
¿Que tribunales son competentes para entender en los reclamos laborales de tripulantes de buques con bandera extranjera?

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Se plantea el caso de reclamos laborales iniciados contra empresas extranjeras por tripulantes extranjeros, de buques de bandera extranjera, frente a los tribunales uruguayos.
Nuestro análisis en función de lo dispuesto por la ley Nº 19.246 sobre Regulación del Derecho Comercial Marítimo.
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Bienvenidos a uruguay marítimo el pocas del estudio hacia red asociados buscamos poner sobre la mesa el alcance de todos cuáles son los temas que se disputen tanto judicialmente como fuera del ámbito judicial y así dar las herramientas a todos aquellos que trabajan en el sector para prevenir o disminuir problemas culo se pueden encontrar en el negocio conocer de antemano las consecuencias judicial equipo de agarre un siniestro un incumplimiento y darles información de calidad sobre temas actuales el negocio hoy vamos a hablar sobre la jurisdicción aplicable laborales iniciado contra inversiones extranjeras por tripulantes extranjeros de buque de banda extranjera frente acciones sus aunque comenzará el rosal opinión tengo que aclarar que esta postura surge a través de la entrada en vigencia de la ley dice junio de mil novecientos cuarenta y seis sobre regulación de derecho marítimo no ha habido tonto casos y dentro de los casos que ha habido descendencias con lo que todavía estamos a la espera de saber cual lo ser la posición que van a tomar un trabajo al respecto todo el análisis adelante cuando caso como ejemplo sucede muy seguido que tripulantes extranjeros se presentará ante la justicia averiguar se inician reclamos laborales en más de nuestra legislación en este caso estamos hablando de un contrato de trabajo firma empresa extranjera en este caso español a domicilio en el extranjero y un trabajador de nacionalidad peruana conducción perú trabajando en un buque bandera española del contrato de trabajo surge la empresa extranjera el buque también en donde extranjera y si bien el buque puede encontrarse ocasionalmente en puerto como el uruguayo la actividad principal sesionar adelante el buque no opera en uruguay solo usan portal montevideo en algunas oportunidades para transformar mercadería buque social y con destino a otros países la captura para provisional luke combustibles a bogotá alimentos tetera para realizar cambio de tripulación y en algunos casos para realizar reparaciones todas esas tareas el buque permanece pocos días cuarto saliendo nuevamente aguas internacionales para seguir pescando de esta manera tenemos dos nacionalidades involucradas la relación laboral internacional la peruana que el empleado y la española que el empleador y del lugar de trabajo en ya estamos ante una relación laboral de carácter nacional cómo explicarle a continuación no hay otra interpretación para en mi opinión que declarar incompetentes nuestro vasos la ley sino de mil doscientos dice ella quince agosto de dos mil catorce en su artículo siete punto uno dispone que cuando no exista tratado vinculante carrera aplicable la jurisdicción competente en materia de derecho marítimo esta en conforme a las normas del tratado de la redacción del cuarenta y el artículo sido punto dice que estas normas regirán el abordaje la asistencia de salvamento a las averías particulares y esas el contrato ajuste de tratamiento de transporte de mercaderías etc más a el nombre que los legisladores otros ley cuatro sabes que es regulación del derecho comercial marítimo no juegos de corozal que al aprobarse tal hay una clara intención que se regulan todos los aspectos de la entidad amaneció falta de exposición y en especial el igual menciones forma expresa la autora si la fresneda aguirre su artículo que siguiendo las normas de derecho internacional privado del análisis diseño ocho mil un dos tres y cuatro o seis de derecho marítimo hace un profundo análisis de posición y nos dice que con anterioridad a la aprobación de la ley dieciocho tres embargo boca extranjera y de la ley derecho comercial marítimo no existían prácticamente normas específicas de derecho internacional privado marítima intentado en nuestro ordenamiento jurídico y explica que esta carencia causar grandes problemas a operadores e intérpretes dada la dificultad raúl a la multiplicidad de situaciones e instituciones especiales de derecho la navegación en base a general del vencer código civil 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convenido y parte del capitán en la obligación de todo lo que le sea debían de la tripulación osea que el control