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By Wayka Perú Wayka Perú
Reforma de la Ley APCI: Mayor control estatal sobre ONG y restricciones a la defensa de derechos humanos

Reforma de la Ley APCI: Mayor control estatal sobre ONG y restricciones a la defensa de derechos humanos

3/14/2025 · 07:28
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Hoy en nuestro informe especial. Reforma de la Ley APCI: Mayor control estatal sobre ONG y restricciones a la defensa de derechos humanos

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A continuación, presentamos la voz de Huayca para hacerte llegar las noticias que nadie te cuenta.

Hoy en nuestro informe especial, reforma de ley APSI, mayor control estatal sobre ONGs y restricciones a la defensa de los derechos humanos. El Congreso de la República ha aprobado una nueva ley que endurece las regulaciones sobre las organizaciones no gubernamentales, ONGs. Con 82 votos a favor, 16 en contra y 4 abstenciones, el Pleno dio luz verde a una reforma que modifica la ley de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, APSI, una medida que ha generado un profundo rechazo entre las organizaciones de derechos humanos y actores de la sociedad civil.

La norma fue respaldada por diversas bancadas, incluyendo Fuerza Popular, Alianza para el Progreso, Perú Libre, Renovación Popular, el Bloque Magisterial, Avanza País, Somos Perú y Honor y Democracia. La oposición fue mínima y en su mayoría vino de sectores progresistas que advirtieron sobre los riesgos de la reforma. Las modificaciones afectan directamente a la cooperación internacional en el país. Se han cambiado los artículos 3, 4, 21 y 22 de la ley APSI, además de derogar los artículos 14, 15 y 16.

Con estos cambios se imponen nuevas restricciones para el financiamiento de las ONG y se penaliza cualquier uso de fondos que pueda interpretarse como una afectación del orden público. Entre las exigencias más polémicas se encuentra la obligación de que al menos el 95% de los gastos de las ONG sean bancarizados. Además, las organizaciones deberán notificar previamente cualquier modificación en el uso de los fondos o en la ejecución de sus actividades. Esto limita la flexibilidad operativa de los proyectos sociales, dificultando la respuesta a emergencias o cambios en el contexto en que trabajan.

Las críticas no se han hecho esperar. Desde la ONG Manuela Ramos han señalado que la norma busca perseguir y acosar a las organizaciones de derechos humanos. Si bien reconocen la importancia de la transparencia, rechazan lo que se considera como un intento de debilitarlas.

El artículo 21 de la nueva ley introduce un concepto alarmante. Cualquier actividad financiada con cooperación internacional que sea declarada por vía administrativa o judicial como una afectación al orden público podrá ser sancionada con la cancelación del registro de la ONG en la APCI. En otras palabras, el gobierno podrá decidir qué organizaciones pueden operar en el país y cuáles no. Según una publicación del abogado Gonzalo Ugarte del Instituto de Democracia y Derechos Humanos de la PUC, la norma contradice la constitución.

En el artículo 2, número 13, se establece que las asociaciones civiles no pueden ser disueltas por resolución administrativa. Sin embargo, la nueva reforma le otorga al Ejecutivo la facultad de prescribirlas mediante un procedimiento meramente burocrático.

Otro de los puntos más controversiales es la prohibición del uso de fondos de cooperación internacional para brindar asesoría legal a ciudadanos en litigios contra el Estado peruano por vulneraciones de derechos humanos. Esto significa que organizaciones que históricamente han acompañado a víctimas de abusos estatales podrían quedar sin recursos para hacerlo.

El artículo 21 en su inciso C, número 2, califica como uso indebido de fondos cualquier asesoría legal en instancias nacionales o internacionales contra el Estado peruano. La implicancia es grave. Se limite el acceso a la justicia para las víctimas que muchas veces dependen de la ayuda de organizaciones especializadas.

Rocío Silva Sánchez Esteban, directora de DEMUS, ha calificado la ley como anti-ONGs. Para ella, si esta norma hubiera existido hace dos décadas, denuncias emblemáticas como las de La Cantuta, Barrios Altos o las esterilizaciones forzadas no habrían podido prosperar.

Carlos Rivera, presidente del Instituto de Defensa Legal IDL, ha sido aún más tajante.

Considera que la reforma es lo más inconstitucional que se ha promulgado desde las leyes de amnistía para violadores de derechos humanos de 1995. En su opinión, se trata de una estrategia para cerrar el camino a las víctimas y garantizar la impunidad.

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