Pulso Sindical Diario de la CGT Chile - 04 de septiembre, 2024
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".. Crece la pared por hiladas crece la pared crece desde el pie, amurallada crece desde el pie.."
canta Alfredo Zitarroza
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1.- Tanto y tanto hemos escrito sobre el tema que hoy trataremos, que la única explicación previa que puede darse es que nos falta mucho para llegar a todos los trabajadores, por lo que se justifica plenamente la orfandad en que estos se debaten.
Solo nos queda perseverar para aportar ese granito de arena que pueda ayudar a tantos desesperanzados y reiterar, una vez más, la urgencia de educar en derechos.
Por cierto nos referimos a un tema que se pone de manifiesto durante las celebraciones de fiestas patrias y fin de año, ya que por una parte los medios de comunicación transmiten una información falsa y por la otra son millares quienes creen que producto de dicha información el aguinaldo es un derecho que les corresponde como algo determinado por ley.
En efecto, nuevamente este año la información de la prensa da cuenta que las empresas en un alto % entregarán aguinaldo a sus trabajadores y, en esta ocasión, que el monto de dicho aguinaldo estará por sobre los $80.000. Lamentablemente no es algo que vaya a beneficiar a muchos y millones se quedarán sin recibir absolutamente nada.
2.- Lo anterior tiene una explicación simple pero clara y contundente.
El aguinaldo sigue siendo una cuestión discrecional del empleador, una potestad que no tiene contrapeso alguno, salvo que los trabajadores asuman y hagan suya la facultad de organizarse.
Es por la vía de la suscripción de un contrato colectivo de trabajo, que los trabajadores pueden asegurar el pago de un emolumento con ocasión de las fiestas patrias y fin de año. Nada hay en la legislación que obligue a la patronal a entregar aguinaldos, en contraposición con los trabajadores de la administración pública que negocian dicho monto y que finalmente se establece en una ley.
¿Quiere aguinaldo?, entonces parta por organizarse, asegurar un contrato colectivo y dejarlo establecido en ese instrumento.
Ah, y no se le vaya a ocurrir gastarse la plata del sindicato en esto, es una obligación del patrón no de la organización.
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Nuestra fuerza la Unidad
Nuestra meta la Victoria
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La confederación general de trabajadores de chile presenta el pulso sindical diario uno de los esfuerzos para educar a la clase trabajadora y cero cuatro de septiembre dos mil veinticuatro doy tanto hemos escrito sobre el tema que hoy trataremos que la única explicación previa que puede darse es que nos falta mucho para llegar a todos los trabajadores por lo que se justifica plenamente la orfandad en que esto se debaten sólo nos queda perseverar para aportar ese granito de arena que pueda ayudar a tantos desesperanzados y reiterar una vez más la urgencia de educar en derechos por cierto nos referimos a un tema que se pone de manifiesto durante las celebraciones de fiestas patrias y fin de año ya que por una parte los medios de comunicación transmi iten una información falsa y por la otra son millares quienes creen que producto de dicha información el aguinaldo es un derecho que les corresponde como algo determinado por ley en efecto nuevamente este año la información de la prensa da cuenta que las empresas en un alto porcentaje entregarán aguinaldo su trabajadores y en esta ocasión que el monto de dicho aguinaldo estará por sobre los ochenta mil pesos lamentablemente no es algo que vaya a beneficiar a muchos y millones se quedarán sin recibir absolutamente nada lo anterior tiene una explicación simple pero clara y contundente el aguinaldo siguen siendo una cuestión discrecional del empleador una potestad que no tiene contrapeso alguno salvo que los trabajadores asuman y hagan suya la facultad de organizarse por la vía de la suscripción de un contrato colectivo de trabajo que los trabajadores pueden asegurar el pago de un em monumento con ocasión de las fiestas patrias y fin de año nada hay en la legislación que obligue a la patronal a entregar aguinaldos en contraposición con los trabajadores de la administración pública que negocia han dicho monto y que finalmente se establecen una ley quiere aguinaldo entonces parta por organizarse c asegurar un contrato colectivo y dejarlo establecido en este instrumento ah y no se le vaya a ocurrir gastarse la plata del sindicato en esto es una obligación del patrón no de la organización la serie de chile presentó el pulso sindical diario difunde y comparte esta información para apoyar la lucha de la clase trabajadora