Pulso Sindical Diario de la CGT Chile - 08 de septiembre, 2024
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".. De vez en cuando la vida toma conmigo café y está tan bonita que da gusto verla.."
canta Joan Manuel Serrat
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1.- En más de una ocasión hemos hecho uso de esta columna de opinión para expresar las cosas poco claras de la legislación laboral.
Y es que hay normas y leyes dictadas que no son todo lo claras que debieran ser o simplemente no van en beneficio del mejor actuar de las organizaciones sindicales y los dirigentes de estas.
Si no queda claro atenganse a dar una mirada al artículo 263, pues aunque establece que los fondos de los sindicatos deben ser depositados a medida que se perciban en una cuenta corriente o de ahorro a nombre de la organización, exime de esta obligación a aquellas organizaciones sindicales que cuenten con menos de 50 afiliados.
O sea, los sindicatos de la micro y pequeña empresa que tengan 8 o más socios y no alcanzan a los 50 no están obligados a hacer este depósito.
Una gigantesca puerta abierta para el mal uso o la dilapidación de las cuotas de los trabajadores que participan en un sindicato.
2.- Un nuevo caso de poca claridad legal lo encontramos en los permisos sindicales de los dirigentes.
En efecto, el artículo 249 dice, en su inciso primero, que los empleadores deben conceder horas que no sean inferiores a seis por semana a cada director sindical acumulables en cada mes calendario y transferibles entre estos, Ahora si el sindicato tiene más de 250 socios las horas sindicales mínimas por semana son ocho.
Sin embargo el artículo 274 indica a su vez, en el penúltimo inciso, que los directores de federaciones o confederaciones tendrán derecho a diez horas semanales para el trabajo sindical.
Aunque no hay nada en la legislación que indique que quienes son directores de sindicato y también directores de federaciones o confederaciones no pueden acumular ambas horas para su trabajo, sindical, la interpretación que existe es que deben hacer elección por una u otra modalidad y en ningún caso sumar las dos.
¿Quien se encarga de aclarar esta norma legal?
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Nuestra fuerza la Unidad
Nuestra meta la Victoria
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La confederación general de trabajadores de chile presenta el pulso sindical diario uno de los esfuerzos para educar a la clase trabajadora y ocho de septiembre del dos mil veinticuatro en más de una ocasión hemos hecho uso de esta columna de opinión para expresar la cosas poco claras de la legislación laboral y es que hay normas y leyes dictadas que no son todo lo claras que debieran ser o simple mente no van en beneficio del mejor actuar de las organizaciones sindicales y los dirigentes de éstas si no le queda claro aténgase a dar una mirada al artículo doscientos sesenta y tres pues aunque que establece que los fondos de los sindicatos deben ser depositados a medida que se perciban en una cuenta corriente o de ahorro a nombre de la organización exime de esta obligación a aquellas organizaciones sindicales que cuenten con menos de cincuenta afiliados o sea los sindicatos de la micro y pequeña empresa que tengan ocho o más socios y no alcanzan a los cincuenta no están obligados a hacer este depósito una gigantesca carta abierta para el mal uso o la dilapidación de las cuotas de los trabajadores que participan en un sindicato un nuevo caso de poca claridad legal lo encontramos en los permisos sindicales de los dirigentes en efecto el artículo doscientos cuarenta y nueve dice en su inciso primero que los empleadores de ven conceder horas que no sean inferiores a seis por semana a cada director sindical acumulables en cada mes calendario y transferibles entre estos ahora si el sindicato tiene más de doscientos cincuenta socios las horas sindicales mínimas por semana son ocho sin embargo el artículo doscientos setenta y cuatro indica a su vez en el penúltimo inciso que los directores de federaciones o confederaciones tendrán derecho a diez horas semanales para el trabajo sindical aunque no hay nada en la legislación que indiquen que quienes son directores de sindicato y también directores de federaciones o confederaciones no pueden acumular ambas horas para su trabajo sindical la interpretación que existe es que deben hacer elección por una u otra modalidad y en ningún caso sumar las dos quien se encarga de aclarar esta norma legal la serie de chile presentó el pulso sindical diario difunde y comparte esta información para apoyar la lucha de la clase trabajadora