actualizar el sitemap diariamente o incluso cada hora. Esto es posible, y podemos hacerlo cambiándolo en el código del plugin.
Para ello tendremos que utilizar un programa de gestión de archivos ftp como puede ser por ejemplo Filezilla.Hay también plugins en wordpress que te permiten editar archivos vía ftp. La ruta para modificar el plugin es la siguiente: Wp-content>plugins>wordpress-seo>inc>class-sitemaps.php . Una vez que tenemos este archivo para editar, con la tecla Ctrl+F buscamos el término "weekly". Primero se van a definir los condicionales de esta forma:
if ( ! in_array( $change_freq, array(
'always',
'hourly',
'daily',
'weekly',
'monthly',
'yearly',
'never',
Ahí no tendrás que cambiar nada, lo que hace el código es enumerarte las opciones de actualización que serán posibles. Como ves desde siempre "always" hasta no actualizar nunca "never". Tendrás que buscar en el resto del código del plugin el término "weekly"(que es el que viene definido por defecto) y cambiarlo por "daily". Para eso ayúdate como te he comentado de la función Crtl+F porque sino vas a leerte el señor de los anillos en versión código. Puedes ver en la foto de inicio del podcast que yo ya lo tengo cambiado. De esta forma se va a actualizar el sitemap diariamente. Si fueses un periódico que estás actualizando contenido de forma continua podrías sustituir el término "weekly" por el término "hourly".
También puedes comunicar a Google un nuevo sitemap generado a través de la Seach Console de la herramienta Webmaster Tool de Google, sin necesitar por tanto ningún plugin. Para ello tendrás que tener verificado tu web para tu usuario Google previamente.
Por último puedes comunicar en lugar del sitemap de tu web una única url a Google mediante la herramienta "añada su url al índice de Google". Mediante esta herramienta comunicas manualmente a Google una url que no se haya indexado de forma automática. Puedes comunicar de esta forma hasta 500 urls al mes. La indexación no tiene porqué ser inmediata pero funciona.
Nos vemos en la próxima.
Actualizar el sitemap diariamente episodio 6 es un artículo publicado por Silvia Caravantes.
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06:41
Actualizar el sitemap diariamente. Episodio 6
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Vender y cobrar. Episodio 5
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En el podcast de hoy vamos a explicar como la diferencia entre vender y cobrar es muy importante a la hora de confeccionar un plan de negocio o un plan de viabilidad realista. Lo primero que tenemos que saber es que las ventas irán en nuestra cuenta de explotación o en la de pérdidas y ganancias, y sin embargo los cobros irán en nuestra hoja o previsión de tesorería.
Un error habitual es suponer en un plan de negocio que la diferencia entre ingresos y gastos en un período determinado (ya sea un mes, un semestre o un año) es sinónimo de liquidez, y no tiene porque ser así. Lo será en aquellas empresas en las que todas sus ventas se cobran de contado, pero no lo van a ser para el resto. Así, un beneficio estimado de 10.000 euros en el año 2015 no tiene porqué significar que cuando acaba el año tendremos en la caja de la empresa 10.000 € en concepto de ese beneficio. Si las ventas fueron 60.000 € y las compras 50.000 € puede que 20.000 € de esos 60.000 € estén aún pendientes de cobro, porque tenemos por ejemplo un gran cliente al que le damos facilidades de pago y le permitimos que nos pague a 90 días, por lo que si ese cliente nos tiene que pagar una factura de 20.000 € el 20 de febrero de 2016, el beneficio del 2015 serán los 10.000 € anteriores pero......hay 20.000 € que no han llegado todavía a la tesorería de nuestra empresa a 31 de diciembre de 2015. Figuran en nuestro balance en la cuenta de clientes pero no han entrado aún en nuestra tesorería, lo harán en febrero de 2016. Así que ya véis la diferencia tan brutal que hay entre la palabra vender y cobrar. Cuando alguien me dice ...."he vendido este mes 14.000 euros y..." yo le pregunto "¿has vendido o has cobrado?"....."los he cobrado.." me contesta, "ah, vale pues entonces es verdad que los has vendido". Vender y cobrar, recordad: no es lo mismo.
El problema de alargar mucho los períodos de pago a tus clientes es que tú tienes que soportar ese desfase con tu propia tesorería venga de donde venga (recursos propios, una cuenta de crédito.....) y eso en ocasiones puede llevar a la ruina a muchas empresas rentables.
Os dejo en las notas del podcast dos artículos que hablan sobre la temática de hoy "vender y cobrar" y que os pueden ayudar:
Diferencia entre ventas cobros y compras pagos.
Como elaborar la previsión de tesorería de tu proyecto.
Podéis plantear cualquier sugerencia o consulta en la opción contactar de la web.
Nos vemos en el siguiente podcast.
Diferencia entre vender y cobrar: episodio 5 en un artículo publicado por Silvia Caravantes
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10:05
Vender y cobrar. Episodio 5
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En el podcast de hoy vamos a explicar como la diferencia entre vender y cobrar es muy importante a la hora de confeccionar un plan de negocio o un plan de viabilidad realista. Lo primero que tenemos que saber es que las ventas irán en nuestra cuenta de explotación o en la de pérdidas y […]
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10:05
Amortización de bienes de escaso valor.Episodio 4
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Muy buenos días. En el podcast de hoy vamos a hablar de la amortización de bienes de escaso valor, de qué tablas fiscales aplicar y dónde está el límite para aplicar o no esta amortización. Nos referimos por ejemplo a teléfonos móviles, tablets, ordenadores que utilizamos para la actividad empresarial que desarrollamos.
Para hablar de esta amortización de bienes de escaso valor vamos a utilizar un ejemplo en el que jugaremos con los actuales límites que marca la Ley.
Escenario 1. Imagnidad que compramos un ordenador portátil nuevo para la actividad económica que llevamos a cabo (ya sea como autónomo o como empresa). Después de buscar encontramos una oferta de uno por 280 € + IVA. Esto no es ciencia ficción, los hay por estos precios y nuevos...... El importe íntegro de esta factura la podrás llevar a gasto fiscal por lo que en tu cálculo de ingresos fiscales menos gastos fiscales del ejercicio a efectos del impuesto, estos 280 euros irán como gasto y por lo tanto tu resultado fiscal se reducirá en ese importe. Así que la amortización no es otra cosa que una corrección del valor de lo que compramos (en este caso un ordenador) que nos permite tener un beneficio inferior. ¿Qué pretende la ley mediante el sistema de amortizaciones? Que ese ahorro que tienes al tener un menor beneficio (y por lo tanto pagar menos impuestos) lo destines a renovar el activo que has comprado y se va depreciando, deteriorando con el uso. En este ejemplo que hacíamos, imaginad que en el pasado año 2015 nuestra empresa tuvo un resultado de ingresos menos gastos de 1.000 €. Y ahora imaginad que de repente nos acordamos que compramos este ordenador justo cuando comenzó el año y no lo habíamos metido en nuestro capítulo de gastos. Como cuesta menos de 300 € la Ley nos permite amortizarlo fiscalmente en su totalidad por lo que esos 280 € los podemos incluir como gasto, y el resultado fiscal de ingresos menos gastos ya no será 1.000 € sino 1.000 € - 280€= 720 €.
Escenario 2. En lugar de comprar un ordenador de 280€ + IVA decidimos gastarnos 500€ + IVA en el ordenador. ¿Podemos incluir esos 500€ como gasto fiscal en el año que compro el ordenador? La respuesta es no, porque superamos el límite de los 300 € que marca la Ley. Vale y entonces ¿qué hacemos? ¿cómo amortizamos ese ordenador? o dicho de otra forma ¿qué cantidad de esos 500€ puedo llevar a gasto del ejercicio en mi impuesto? Aqui es donde entran en juego las tablas de amortización y dependiendo del tipo de bien que hayáis comprado podrá aplicarse un porcentaje anual u otro. En el caso de un ordenador la Ley habla de "equipos para procesos de información" y tiene un coeficiente máximo de amortización del 25%. Esto significa que como máximo podréis meter como gasto fiscal del ejercicio un 25% de los 500€, esto es, 125€. Cada año iréis metiendo como gasto esos 125€ hasta que amorticéis totalmente el portátil.
El artículo 12. 3. e. de la Ley 27/2014 dice literalmente que los elementos del inmovilizado material nuevos cuyo valor unitario no exceda de 300€ ( y hasta un límite de 25.000€ en el período impositivo) podrán amortizarse libremente, esto es, que no tenéis que buscar ninguna tabla para ver cuanto puedo declarar como gasto fiscal cada año. Así que ya sabéis, si os compráis cualquier Iphone nuevo no podéis amortizarlo libremente en el año de la compra, algo que antes con el límite de los 601€ en algunos casos dependiendo del modelo sí se podía hacer. ;)
¿Qué pasa con el IVA? El IVA soportado en la compra se declara en el trimestre en el que se produce la compra de forma íntegra.
Y para terminar este podcast amortización de bienes de escaso valor una pregunta para nota : hemos hablado de amortización fiscal, esto es, cuánto puedo declarar como gasto anual en el impuesto (impuesto sobre la renta si eres autónomo, impuesto sobre sociedades si eres una sociedad).....pero ¿y la amortización contable? Puede que nuestro método de amortización adoptado en contabili...
09:42
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