
Una nueva era legal en la resolución de conflictos: las herramientas tecnológicas de mediación como solución práctica

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En este podcast hablamos sobre la nueva era legal en la resolución de conflictos, con la utilización de los MASC (métodos alternativos de solución de conflictos), y de las herramientas tecnológicas de mediación como solución práctica.
En él participan, Álvaro Perea González, letrado de la Administración de Justicia, preparador del Cuerpo de Letrados, y docente y columnista en Wolters Kluwer, Expansión y Cinco Días; Yolanda López Casero, socia y abogada en el área de NewLaw de PwC Tax & Legal, y Marta Rosas, abogada en el mismo área de PwC Tax & Legal.
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Hola a todos bienvenidos a esta nueva emisión de pocas de adolescente en la que abordamos temas de primer nivel sobre tendencias empresariales soy holanda lópez caseros sociedad de taxi liga al área ni blog y hoy tenemos el honor de contar con álvaro pérez gonzález letrado de la administración de justicia preparador de del cuerpo de letras de la administración de justicia asimismo docente y columnista en walters club ver expansión y cinco días dentro de la materia diálogos para el nuevo futuro judicial en españa me acompaña también marta rosas sin hermana ayer de perteneciente a new o procesal embragues y bueno pues cuando queráis empezamos y os parecer abro el debate con una pregunta para álvaro álvaro me gustaría que comentábamos como esto el futuro de la mediación como método alternativo de resolución de conflictos lugar buenas tardes rastros limitación y el y el estar aquí a holanda marta y la casa también con razón al ámbito de la mediación y de los medios adecuados de solución de controversias que es la habíamos la nomenclatura la terminología que recibe esta vía alternativa a la potestad jurisdiccional o a la vía judicial como solución habitual a los solución de conflictos yo creo que el futuro es todo es decir nos encontramos con durante proyecto que está pendiente de tramitación parlamentaria pero que plantea por primera vez el alternativa digamos la vía judicial con carácter obligatorio es decir para todo el mundo dentro del marco del procedimiento civil y yo creo que la primera pregunta que tenemos que contestar es que sentir por más en este sentido delante proyecto nos da una definición y nos nos dice que es toda aquella había negocia la que acude las partes ya sea de mutuo acuerdo por la por la invitación de un tercero de buena fe y con la vocación de solucionar un conflicto subyacentes entre ellas de forma extrajudicial de esta forma vemos como por parte del legislador se utiliza una término logía amplia y se produce lo que yo creo que es una una recepción de la cultura anglosajones relativa al al al concepto de la solución extrajudicial yo creo que lo que hay que enfatizar es que nos encontramos ante un cambio de paradigma venimos de un tiempo donde el concepto de litigio el concepto del conflicto jurídico o sea se produce masa y esto ha tenido una repercusión enorme en sectores económicos y o y jurídicos valga la redundancia cómo serían el de consumidores en de transporte el contrato de seguro las condiciones genera contratación y donde se hace imprescindible buscar una alternativa digamos a la solución judicial tradicional a través de la negociación yo creo que más allá del concepto también hay que preguntarse qué ventajas tiene y en este sentido en mi opinión son tres las piezas clave o la apuesta legislador y yo creo que por las que va a terminar apostando la sociedad la primera el ahorro económico es decir hoy en día litigar es muy costoso es decir es tremendamente costoso sobre todo si como vemos en este tipo de de procedió se agotan todas las instancias e incluso acuden en muchas ocasiones al tribunal supremo en segundo lugar yo creo que un ahorro incluso más importante que lo económicos el temporal es decir litigar conlleva años en españa porque tenemos un problema siempre eterno de medios tanto personas como materiales entonces el tu apoderan poder acudir a la mediación la conciliación privada o al dictamen de un tercero independiente de permite ahorrar dinero y te permite ahorrar también tiempo en segundo lugar en tercer perdón y último lugar yo creo que también una una pata una ventaja muy importante de los medios adecuados de solución de controversias es la eficacia ejecutiva en españa tenemos un problema enorme con con las resoluciones que no se cumplen es decir con aquella sentencias que dictan los jueces y que luego no tienen cumplimiento voluntario yo creo que el más al ser un acuerdo que se alcanza por ambas partes o es decir pues imaginemos una empresa y por un consumidor permite eficacia inmediata del acuerdo sin perjuicio de que es verdad que en un momento determinado y con el cumplimiento determinadas condiciones se puede acudir a la vía judicial pero yo creo que tanto el coste económico como el coste temporal como borda parte del coste de un crecimiento ejecutivo ese alivio en esos tres ámbitos es lo que beneficia el cambio de cultura que sin duda es necesario y yo creo que la pregunta no es el como sino en cuando y yo creo que dentro de muy poco estamos expectantes a esa posible entrada en vigor bien sea por ley orgánica bien sea por otra modalidad normativa y nos comentas que sería en un futuro inmediato lo digo por preparar a nuestros clientes y prepararnos nosotros si yo creo que indudablemente vamos a ver la programación que se hace desde el ministerio de justicia es el año dos mil veintidós es el año que viene y yo creo que si vamos a ver es un proceso que lo legislativo será llevará necesita la tramitación parlamentaria evidentemente y donde yo creo que el reto de verdad hasta la sociedad es decir aquí yo creo que empresa