
Radio Fin del Conflicto 2
“Artículo 4. Publicidad y divulgación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de
una Paz Estable y Duradera a través de servicios de radiodifusión sonora. Los concesionarios de los servicios
de radiodifusión sonora comercial y de radiodifusión sonora comunitaria, cederán de manera gratuita en horario
prime time un espacio de cinco minutos diarios, a fin de trasmitir los contenidos del Acuerdo Final para la
Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, a través de las piezas de
comunicación que para el efecto adopte la estrategia de publicación y divulgación de que trata el articulo 2 del
presente Decreto.
“Artículo 4. Publicidad y divulgación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de
una Paz Estable y Duradera a través de servicios de radiodifusión sonora. Los concesionarios de los servicios
de radiodifusión sonora comercial y de radiodifusión sonora comunitaria, cederán de manera gratuita en horario
prime time un espacio de cinco minutos diarios, a fin de trasmitir los contenidos del Acuerdo Final para la
Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, a través de las piezas de
comunicación que para el efecto adopte la estrategia de publicación y divulgación de que trata el articulo 2 del
presente Decreto.




