
Vuelo de Regreso: Guillermo Longhi Presidente del Colegio de Escribanos de la provincia de Buenos Aires

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Guillermo Longhi
Presidente del Colegio de Escribanos de la provincia de Buenos Aires
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Se pueda hacer conocer a la ciudadanía un tema tan importante como es los actos de autoprotección y los poderes preventivos. Figuras que, bueno, que en gran parte del mundo ya están reglamentadas como ley y que, bueno, esperemos que en la República Argentina termine pasando exactamente lo mismo.
¿De qué se trata esto? ¿De qué es el registro de actos de autoprotección? Bueno, Gisela, te cuento, voy a hacerte varios, voy a marcar varios puntos para que la gente lo entienda bien. Normalmente el ser humano se ha preocupado siempre por qué pasará con sus bienes el día que se muere, pero la realidad que en los últimos tiempos la gente empezó a preocuparse qué pasará con ellos, con su vida, cuando por alguna circunstancia no tengan autodeterminación, pierdan la capacidad. Y ahí nació la posibilidad de otorgar actos de autoprotección. En el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires ya hace 21 años que existe este registro.
Ahora, ¿qué es lo que podemos dejar? ¿Qué disposiciones podemos hacer? Son directivas anticipadas que pueden tratarse sobre materias como pueden ser temas de salud, de cuidado personal, las personas designadas, respecto de cuestiones patrimoniales y hasta podríamos dejar disposiciones hasta de nuestras mascotas, llegado el caso. ¿Qué es respetar la voluntad del ser humano en el momento en que ya no puede expresarse? Voy a decir un caso, por ejemplo, para que la gente lo entienda en algo bien puntual.
A ver, ¿queremos en un momento que ya estamos internados tener cierto tipo de tratamientos o simplemente queremos que ante cierta situación tengamos un cuidado paliativo? ¿Queremos ante una falta de discernimiento de capacidad estar internados en algún geriátrico o no queremos estar o queremos determinar en cuál? Ante la situación de pérdida de la capacidad de discernimiento, ¿queremos dejar designado qué persona se va a encargar de nosotros? Porque quizás tenemos hijos, quizás tenemos parientes, pero queremos que sea un amigo, una amiga.
Eso lo que le da al ser humano es, además de todo, le da paz. Es saber que el día que no pueda, ya dejó determinado quién se va a encargar de esa persona. No sé si se comprende. Perfectamente, perfectamente. Esto tiene que ver con el cuidado personal y tiene que ver también con los bienes.
También pueden ser cuestiones patrimoniales porque, por ejemplo, y voy a unir distintas situaciones, puede ser que una persona diga cuando yo ya no tenga capacidad, no tenga discernimiento, quiero que se me interne en tal lugar. Pero para conseguir los medios, para poder pagar ese lugar, designo una persona que va a administrar mis bienes y de ahí va a obtener el dinero necesario. O sea que también puede versar sobre administración de bienes.
Cuando decimos... Perfecto, gracias por la explicación.
Cuando comenzamos la nota, dijo ojalá que acá sea una ley.
Exacto. Contanos eso. Bueno, ya hubo varios intentos con distintos proyectos de ley. Hubo algunos proyectos de ley que estuvieron muy cerca de convertirse, pero a veces hay cuestiones legislativas y tiempos legislativos que hacen que ciertos proyectos queden ahí. Hoy hay un nuevo proyecto presentado por el senador Juan Carlos Pagotto.
Es un proyecto presentado en el año 2024, 1979 es el número, y establece proyectos de ley nacional de autoprotección y de poderes preventivos. La realidad es que la intención, no solamente del notariado, sino la intención de gran parte de la comunidad, y acá estoy hablando de la comunidad médica, por ejemplo, de todas las...
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