
El portavoz de ARCA, Carlos García valora la sentencia del Tribunal Supremo que declara la nulidad del PORN 23/05/2025

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El portavoz de ARCA, Carlos García valora la sentencia del Tribunal Supremo que declara la nulidad del PORN (Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Cantabria) en las Marismas de Santoña, Victoria y Joyel.
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La ratificación por parte del Tribunal Supremo de la anulación del POR Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de las Marismas de Santoña, Victoria y Joyel supone el decaimiento del planeamiento urbanístico de Argoños que recogía la regularización de 225 viviendas sobre las que pesan sentencia de derribo.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Alto Tribunal desestima dos recursos presentados por el Gobierno de Cantabria contra las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria que estimó a finales del 2022 siendo recursos presentados por la Asociación para la Defensa de los Recursos Naturales de Cantabria Arca y también por el propietario de una finca afectada contra el decreto que en 2018 aprobó el POR con lo que anulaba el plan. Carlos García, Secretario General de Arca, muy buenos días.
Buenos días. ¿Cómo valoran desde Arca la sentencia del Supremo? Pues el restablecer la normalidad y el sentido común, porque la modificación que se había hecho del POR en el año 18 era para incumplir una sentencia firme, es decir, era una trampa, un truco legal y pues el Supremo ha confirmado lo que ya dijo el tribunal aquí en Cantabria, que eso era un subterfugio, que lo que había que hacer es cumplir la sentencia, que el motivo de haber cambiado el POR no era otro que intentar incumplir sentencias y que eso no era compatible con lo que estaba legalmente establecido en el POR anterior.
Por tanto, el POR vigente es el anterior, el que había hasta 2018. ¿Qué argumentos esgrimieron desde Arca para presentar un recurso contra el POR de las marismas de Santoña? Básicamente que cambiaban de criterio. Es decir, la zona más afectada, porque se ha hecho, bueno, doscientas y pico viviendas, bien, no todas de la misma manera. Realmente el POR se cambiaba para intentar salvar una organización concreta, La Llana, de cerca de 99 chalés.
Hay alguna zona, la parte oeste del límite OCE con el otro ayuntamiento, con Noja, que pudiera haber alguna y alguna otra suelta por ahí, que ya los abogados tienen que estudiar al detalle, porque está todo muy complicado. Pero básicamente lo que nosotros entendíamos es que se hacía para salvar la organización La Llana, que es saliendo de Argoñas hacia Noja, en una península, bueno, en concreto esa. Y entonces ellos decían que meten criterios orográficos sobre si la zona está llana o no está llana, para proteger o no proteger.
Mientras que la sala les recuerda que en un espacio protegido los criterios deben ser, en este caso, biológicos, porque estamos en la zona más importante de España. Por ejemplo, si los criterios biológicos dicen que esa zona no es apta para construir, no me cambie usted y me diga que si es llana sí, si no es llana no. O sea, no. Ese cambio de criterio en medio de la tramitación es como si en un partido de fútbol jugar con la mano y coger el balón es ilegal. No, mire, las normas del fútbol son estas y no hemos visto las normas en mitad del partido.
Claro, la sentencia del Alto Tribunal del Supremo no solo deja sin efecto el Plenamiento Urbanístico de Argoños. El POR afecta a todos los municipios incluidos en el Parque Natural de las Marismas de Santoña, Victoria y Joyel.
¿Cómo afecta la sentencia del Alto Tribunal a lo que es el Parque Natural? Todo queda como estaba. Es decir, que sepamos en los demás ayuntamientos, puede que haya algún caso, pero nosotros no lo hemos detratado. No hay ningún problema de este tipo. Para disimular, diríamos, el POR que el Gobierno intenta aprobar y que ha decaído, ampliaba el espacio protegido a más zonas, muy interesante, pero eso era una especie de disimulo. O sea, lo que quiero realmente es salvar estas viviendas y de paso pues os amplío más.
Bueno, ahora vuelve a la situación anterior, pero no afecta en nada restrictivo. Es decir, que nosotros sepamos que no hay ninguna situación de irregularidad. Los demás ayuntamientos no han hecho lo que ha hecho el de Argoños, que es construir, además de manera compulsiva, donde no se debe. Con la anulación del POR, ¿qué escenario se abre entonces? Porque hay un escenario de incertidumbre normativa, ¿no? Vamos a ver. El escenario normal, en un país normal, es aceptar la realidad de que hay unas sentencias y cumplirlas. Eso es lo normal. Y ahí, pues, en el caso del POR,
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