nº 205: ¿Qué sucede en la Confirmación?
En la CONFIRMACIÓN el alma de un cristiano bautizado queda marcada con un sello indeleble que sólo se puede recibir una vez y que marca a esta persona para siempre como cristiano. El don del Espíritu Santo es la fuerza de lo alto en la que esta persona realiza la gracia de su Bautismo a través de su vida y es «testigo» de Cristo. [1302-1305, 1317]
Confirmarse quiere decir hacer un «contrato» con Dios. El confirmando dice: Sí, Dios mío, creo en ti. Dame el Espíritu Santo para pertenecerte totalmente, para no separarme nunca de ti y para dar testimonio de ti toda mi vida en cuerpo y alma, con hechos y palabras. en los días buenos y en los días malos. Y Dios dice: Sí, hijo mío, yo también creo en ti, y te concederé mi Espíritu, me doy yo mismo. Te perteneceré totalmente. No me separaré de ti nunca, ni en esta vida ni en la eterna. Estaré en tu cuerpo y en tu alma, en tus hechos y palabras. Incluso cuando tú me olvides, yo estaré ahí, tanto en los días buenos como en los malos. 120
nº 206: ¿Quién puede ser confirmado y qué se exige a quien solicita la Confirmación?
Todo cristiano católico que ha recibido el SACRAMENTO del Bautismo y que está en «estado de gracia», puede ser admitido a la ?CONFIRMACIÓN. [1306-1311,1319]
Estar en «estado de gracia» quiere decir no haber cometido ningún pecado grave (pecado mortal). Por un pecado mortal el cristiano se separa de Dios y sólo puede ser reconciliado de nuevo con él mediante la Confesión. Un (niño o joven) cristiano que se prepara para recibir la Confirmación se encuentra en una de las fases más importantes de su vida. Por ello hará todo lo posible para comprender la fe con su corazón y con su inteligencia; pedirá el Espíritu Santo a solas y con otros; se reconciliará de varios modos consigo mismo, con las personas de su entorno y con Dios; aquí tiene su sentido la Confesión, que acerca también más a Dios aun cuando no se haya cometido ningún pecado grave. 316-317
nº 207: ¿Quién puede administrar la Confirmación?
El SACRAMENTO de la CONFIRMACIÓN es administrado normalmente por el OBISPO. Si fuera necesario, el obispo puede encomendárselo a un SACERDOTE. En peligro de muerte cualquier sacerdote puede administrar la Confirmación. [1312-1314]
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